Resolución N° 1179/05
Nro de Expediente:
5412-000107-05
 
JURIDICO
Fecha de Aprobación:
7/3/2005


Tema:
VARIOS

Resumen:
Se deja sin efecto, a partir de la fecha de la presente Resolución, el Art. TERCERO, literal A) de la Resolución Nº 3909/94 de 31 de octubre de 1994, sólo en lo atinente a la cancelación del beneficio de la Compensación Unificada cuando el funcionario se encuentre en comisión fuera de las dependencias del Gobierno Departamental.-

Montevideo, 7 de Marzo de 2005.-
 
        VISTO: las presentes actuaciones promovidas por el Servicio de Actividades Contenciosas;
        RESULTANDO: que reunido el equipo Contencioso Administrativo propicia el dictado de resolución que deje sin efecto el impedimento de que los funcionarios municipales que pasan en comisión a otros organismos estatales perciban la Compensación Unificada;
        CONSIDERANDO: 1o.) que todos los fallos judiciales que ha habido en la meteria se pronunciaron en contra de la Administración Municipal, condenándola al pago de la referida compensación, situación que ha provocado que los funcionarios que han reclamado, cuyas sentencias han pasado en autoridad de cosa juzgada se encuentren cobrando la compensación, en tanto quienes no reclamaron no la perciben, generándose una situación de desigualdad que se debe modificar;
        2o.) que la Dirección General del Departamento Jurídico estima que correspondería dictar resolución en el sentido indicado;
        EL INTENDENTE MUNICIPAL DE MONTEVIDEO
        RESUELVE:
        1o.-Dejar sin efecto, a partir de la fecha de la presente Resolución, el Art. TERCERO, literal A) de la Resolución Nº 3909/94 de 31 de octubre de 1994, sólo en lo atinente a la cancelación del beneficio de la Compensación Unificada cuando el funcionario se encuentre en comisión fuera de las dependencias del Gobierno Departamental.-
        2o.-Comuníquese a la Secretaría General, para su conocimiento, y a fin de librar nota a ADEOM, a todos los Departamentos, a la Unidad Central de

        Planificación Municipal, y pase al Servicio Administración de Recursos Humanos, a sus efectos.-
DR. ADOLFO PEREZ PIERA, Intendente Municipal.-
ING. QUIM. PABLO BUONOMO, Secretario General.-