Resolución N° 308/01
Nro de Expediente:
1002-000144-01
 
SECRETARIA GENERAL
Fecha de Aprobación:
23/1/2001


Tema:
VARIOS

Resumen:
A partir de la presente Resolución el Instituto de Estudios Municipales se conformará con una Dirección de la cual dependerán dos Concejos Consultivos de carácter asesor y tres Unidades Técnicas, cuyas denominaciones, integración y cometidos se indican.-

Montevideo, 23 de Enero de 2001.-
 
          VISTO: las presentes actuaciones promovidas por el Instituto de Estudios Municipales;
          RESULTANDO: 1º) que por Resolución Nº 2450/00, de 13 de julio de 2000, se aprobó la nueva estructura orgánico-administrativa de la Intendencia Municipal de Montevideo, estableciéndose que el Instituto de Estudios Municipales dependerá directamente de la Secretaría General, cumpliendo con los cometidos asignados por el ordenamiento normativo departamental, en régimen de autonomía técnica;
          2º) que en el contexto del proceso de descentralización , participación popular y mejora de la gestión que la Administración Municipal viene impulsando, la Dirección del mencionado Instituto pone a consideración una propuesta de reestructura orgánico funcional, basada en los citados ejes centrales de actuación y con el objetivo de estar en mejores condiciones de cumplir con sus cometidos;
          3º) que según la propuesta elaborada, el Instituto de Estudios Municipales tendría una Dirección de la cual dependerán dos Concejos Consultivos de carácter asesor y tres Unidades Técnicas;
          CONSIDERANDO: que corresponde proveer de conformidad;
          EL INTENDENTE MUNICIPAL DE MONTEVIDEO
          RESUELVE:
          1. A partir del día de la fecha, el Instituto de Estudios Municipales se conformará con una Dirección de la cual dependerán dos Concejos Consultivos de carácter asesor y tres Unidades Técnicas, cuyas denominaciones, integración y cometidos se describen a continuación:
          A) CONCEJO CONSULTIVO - Area Capacitación Ciudadana Integración:
          Un representante del Departamento de Descentralización
          Tres representantes de las Regiones Oeste, Centro y Este
          Tres representantes de las Juntas Locales
          Tres representantes de los Concejos Vecinales
          Cometidos:
          a) Presentar iniciativas y priorizar las necesidades de capacitación ciudadana a desarrollarse.
          b) Participar en la elaboración de los programas de formación.
          c) Aprobar el plan de actividades de capacitación en la materia, formulado por el Instituto de Estudios Municipales.
          d) Evaluar el impacto de la capacitación realizada.
          Las reuniones del Concejo Consultivo - Area de Capacitación Ciudadana serán presididas por el Director del Instituto de Estudios Municipales.
          B) CONCEJO CONSULTIVO - Area de Formación Institucional Permanente
          Integración:
          Un representante de Secretaría General
          Un representante del Departamento de Descentralización
          Un representante del Departamento de Acondicionamiento Urbano
          Un representante del Departamento de Desarrollo Ambiental
          Un representante de la Unidad Central de Planificación Municipal
          Un representante del Departamento de Recursos Humanos y Materiales
          Un representante del Departamento de Recursos Financieros
          Un representante del Departamento de Cultura
          Un representante del Departamento de Desarrollo Económico e Integración Regional
          Un representante de ADEOM
          Cometidos:
          a) Presentar las necesidades de capacitación de los funcionarios municipales de cada Departamento.
          b) Presentar iniciativas y participar en la elaboración de los programas de formación.
          c) Aprobar el plan de actividades de capacitación en la materia, formulado por el Instituto de Estudios Municipales.
          d) Evaluar el impacto de la capacitación realizada.
          Las reuniones del Concejo Consultivo - Area de Formación Institucional Permanente serán presididas por el Director del Instituto de Estudios Municipales.
          C) UNIDAD CAPACITACION CIUDADANA
          Cometidos:
          a) Instrumentar las acciones de capacitación definidas en el plan de actividades.
          b) Coordinar con los distintos Departamentos otras acciones de capacitación.
          c) Elaborar y mantener actualizada una base de datos de las actividades de capacitación desarrolladas, de libre acceso para todos los Departamentos.
          d) Elaborar y difundir publicaciones y material bibliográfico de carácter formativo e informativo.
          D) UNIDAD DE FORMACION INSTITUCIONAL PERMANENTE
          Cometidos:
          a) Instrumentar las acciones de formación definidas en el plan de actividades.
          b) Coordinar con los distintos Departamentos otras acciones de capacitación.
          c) Elaborar y mantener actualizada una base de datos de las actividades de capacitación desarrolladas, de libre acceso para todos los Departamentos.
          d) Elaborar y difundir publicaciones y material bibliográfico de carácter formativo e informativo.
          e) Realizar todos los cursos, pruebas de suficiencia y concursos que establece la normativa vigente en materia de ascensos y calificaciones.
          E) UNIDAD ESTUDIOS
          Cometidos:
          a) Realizar investigaciones sobre la temática municipal, en coordinación con los Departamentos involucrados en los ámbitos de estudio.
          b) Promover sistemas de información que coadyuven a la mejor obtención de los fines que corresponden a la Intendencia Municipal de Montevideo.
          c) Coordinar las actividades inherentes a la implementación del Archivo de la Ciudad de Montevideo-Convenio I.M.M. - Universidad de la República.
          La Biblioteca estará adscripta a la Unidad de Estudios.
          2. Establecer que los cometidos asignados al Instituto de Estudios Municipales en el Digesto Municipal, Volumen II, Libro I, Título II, Capítulo I, Artículo R17, no explicitados en el numeral anterior, serán responsabilidad de la Dirección del citado Instituto.-
          3. Las dependencias municipales que integrarán el Concejo Consultivo - Area de Capacitación Ciudadana y el Concejo Consultivo - Area de Formación Institucional Permanente, así como las Juntas Locales y los Concejos Vecinales, deberán designar un representante titular y un alterno en cada caso dentro de los diez días de recibida la comunicación correspondiente, haciéndolo saber al Instituto de Estudios Municipales.-
          4. Librar nota a la Asociación de Empleados y Obreros Municipales invitándola a designar un representante titular y alterno en el Concejo Consultivo - Area de Formación Institucional Permanente.-
          5. Comuníquese a todos los Departamentos, a la Unidad Central de Planificación Municipal, a la Contaduría General, a las Divisiones Regiones Oeste, Centro y Este, y Jurídica y pase al Instituto de Estudios Municipales a sus efectos.-
ARQ. MARIANO ARANA, Intendente Municipal.-
DRA. MARIA JULIA MUÑOZ, Secretaria General.-