VISTO: el Decreto N.º 38.775 sancionado por la Junta Departamental de Montevideo el 11 de julio de 2024 y recibido por este Ejecutivo el 15 del mismo mes y año, por el cual de conformidad con la Resolución N.º 2892/24, de 04/07/24, se sustituyen los artículos 24 y 25 del Decreto Nº 37.594 de 4 de noviembre de 2020, respecto de los parámetros de las Unidades de Actuación UA2 y UA3 del Polígono de Oportunidad del Proyecto de Renovación Urbana Entorno Mercado Modelo (PRUEMM);
EL INTENDENTE DE MONTEVIDEO
RESUELVE:
1.- Promúlgase el Decreto No. 38.775 sancionado el 11 de julio de 2024.-
2.- Publíquese y comuníquese a la Junta Departamental, a todos los Departamentos, a la Contaduría General, a las Divisiones Asesoría Jurídica, Asesoría de Desarrollo Municipal y Participación a sus efectos, a la Gerencia de Planificación Territorial, a los Servicios de Contralor de la Edificación, de Catastro y Avalúo, a la Unidad de Proyecto de Alineación y Modificación Predial, a los Equipos Técnicos de Actualización Normativa, de Información Jurídica, a la Biblioteca Jurídica y pase por su orden al Sector Despacho para su incorporación al registro, a la División Información y Comunicación para adjuntar al expediente y comunicar a la Junta Departamental de Montevideo la constancia de publicación y al Departamento de Planificación a sus efectos.-
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