Resolución N° 2802/24
Nro de Expediente:
2016-6400-98-000019
 
PLANIFICACIÓN
Fecha de Aprobación:
24/06/2024


Tema:
PROYECTOS DE DECRETO

Resumen:
REMITIR A CONSIDERACIÓN DE LA JUNTA DEPARTAMENTAL UN PROYECTO DE DECRETO PARA INCORPORAR EL ARTÍCULO R.899.9 EN EL CAPÍTULO II “DE LAS DISPOSICIONES ESPECIALES PARA LA CONSTRUCCIÓN DE LAS VEREDAS EN LAS VÍAS DE TRÁNSITO Y EN LAS ZONAS QUE SE INDIQUEN”, TÍTULO I “DE LAS VEREDAS”, PARTE REGLAMENTARIA DEL VOLUMEN VII “OBRAS” DEL DIGESTO DEPARTAMENTAL, CONDICIONES POR LAS CUALES SE DEBEN REGIR LAS CONSTRUCCIONES DE LAS ACERAS NOROESTE DE LA AVENIDA MARIANO ESTAPÉ, ENTRE LAS CALLES CARRERAS NACIONALES Y JOSÉ MARÍA GUERRA, DENTRO DE LOS LÍMITES DEL SERVICIO CENTRO COMUNAL ZONAL Nº 9, MUNICIPIO F.-

Montevideo, 24 de Junio de 2024.-
 

VISTO: la necesidad de reglamentar las condiciones por las cuales se deben regir las construcciones de las aceras noroeste de la Avenida Mariano Estapé, entre las calles Carreras Nacionales y José María Guerra, dentro de los límites del Servicio Centro Comunal Zonal Nº 9, Municipio F;

RESULTANDO: 1º) que la presente propuesta surge en el marco del Proyecto de Detalle “7 manzanas” aprobado por Decreto Nº 35.978, de fecha 7 de julio de 2016, promulgado por Resolución Nº 3191/16 de fecha 21 de julio de 2016;

2º) que la Unidad Normas Técnicas, en coordinación con el Servicio de Estudios y Proyectos Viales de la División Vialidad, elaboró una propuesta de reglamentación para incluir una disposición dedicada a establecer las condiciones de construcción de las aceras noroeste de la Avenida Mariano Estapé, entre las calles Carreras Nacionales y José María Guerra a ser incorporada como artículo R.899.9 en el Capítulo II “De las disposiciones especiales para la construcción de las veredas en las vías de tránsito y en las zonas que se indiquen”, Título I “De las veredas”, Parte Reglamentaria del Volumen VII “Obras” del Digesto Departamental;

3º) que la propuesta cuenta con la revisión de la Unidad Plan de Ordenamiento Territorial y la conformidad de Planificación Territorial;

4º) que el Equipo Técnico de Actualización Normativa no tiene objeciones que formular a la propuesta y elabora el correspondiente proyecto de resolución;

CONSIDERANDO: que el Departamento de Planificación y la División Asesoría Jurídica se manifiestan de conformidad y estiman procedente el dictado de resolución en el sentido indicado;

EL INTENDENTE DE MONTEVIDEO

RESUELVE:

1º. Incorporar el artículo R.899.9 en el Capítulo II “De las disposiciones especiales para la construcción de las veredas en las vías de tránsito y en las zonas que se indiquen”, Título I “De las veredas”, Parte Reglamentaria del Volumen VII “Obras” del Digesto Departamental, el cual quedará redactado de la siguiente manera:

Artículo R.899.9.- La construcción de las aceras noroeste de la Avenida Mariano Estapé, entre las calles Carreras Nacionales y José María Guerra, se ajustará a las siguientes condiciones:

Tramo entre las calles Juan Carrara y Osvaldo Martínez.

El ancho total de la acera es de diez metros (10,00 metros) y en ella se distinguen dos fajas diferenciadas de cinco metros (5,00 metros) de ancho cada una: Faja 1 adyacente a la línea de propiedad y Faja 2 adyacente a la calzada. Se grafica en el DETALLE 1 y el DETALLE 4 (resolución de esquina):

a) FAJA 1 (adyacente a la línea de propiedad). Esta faja tendrá un diseño diferencial según el uso de la planta baja de los predios frentistas.

a1) Uso residencial. Cuando los usos de las plantas bajas de los predios frentistas sean residenciales, se constituirán áreas enjardinadas y/o con césped en todo el ancho de la faja. Se podrán disponer sectores de hormigón peinado, que abarquen hasta un 20 % del área enjardinada como máximo, integrados al diseño de los pavimentos de la FAJA 1. Estos sectores de hormigón no podrán ser dispuestos a modo de ensanche de los pavimentos definidos en la FAJA 1 y la FAJA 2.

Frente a las entradas de peatones, para vincular con la vereda definida en la FAJA 2, se construirán sendas de hormigón peinado, perpendiculares a la calzada, de un metro (1,00 metro) de ancho cuando refiera al acceso a una vivienda y dos metros (2,00 metros) de ancho cuando refiera al acceso colectivo de un edificio, con buñas paralelas a la calzada cada cincuenta centímetros (0,50 metros) según DETALLE 2.

