Resolución N° 2279/20
Nro de Expediente:
2020-1504-98-000017
 
MOVILIDAD
Fecha de Aprobación:
16/06/2020


Tema:
VARIOS

Resumen:
PROTOCOLO PARA EL TRASLADO DE USUARIOS EN EL SISTEMA DE TRANSPORTE ESCOLAR MIENTRAS DURE LA SITUACIÓN DE EMERGENCIA SANITARIA.

Montevideo, 16 de Junio de 2020.-
 

VISTO: que a partir del retorno de la actividad escolar es necesario establecer pautas para el traslado de los escolares en el Sistema de Transporte Escolar ante la situación de emergencia sanitaria producida por el nuevo coronavirus SARS CoV2, causante de la enfermedad COVID-19;

RESULTANDO: que la División Transporte sugiere establecer claramente las condiciones de limpieza y desinfección de las unidades habilitadas, así como el uso de tapabocas de los escolares que utilizan esta modalidad de transporte; que se recibieron las recomendaciones correspondientes del M.S.P.;

CONSIDERANDO: que se entiende oportuno el dictado de resolución en tal sentido;



EL INTENDENTE DE MONTEVIDEO

RESUELVE:

1º. Disponer el siguiente protocolo para el traslado de usuarios en el Sistema de Transporte Escolar mientras dure la situación de emergencia sanitaria:

a) Previo al ascenso de escolares, se deberá proceder a la limpieza total del interior del vehículo con agua y jabón líquido, y la desinfección con agentes de uso habitual (alcohol al 70% u otros desinfectantes de uso domisanitario). La limpieza y desinfección se realizará en pisos y paredes interiores del vehículo, ventanillas, asientos y barrotes, pestillos, manivelas, llaves de encendido, tablero y volante.

b) Los escolares deberán ascender con tapabocas y permanecer con el mismo colocado correctamente durante su traslado al centro educativo o domicilio, a excepción de los niños menores de 3 años o con causa debidamente justificada.

c) Cada unidad deberá contar con alcohol en gel y tapabocas de repuestos descartables.

d) Deberá asegurarse una adecuada ventilación del vehículo mientras está prestando el servicio. En caso de utilización del sistema de aire acondicionado el mismo deberá usarse en modo de entrada de aire exterior (no recirculación), limpiar y desinfectar los filtros y compartimiento de salida del aire en forma regular.

e) No se permitirá el ascenso a ningún escolar que no cumpla con las disposiciones de la presente Resolución, para lo cual el personal habilitado responsable del servicio mantendrá un contacto permanente con el adulto responsable del escolar.

f) El personal de las unidades del servicio de transporte escolar estará sujeto a lo dispuesto por Resolución N° 1520/20 del 15/4/2020.

2.- Comuníquese al Departamento de Secretaría General, a la Unidad de Programación de Transporte Urbano, al Consejo Directivo Central, y pase a la División Transporte.

 

 

 

CHRISTIAN MARTÍN DI CANDIA CUÑA, INTENDENTE DE MONTEVIDEO.-

FERNANDO DANIEL NOPITSCH D'ANDREA, SECRETARIO GENERAL.-