Resolución N° 3236/21
Nro de Expediente:
2021-4892-98-000062
 
MOVILIDAD
Fecha de Aprobación:
30/08/2021


Tema:
VARIOS

Resumen:
BENEFICIO TRANSPORTE- AMPLIAR EL BENEFICIO VIAJES PARA VACUNADOS CONTRA COVID-19 ESTABLECIDO POR RESOLUCIÓN N° 2253/21.

Montevideo, 30 de Agosto de 2021.-
 

VISTO: el objetivo que se plantea esta Intendencia en apoyar todo lo que contribuya a sobrellevar de mejor manera la emergencia sanitaria;

RESULTANDO: que el Ministerio de Salud Pública (MSP) comenzó en el mes de marzo de 2021 la aplicación de vacunas de acuerdo a su Plan de Vacunación

CONSIDERANDO: 1º) que el Plan de Vacunación del MSP tiene como objetivo máximo inmunizar al total de la población mayor de 12 años;

2º) que es de interés de esta Administración promover la vacunación por COVID-19 de los ciudadanos de Montevideo colaborando a eliminar posibles barreras relativas a la movilidad;

3°) que por Resolución N° 2253/21 del 21/06/21 se creó el Beneficio Viajes para Vacunados contra Covid-19 que estará vigente durante el plan de vacunación 2021 y que consiste en la acreditación del valor equivalente a 4 viajes de 1 hora para quienes se inoculen con las dos dosis de la vacuna mencionada;

4°) que el MSP con el objetivo de reforzar la inmunidad, ha resuelto ofrecer una tercera y hasta una cuarta dosis a las personas que de acuerdo al esquema de vacuna primario hayan recibido determinada vacuna;


LA INTENDENTA DE MONTEVIDEO

RESUELVE:

1º. Ampliar el Beneficio Viajes para Vacunados contra Covid-19 establecido por Resolución N° 2253/21, de forma tal de que se habilite la acreditación del valor equivalente a 2 (dos) viajes de 1 hora para quienes se inoculen una tercera dosis de la vacuna contra el Covid-19 y para el caso de las personas inmunodeprimidas que ya se vacunaron con 2 dosis y que se inoculen con 2 dosis adicionales de acuerdo a la recomendación del MSP, se habilita la acreditación del valor equivalente a 4 (cuatro) viajes de 1 hora.

2º. Disponer que el beneficio estará vigente durante el plan de vacunación 2021 y se hará bajo las mismas condiciones establecidas en la Resolución N° 2253/21, es decir:

a) se otorgará a quienes tengan siguientes los tipos de tarjeta STM:

- Común

- Jubilados

- Estudiantes, que utilicen líneas del Sistema de Transporte Colectivo Urbano de Montevideo

- Prepago Nominado

- Transporte, para trabajadores/as de transporte de media distancia;

b) para hacerse acreedora al beneficio, la persona interesada deberá solicitar el beneficio de acuerdo al procedimiento administrativo que la Intendencia de Montevideo establezca;

c) en caso que el beneficiario tuviera más de una tarjeta STM, la prelación para decidir en cuál tarjeta STM se acreditará el saldo será el siguiente:

- Jubilado

- Estudiante

- Prepago Nominado

- Transporte

- Común;

d) el saldo de la acreditación deberá ser transferido a la tarjeta STM en cualquiera de los locales de la red de comercialización STM sin costo, para que quede operativo;

e) el saldo estará disponible para ser transferido a la tarjeta hasta el 31 de diciembre de 2021. Transcurrido ese plazo perderá la posibilidad de acreditar en la tarjeta el beneficio;

f) una vez transferido el saldo a la tarjeta, éste no tendrá vencimiento, a excepción de los viajes acreditados en las tarjetas STM Estudiante que tendrán el vencimiento establecido en la Resolución Nº 222/17

g) para los casos que se utilice el sistema de pospago, el importe será acreditado en su estado de cuenta.

3º. Establecer que la ampliación del beneficio comenzará a regir una vez que se culmine con la integración técnica con el MSP para poder consultar en línea sobre las personas agendadas y/o vacunadas para la 3er dosis.

4º. Comuníquese al Departamento de Recursos Financieros, a las Divisiones Tecnología de la información, para su implementación y Comunicaciones y Prensa, para su difusión, y pase a la División Transporte, para su conocimiento y notificación a todas las empresas operadoras del sistema de transporte colectivo.

ANA CAROLINA COSSE GARRIDO, INTENDENTA DE MONTEVIDEO.-

OLGA BEATRIZ OTEGUI PINTOS, SECRETARIA GENERAL.-