Resolución N° 1936/22
Nro de Expediente:
2022-5106-98-000001
 
GESTIÓN HUMANA Y RECURSOS MATERIALES
Fecha de Aprobación:
17/05/2022


Tema:
LLAMADOS

Resumen:
REGLAMENTACIÓN - SE MODIFICA EL LITERAL A) DEL ARTÍCULO R.243.6 DEL VOLUMEN III DEL DIGESTO DEPARTAMENTAL.-

Montevideo, 17 de Mayo de 2022.-
 

                       VISTO: que en el marco del proyecto de relevamiento de procesos de trabajo del Departamento de Gestión Humana y Recursos Materiales, aprobado por Resolución Nº 276/21/5000 de fecha 30 de abril de 2021, se dispuso la revisión y adecuación de los mismos con el objetivo de detectar oportunidades de mejora;

                         RESULTANDO: 1º.) que el numeral 2º del artículo D.33 del Volumen III del Digesto Departamental exige para el ingreso a la función pública "...Encontrarse en aptitud física y mental para desempeñar el cargo al que aspira, según certificación del Servicio correspondiente...";

2º.) que en la normativa nacional, el Decreto No. 274/017 de fecha 3 de octubre de 2017, establece que el control de salud (ex-carné de salud) es el documento válido para el desarrollo de la actividad laboral tanto en instituciones públicas como privadas;

3º.) que en ese ámbito, se propone que para los ingresos y contrataciones de personal, así como para la designación de funcionarios y funcionarias en nuevas carreras a través de concursos internos, se evalúe la aptitud física por medio de la presentación del certificado de salud (ex-carné de salud), salvo para las carreras y ocupaciones que así se defina por la naturaleza de las tareas a desempeñar o las condiciones asociadas para su desempeño;

4º.) que el artículo R.243.6 del precitado cuerpo normativo consigna: "Requisitos obligatorios eliminatorios. Son requisitos obligatorios para todos los concursos la presentación de Carné de Salud vigente y la aprobación de: a) los exámenes médicos complementarios que correspondan al desempeño del cargo que se concursa o aquéllos que resulten convenientes; b) las evaluaciones psicolaborales establecidas en relación a los perfiles del cargo, salvo en aquellos casos en que integren el componente pruebas, en cuyo caso se regirán por las disposiciones que regulan este componente”. La no presentación o aprobación de los requisitos dará lugar a su eliminación del concurso respectivo.;

                         CONSIDERANDO: que la Dirección General del Departamento de Gestión Humana y Recursos Materiales entiende pertinente el dictado de una resolución sustituyendo  el artículo R.243.6 del Volumen III "Relación Funcional" del Digesto Departamental -en la redacción dada por el numeral 1º de la  Resolución Nº 5138/18 de fecha 5 de noviembre de 2018;

 



LA INTENDENTA DE MONTEVIDEO

RESUELVE:

1º.- Sustituir  el artículo R.243.6  de la Sección IV "Del llamado, notificación ne inscripción" Capítulo IV.I.I.  "De los concursos", Título Único, Parte Reglamentaria , Libro III "De la relación funcional", del Volumen III del Digesto Departamental - por el numeral 1º de la  Resolución Nº 5138/18 de fecha 5 de noviembre de 2018,  el que quedará redactado de lal siguiente manera:

"Artículo R. 243.6- Requisitos obligatorios eliminatorios. Son requisitos obligatorios para todos los concursos:

a) La aprobación de la evaluación física para los concursos internos y llamados abiertos. Será evaluada a través de la presentación del certificado de control de salud (ex-carné de salud) y del formulario de antecedentes médicos en carácter de declaración jurada, para todas las carreras y ocupaciones, excepto las que impliquen trabajo en altura, esfuerzo físico, actividades disergonómicas, riesgo psicoemocional/psicosocial, espacios confinados, contaminación sonora, desplazamiento continuo, contaminación ambiental, en cuyo caso se realizará una evaluación médica particular a cargo del Servicio de Salud y Seguridad Ocupacional.

b) La aprobación de la evaluación psicolaboral establecida en relación al perfil de cada cargo, a excepción de aquellos casos en que integren el componente pruebas, los que se regirán por las disposiciones que regulan este componente.

La no presentación o aprobación de los requisitos dará lugar a su eliminación del concurso respectivo”.-

2º. Comuníquese a la Junta Departamental de Montevideo, a todos los Departamentos, a todos los Municipios, a las Divisiones Administración de Personal, Asesoría Jurídica, Asesoría de Desarrollo Municipal y Participación e Información y Comunicación, a los Servicios de Administración de Gestión Humana y de Planeamiento Estratégico y Desarrollo de Personas, a las Unidades Información de Personal y Selección y Carrera Funcional, a la Contaduría General y pase al Sector Despacho del Departamento de Gestión Humana y Recursos Materiales, a sus efectos.-

 

 

ANA CAROLINA COSSE GARRIDO, INTENDENTA DE MONTEVIDEO.-

OLGA BEATRIZ OTEGUI PINTOS, SECRETARIA GENERAL.-