VISTO: las presentes actuaciones relacionadas con la Resolución No. 4281/20 de fecha 7 de diciembre de 2020;
RESULTANDO: que en la mencionada resolución se fijó una tarifa provisoria de UR 0,30 (unidades reajustables cero con 30/100) por tonelada, para el ingreso al Servicio de Tratamiento y Disposición Final de Residuos (STDFR) de los Residuos de Obras Civiles (ROCs) sucios, por un período de 6 (seis) meses contados a partir del 1o. de noviembre de 2020;
CONSIDERANDO: 1o.) que dado que el plazo de referencia finalizó el pasado 30 de abril, se estima conveniente mantener la mencionada tarifa provisoria de UR 0,30 (unidades reajustables cero con 30/100) por tonelada, por otro período de 6 (seis) meses;
2o.) que los residuos que ingresan al STDFR en el marco de los literales A) y B) del Art. 7 de la reglamentación aprobada por Resolución No. 3451/17 de fecha 7 de agosto de 2017, continuarán pagando la misma tarifa establecida en dicha norma;
3o.) que la Gerencia de Gestión Ambiental y la Dirección General del Departamento de Desarrollo Ambiental son de opinión favorable en que se proceda en consecuencia;
LA INTENDENTA DE MONTEVIDEO
RESUELVE:
1o.-Mantener la tarifa provisoria de UR 0,30 (unidades reajustables cero con 30/100) por tonelada para el ingreso al STDFR de los Residuos de Obras Civiles (ROCs) sucios generados en las actividades de construcción, reforma o demolición de obras para uso residencial, por un nuevo período de 6 (seis) meses contados a partir del 1o. de mayo del corriente.
2o.-Comuníquese a la Gerencia de Gestión Ambiental, a los Servicios de Tratamiento y Disposición Final de Residuos, Evaluación de la Calidad y Control Ambiental, a todos los Municipios y pase al Departamento de Secretaría General para la notificación a la Cámara de la Construcción del Uruguay. |