VISTO: la situación de emergencia sanitaria declarada por el Gobierno Nacional a raíz de la detección de casos de Coronavirus (COVID-19);
RESULTANDO: 1o.) que esta Intendencia ha venido tomando medidas en consonancia con dicha declaración, a fin de contribuir en la medida de sus competencias para la prevención de la propagación incontrolada de la pandemia, entre las que se cuentan la suspensión de las actividades en el espacio público (abierto o cerrado), la revocación de los permisos para la organización y realización de espectáculos públicos, la suspensión del Montevideo Rock y la cancelación de la Semana Criolla del Prado, el establecimiento de medidas tendientes a la organización de la presencia de público en bares y restaurantes, así como de las medidas de higiene en los mismos; el establecimiento de medidas y recomendaciones para el transporte público;
2o.) que en el seno del Congreso de Intendentes en el día de la fecha se adoptaron definiciones que es necesario explicitar por vía de resolución;
3o.) que en este marco de acciones, esta Intendencia junto a otras, ha solicitado a las entidades representativas del comercio y al Ministerio de Economía y Finanzas, la adopción de medidas para garantizar el acceso del conjunto de la población a los bienes de primera necesidad y evitar el incremento indiscriminado de precios o el desabastecimiento de los mismos;
4o.) que es necesaria la toma de conciencia por parte del conjunto de la población de la gravedad de la situación actual y la necesaria participación activa de cada persona como parte de una colectividad ciudadana, extremando los cuidados de higiene y vínculo con otras personas, fomentando la solidaridad individual y colectiva lo que implica la modificación temporal de algunos de nuestros hábitos que permitan evitar aglomeraciones y permanencias en espacios abiertos o cerrados en la medida de lo posible;
5o.) que sin perjuicio de esperar nuevas medidas y recomendaciones de parte de la Dirección General de la Salud, de las Autoridades del Ministerio de Salud Pública y del Gobierno Nacional en general en todo lo que es de su competencia, se estima necesario adoptar nuevas medidas y recomendaciones para la población del departamento;
CONSIDERANDO: que procede proveer de conformidad;
EL INTENDENTE DE MONTEVIDEO
RESUELVE:
1.- Prorrogar, en función de lo resuelto en el Congreso de Intendentes, la vigencia de las libretas de conducir por 30 (treinta) días. Las personas que estén agendadas y voluntariamente deseen concurrir, serán atendidas en los días y horarios previamente establecidos con las prevenciones establecidas para la actual situación de emergencia.-
2.- Extender, dado lo acordado en el Congreso de Intendentes, la vigencia por 3 (tres) meses de Carné de manipulador/a de alimentos y suspender la expedición del mismo hasta nuevo aviso.-
3.- Convalidar lo actuado por el Departamento de Cultura y mantener cerrados al público hasta el 23 de marzo todos los servicios y actividades del citado Departamento que involucran presencia de público: Teatros, salas de espectáculos y salas de exposición, escuelas artísticas – Emad, Emva-, elencos estables – Comedia Nacional, Banda Sinfónica, Orquesta Filarmónica-, museos, Escuela de Jardinería, Escuela Esquinera, bibliotecas, Parque Lecocq, Parque Punta Espinillo, Planetario, Teatro en el aula, Jardín Botánico, Casa de la Cultura Daniel Fernández Crespo y anexo, Montevideo Audiovisual, funciones del Programa de Fortalecimiento de las Artes en salas centrales y espacios barriales, Complejo Sacude, Archivo Histórico de Montevideo.-
3.1.- Suspender hasta el 23 de marzo el otorgamiento de permisos y la realización de rodajes en vía pública y espacios de la Intendencia de Montevideo.-
4.- Convalidar lo actuado y mantener cerrados al público el mirador panorámico de esta Intendencia, las oficinas turísticas del Centro y Ciudad Vieja. Mantener el cierre al público del Casino Parque Hotel. Suspender por los meses de marzo y abril los Camina Tour y los City Tour organizados por la División Turismo. En el Mercado Agrícola de Montevideo (MAM), a partir del 17 de marzo, solo funcionarán los locales vinculados a alimentación, farmacia y productos básicos, recomendándose que los demás se mantengan cerrados.-
5.- De acuerdo a lo acordado en el Congreso de Intendentes y en función que tanto el Ministerio de Economía y Finanzas y la Dirección General de la Salud del Ministerio de Salud Pública aún no han establecido criterios para las ferias vecinales ni establecimientos comerciales, se recomienda a la población organizar la concurrencia a estos espacios buscando minimizar el tiempo de permanencia en espacios comerciales de alta concentración; tanto en ferias como centros comerciales, supermercados.-
6.- Establecer en función de lo acordado en el Congreso de Intendentes, la no realización de velatorios públicos en las salas de la Intendencia de Montevideo, recomendar la restricción a deudos directos la participación en sepelios y exhortar a las empresas fúnebres a promover estas restricciones en el ámbito de su competencia a fin de evitar aglomeraciones de público y contacto directo entre personas.-
7.- En consonancia con lo dispuesto con fecha 13 de marzo, se establece que en los locales comerciales cuyas habilitaciones para la realización de eventos están suspendidas, no se admite la realización de fiestas o eventos “privados” en los mismos y se exhorta a la población a considerar las recomendaciones generales para la emergencia en caso de prever realizar dicha clase de eventos en el hogar.-
8.- Convalidar lo actuado por el Departamento de Movilidad en el comunicado de fecha 16 de marzo de 2020 en cuanto a las recomendaciones para empresas, trabajadores y personas usuarias del transporte colectivo.-
9.- Comuníquese a todos los Municipios, a todos los Departamentos, a las Divisiones Asesoría Jurídica y Asesoría de Desarrollo Municipal y Participación y pase a la División Información y Comunicación a sus efectos.-
|