VISTO: las presentes actuaciones promovidas por la División Administración de Personal;
RESULTANDO: 1º.) que por Resolución Nº 2870/19 de fecha 10 de junio de 2019, se reglamentó el inciso cuarto del artículo D.98.1 del Volumen III del Digesto relativo a la modificación de la carrera de los/as funcionarios/as pertenecientes a los Subescalafones O1 - Auxiliar, O2 - Oficial Práctico y O3 - Oficial del Escalafón Obrero, previo cumplimiento de los requisitos definidos para cada carrera y subescalafón;
2º.) que asimismo se establecieron las carreras comprendidas en dicho proceso, así como los requisitos exigidos;
3º.) que por Resolución Nº 3339/19 de fecha 8 de julio de 2019 se modificó el literal a) del artículo No. 4 de la reglamentación aprobada por Resolución Nº 4206/14 de fecha 22 de setiembre de 2014, por el cual se establecen las condiciones para participar en el proceso de Certificación de Conocimientos y Habilidades;
4º.) que por Resolución Nº 3754/19 de fecha 29 de julio de 2019 se aprobó el Programa de Capacitación para la Certificación de Conocimientos y Habilidades para funcionarios/as del Escalafón Obrero, Sub-Escalafones O1 - Auxiliar, O2 - Oficial Práctico y O3 – Oficial para el período 2019;
5º.) que por Resolución Nº 1570/20 de fecha 20 de abril de 2020, se mantuvieron las Resoluciones Nros. 2870/19 y 3339/19, en lo relativo a la vigencia, las carreras comprendidas y los requisitos exigidos y el Programa de Capacitación para la Certificación de Conocimientos y Habilidades aprobado por la Resolución Nº 3754/19 de fecha 29 de julio de 2019 para el período 2020, lo que se mantuvo para el período 2021 por Resolución N° 3551/21 de 20 de setiembre de 2021;
CONSIDERANDO: 1º.) que la División de Administración de Personal entiende pertinente mantener la vigencia de la mencionada reglamentación y el Programa de Capacitación para la Certificación de Conocimientos y Habilidades, para el período 2022;
2º.) que la Dirección General del Departamento de Gestión Humana y Recursos Materiales estima procedente el dictado de la Resolución correspondiente;
LA INTENDENTA DE MONTEVIDEO
RESUELVE:
1º.- Establecer que para el período 2022 se mantiene la reglamentación aprobada por Resoluciones Nros. 2870/19 y 3339/19 del 10 de junio de 2019 y 8 de julio de 2019 respectivamente, en lo relativo a la vigencia, las carreras comprendidas y los requisitos exigidos.-
2º.- Mantener para el período 2022, en todos sus términos, el Programa de Capacitación para la Certificación de Conocimientos y Habilidades aprobado por Resolución Nº 3754/19 del 29 de julio de 2019.-
3º.- Comuníquese a la Secretaría General para su conocimiento, a todos los Municipios, a todos los Departamentos, a la División Asesoría Jurídica, a la Contaduría General, quienes lo pondrán en conocimiento de sus respectivas dependencias y pase al Servicio de Planeamiento Estratégico y Desarrollo de Personas.- |