Frente a las entradas de vehículos, para vincular con la calzada, se construirán sendas de hormigón armado peinado de tres metros (3,00 metros) de ancho con buñas paralelas a la calzada cada cincuenta centímetros (0,50 metros). Se deben realizar juntas cada tres metros como máximo coincidiendo con las buñas.

a2) Uso comercial. Cuando los usos de las plantas bajas de los predios frentistas sean comerciales se construirá una vereda de hormigón peinado, en todo el ancho de la faja, con buñas perpendiculares a la calzada cada cincuenta centímetros (0.50 metros), en continuidad con las buñas de la vereda definida en el índice b1) de la FAJA 2. Se admiten sectores de césped que abarquen hasta un 30 % de dicha área como máximo, integrados al diseño de los pavimentos de la FAJA 1. Sobre el pavimento de hormigón, podrá instalarse un deck de madera con el entablonado perpendicular a la calzada y una pérgola metálica según se detalla en memoria constructiva a suministrar por la oficina competente. Esto no exime de la realización del trámite correspondiente de solicitud de colocación de mesas y sillas con o sin entarimado en aceras y calzadas, con la salvedad de que cumpla con los requisitos constructivos y de ocupación que se plantean en la presente normativa de veredas de la Avenida Mariano Estapé.

Contra la línea divisoria entre ambas FAJAS, con el apoyo en la FAJA 1 y el asiento volando sobre la FAJA 2, se construirá entre un 25 % y 50 % del ancho del predio, un muro – banco de hormigón, intercalando tramos independientes de un metro (1,00 metro), dos metros (2,00 metros), tres metros (3,00 metros) y/o cinco metros (5,00 metros) separados como mínimo un metro (1,00 metro), según se detalla en la memoria constructiva. En el espacio entre bancos, alineado al eje de éstos, se colocará el equipamiento urbano complementario, particularmente las papeleras. En la FAJA 1 no podrá localizarse tendido de servicios públicos, salvo los necesarios para las conexiones de los particulares.

b) FAJA 2 (adyacente a la calzada). En la Faja 2 se definen dos sectores, uno adyacente a la Faja 1 y otro adyacente a la calzada.

b1) Sector adyacente a la Faja 1. Se construirá una vereda de hormigón peinado, de tres metros (3,00 metros) de ancho, con buñas perpendiculares a la calzada cada un metro (1,00 metro), según DETALLE 1.

Las sendas peatonales referentes a accesos colectivos e individuales, definidas en la FAJA 1, no interrumpirán la vereda.

Las sendas vehiculares definidas en la FAJA 1 no interrumpirán la vereda, se realizaran con las especificaciones constructivas definidas en memoria constructiva suministrada por la oficina competente en lo referente a sendas vehiculares.

b2) Sector adyacente a la calzada. En este sector, de 2,00 metros de ancho, se colocará césped. Asimismo, se colocará arbolado de pequeño y mediano porte el que deberá estar dispuesto al menos uno cada siete metros (7,00 metros), con su eje a ochenta centímetros (0,80 metros) del cordón.

Las sendas peatonales referentes a accesos colectivos, definidas en la FAJA1, se extenderán hasta el cordón de la vereda con las mismas características antes descriptas según DETALLE 2.

Las sendas vehiculares definidas en la FAJA 1 se extenderán hasta el cordón de la vereda con las mismas características antes descriptas y salvarán el desnivel del cordón mediante una rampa de hormigón que cumpla con las especificaciones de rebajes de cordón vigentes, según DETALLE 3.

Esquina.

La vereda en las esquinas será de hormigón peinado en continuidad con la vereda de laFaja 2 definida en el índice b1), según DETALLE 4.

Se incorporarán rampas de acceso para personas con movilidad reducida, de hormigón peinado, en cumplimiento de la normativa de accesibilidad vigente según el DETALLE 4 a modo indicativo.

Tramo entre las calles Carreras Nacionales y Juan Carrara.

En este tramo la acera es de cinco metros (5,00 metros) de ancho. Será construida según las definiciones desarrolladas para la FAJA 2 del tramo entre las calles Juan Carrara y Osvaldo Martínez. Este diseño podrá ajustarse según el proyecto del espacio público que bordea.

Tramo entre las calles Osvaldo Martínez y José María Guerra.

En este tramo la acera es de cinco metros (5,00 metros) de ancho. Será construida según las definiciones desarrolladas para la FAJA 2 del tramo entre las calles Juan Carrara y Osvaldo Martínez. Este diseño podrá ajustarse según el proyecto del espacio público que bordea.

Memoria Constructiva

La oficina competente suministrará una memoria constructiva de los elementos que constituyen la acera, pavimentos, bancos y pérgolas.

Detalles indicativos

 

 

2º. Comuníquese al Departamento de Desarrollo Urbano; a la Gerencia de Planificación Territorial; a los Servicios Tierras y Vivienda y Estudios y Proyectos Viales; a las Unidades Normas Técnicas y Asesoría, al Equipo Técnico de Actualización Normativa y pase a la Unidad Plan de Ordenamiento Territorial.-

MAURICIO EMILIO ZUNINO CANEPA, INTENDENTE DE MONTEVIDEO (I).-

OLGA BEATRIZ OTEGUI PINTOS, SECRETARIA GENERAL.-