Resolución N° 1939/20
Nro de Expediente:
2020-9591-98-000022
 
DESARROLLO SOCIAL
Fecha de Aprobación:
25/05/2020


Tema:
AUTORIZACIONES

Resumen:
VISTO LA SITUACIÓN DE EMERGENCIA SANITARIA DECLARADA POR EL GOBIERNO NACIONAL, Y ATENTO A LO DISPUESTO POR RESOLUCIÓN NRO. 1352/220, SE EXTIENDE LA VIGENCIA DE: LAS HABILITACIONES DE EMPRESAS ALIMENTARIAS Y EL REGISTRO DE PRODUCTOS POR 6 (SEIS) MESES, Y LAS HABILITACIONES DE VEHÍCULOS Y DE QUIOSCOS RODANTES POR EL TÉRMINO DE 1 (UN) AÑO, DEPENDIENTE DEL SERVICIO DE REGULACIÓN ALIMENTARIA.-

Montevideo, 25 de Mayo de 2020.-
 
VISTO : las presentes actuaciones elevadas por el Servicio de Regulación Alimentaria solicitando prorrogar la vigencia de las habilitaciones y registros que se tramitan en dicho sector, en vista de la situación de emergencia sanitaria declarada por el Gobierno Nacional a raíz de la detección de casos de Coronavirus (COVID-19);
 
RESULTANDO: 1o.) que esta Intendencia ha venido tomando medidas (Resolución Nro. 1352/20) en consonancia con dicha declaración, a fin de contribuir en la medida de sus competencias a la prevención de la propagación incontrolada de la pandemia, entre las que se cuentan la suspensión de las actividades en el espacio público (abierto o cerrado), la revocación de los permisos para la organización y realización de espectáculos públicos, el establecimiento de medidas tendientes a la organización de la presencia de público en bares y restaurantes, así como de las medidas de higiene; el establecimiento de medidas y recomendaciones para el transporte público, entre otras;
 
2o.) que por la resolución mencionada se decidió extender, dado lo acordado en el Congreso de Intendentes, por tres meses la vigencia del Carné de Manipulador de Alimentos y suspender la expedición de este hasta nuevo aviso;
 
3o.) que en dicho marco, y sin perjuicio de venir desempeñándose en régimen de guardias, el Servicio de Regulación Alimentaria solicita la prórroga de la vigencia de las habilitaciones y registros que otorga, para que las diferentes empresas no se vean perjudicadas por no poder obtener las habilitaciones y registros en el tiempo que lo harían habitualmente en caso de funcionamiento normal del Sector;
 
4o.) que serían prorrogadas por el plazo de 6 meses la Habilitación de Empresas Alimentarias y el Registro de Productos; y por el término de 1 (un) año la habilitación de Vehículos Alimentarios y Quioscos Rodantes;
 
5o.) que la División Salud se manifiesta de conformidad con las medidas solicitadas;
 
CONSIDERANDO: que la Dirección General del Departamento de Desarrollo Social entiende pertinente su extensión en el sentido indicado;
 
EL INTENDENTE DE MONTEVIDEO
RESUELVE:
 
1.- Prorrogar la vigencia por el término de 6 (seis) meses, de las habilitaciones de Empresas y el Registro de Productos, otorgados por el Servicio de Regulación Alimentaria.-
 
2.- Prorrogar la vigencia por el término de 1 (un) año, de la habilitación de Vehículos y Quioscos Rodantes, otorgados por el Servicio de Regulación Alimentaria.-
 
3.- Comuníquese a los Departamentos de Secretaría General, de Recursos Financieros, de Desarrollo Social, a todos lo Municipios, a las Divisiones de Salud, de Asesoría Jurídica, de Información y Comunicación, al Servicio de Convivencia Departamental y pase al Servicio de Regulación Alimentaria a sus efectos.-

 

CHRISTIAN MARTÍN DI CANDIA CUÑA, INTENDENTE DE MONTEVIDEO.-

FERNANDO DANIEL NOPITSCH D'ANDREA, SECRETARIO GENERAL.-