Resolución N° 1162/06
Nro de Expediente:
5010-005999-03
 
SECRETARIA GENERAL
Fecha de Aprobación:
3/4/2006


Tema:
VARIOS

Resumen:
Se prorroga por el plazo de dos años el sistema de garantía municipal de alquileres respecto a los inmueble situados dentro de los límites de la Junta Local de la Zona No. 1, cuyo destino sea casa habitación o actividades comerciales, industriales, artesanales o de servicios de pequeñas empresas, en las condiciones que se detallan, creado por el Decreto No. 30.458, sancionado por la Junta Departamental de Montevideo el 2 de octubre de 2003, promulgado por Resolución No. 5180/03, de 11 de diciembre de 2003

Montevideo, 3 de Abril de 2006.-
 
          VISTO: el Decreto No. 30.458, sancionado por la Junta Departamental de Montevideo el 2 de octubre de 2003, promulgado por Resolución No. 5180/03, de 11 de diciembre del mismo año;
          RESULTANDO: 1o.) que por el mencionado Decreto se facultó a la Intendencia Municipal a constituirse en fiadora de arrendatarios de inmuebles cuyos propietarios sean sujetos pasivos del impuesto de contribución inmobiliaria, por un monto cuyo máximo será el equivalente a cinco meses de alquiler, y que en ningún caso podrá superar la suma de U.R. 100 (Unidades Reajustables cien), estableciéndose en el artículo 2o. que la referida garantía sólo podrá concederse para el arrendamiento de inmuebles comprendidos en la zona correspondiente a la Junta Local No. 1, cuyo destino sea casa habitación o actividades comerciales, industriales, artesanales o de servicios de pequeñas empresas, en las condiciones que en la norma se detallan;
          2o.) que en el artículo 7o. del Decreto No. 30.458 se dispuso que este sistema de garantía tendrá una vigencia de dos años, pudiendo ser prorrogado por la Intendencia Municipal por igual período, sin perjuicio del cumplimiento de las obligaciones que se hubieran asumido;
          3o.) que por Resolución No. 390/04, de 2 de febrero de 2004, se aprobó la reglamentación del Decreto No. 30.458;
          CONSIDERANDO: 1o.) que a fs. 18, la Asesoría Jurídica informa en atención a las consultas realizadas por el Servicio Centro Comunal Zonal No. 1, sobre nuevas solicitudes de garantía municipal de alquileres, que el Decreto Departamental No. 30.458, promulgado por Resolución No. 5180/03, de 11 de diciembre de 2003, que creó este instituto, en su artículo 7o. estableció que el mismo tendría una vigencia de dos años, los que se cumplieron el 11 de diciembre de 2005;
          2o.) que por esta razón actualmente dicho sistema de garantías no está vigente para nuevas solicitudes (sí en cuanto a las ya otorgadas), previendo el mismo artículo citado la posibilidad de prórroga del referido sistema por igual período, por decisión de la Intendencia Municipal;
          3o.) que a fs. 19, el Presidente de la Junta Local de la Zona No. 1 y el Director del Servicio Centro Comunal Zonal No. 1. remiten las actuaciones a la Secretaría General solicitando se sirva dictar la resolución de prórroga correspondiente;
          LA INTENDENTA MUNICIPAL DE MONTEVIDEO
          RESUELVE:
          1.- Prorrogar por un período de dos años el sistema de garantía municipal de alquileres respecto a los inmuebles situados dentro de los límites de la Junta Local de la Zona No. 1, cuyo destino sea casa habitación o actividades comerciales, industriales, artesanales o de servicios de pequeñas empresas, en las condiciones que se detallan, creado por el Decreto No. 30.458, sancionado por la Junta Departamental de Montevideo el 2 de octubre de 2003, promulgado por Resolución No. 5180/03, de 11 de diciembre del mismo año, de acuerdo a lo dispuesto por el artículo7o. del precitado Decreto.-
          2.- Comuníquese a todos los Departamentos, a la Contaduría General, a la Asesoría Jurídica, y pase al Servicio Centro Comunal Zonal No. 1, a sus efectos.-
ESC. HYARA RODRIGUEZ, Intendenta Municipal (I).-
ARQ. HERBERT ICHUSTI, Secretario General.-