Resolución N° 135/07
Nro de Expediente:
2200-000022-07
 
RECURSOS FINANCIEROS
Fecha de Aprobación:
10/1/2007


Tema:
VARIOS

Resumen:
Se fija la tasa de recargo por mora aplicable a todos los tributos y precios municipales en el dos por ciento (2%) mensual capitalizable, a regir a partir del 1o. de febrero de 2007.

Montevideo, 10 de Enero de 2007.-
 
      VISTO: lo dispuesto por el Decreto Departamental No. 31.878 de 31 de octubre de 2006, en su Art. 5o.;
      RESULTANDO: que la referida norma faculta al Ejecutivo Comunal a abatir los recargos por mora aplicables a las deudas originadas por los diversos tributos y precios municipales;
      CONSIDERANDO: 1o.) que corresponde proceder a la fijación del citado recargo mediante resolución del Intendente Municipal;
      2o.) que es propósito de la Administración fijar la tasa de recargo por mora en el 2% mensual capitalizable;
      3o.) que el Director General del Departamento de Recursos Financieros entiende que corresponde proveer de conformidad;
      EL INTENDENTE MUNICIPAL DE MONTEVIDEO
      RESUELVE:
      1o.- Fijar la tasa de recargo por mora aplicable a todos los tributos y precios municipales en el dos por ciento (2%) mensual capitalizable.-
      2o.- El régimen precedentemente establecido regirá a partir del 1o. de febrero de 2007.-
      3o.- Comuníquese a todos los Departamentos, a todos los Servicios de la División Administración Fiscal del Departamento de Recursos Financieros y a Desarrollo Informático para su cumplimiento y pase al Departamento de Recursos Financieros.-
RICARDO EHRLICH, Intendente Municipal.-
DR. JORGE RODRIGUEZ, Secretario General (I).-