Resolución N° 2741/04 | Nro de Expediente:
4300-002507-04 |
JURIDICO | Fecha de Aprobación:
14/6/2004 |
Tema:
DIGESTO MUNICIPAL
Resumen:
Se incorpora al final del texto del Art. R. 97.18.1 del Vol II del Digesto Municipal, el siguiente inciso: "Cuando las multas sean concurrentes con resoluciones que impidan el funcionamiento o clausuren comercios, deberán ser abonadas con anterioridad a la solicitud de habilitación o reapertura de los comercios sancionados" .
Montevideo, 14 de Junio de 2004.- |
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ARQ. MARIANO ARANA, Intendente Municipal.- |
LAURA FERNANDEZ, Secretaria General.- |
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