Resolución N° 3296/24
Nro de Expediente:
2024-1009-98-000270
 
SECRETARIA GENERAL
Fecha de Aprobación:
29/07/2024


Tema:
CONVENIOS/CONTRATOS

Resumen:
CONVENIO-SE APRUEBA LOS MODELOS DE CONVENIOS PARA EL PROGRAMA FONDO SOLIDARIO DE MATERIALES Y PARA EL PROGRAMA FONDO SOLIDARIO DE MATERIALES (SUBSIDIO 100%).-

Montevideo, 29 de Julio de 2024.-
 

                        VISTO: la gestión promovida por la División Asesoría de Desarrollo Municipal y Participación relacionada con la aprobación de los modelos de convenio a ser utilizados para la ejecución del Programa Fondo Solidario de Materiales;

                         RESULTANDO: 1o.) que el citado Decreto fue modificado en sus artículos 2º, 4º, 7º, 9º por el Decreto de la Junta Departamental de Montevideo N.º 38.513  promulgado por Resolución N.º 6.266/23 de 29 de diciembre de 2023 y en sus artículos 11º y 14º por el Decreto N.º 38.605, promulgado por Resolución N.º 1.471/24 de 1º de abril de 2024;

2o.) que estas modificaciones normativas tuvieron como fin, mejorar y facilitar el acceso de la población al Programa "Fondo Solidario de Materiales”;

3o.) que el apartado IX del numeral 1º de la Resolución Nº 3642/10, de 9 de agosto de 2010 en la redacción dada por la Resolución Nº 3797/10, de 23 de agosto del mismo año, establece que compete a cada uno de los Gobiernos Municipales suscribir convenios para la entrega de materiales y/o servicios para la construcción de viviendas (Fondo Solidario de Materiales) establecidos en el Departamento de Montevideo;

4o.) que el Equipo Técnico Contralor de Contratos efectuó el contralor jurídico-formal que le compete realizando algunas puntualizaciones que son recogidas en los textos a aprobar;

5o.) que la División Asesoría de Desarrollo Municipal y Participación remite las actuaciones para realizar la resolución correspondiente;

                         CONSIDERANDO: que se entiende oportuno el dictado de resolución en el sentido indicado;


EL INTENDENTE DE MONTEVIDEO

RESUELVE:

1.- Aprobar el modelo de convenio para el Programa Fondo Solidario de Materiales en los siguientes términos: En la ciudad de Montevideo, el…………..de…………….de………………., por una parte……………….…………en su calidad de Alcalde/sa del Municipio………..constituyendo domicilio en.... en esta ciudad , a quien en adelante se le denominará “El Municipio”, y por otra parte,…………………………………...oriental, mayor de edad, titular del documento de identidad N.º……………………., constituyendo domicilio en ..... en esta ciudad, a quien en adelante se le denominará “el/la beneficiario/a”, convienen en celebrar el siguiente Convenio en el marco del Programa Fondo Solidario de Materiales, el que se regirá por las siguientes cláusulas:
PRIMERO- (antecedentes) A) Según surge del trámite Nro………………………….. el/ la beneficiario/a solicitó al Municipio………...,se le otorgara el préstamo previsto en el “Programa Fondo Solidario de Materiales”, para su utilización en la realización de las obras de…………………...(refacción, reforma, ampliación) de su vivienda y declaró poseer como única vivienda la finca sita en …………………………………………….. entre …………………………….………………………………….. y ……………………………………………..., padrón……………….. y tener ingresos familiares que no superan las……………………. U.I. (4.000-8.000-12.000-17.000), lo que por el presente ratifica en todos sus términos.
B) El Municipio ,resolvió entregar al/a el/la Sr./a ,los siguientes materiales subsidiados por el Programa indicado:
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C) Las partes estiman que el costo de los materiales a entregar asciende a la suma de………………………. U.I, cotizándose a $……………………. cada U.I.
SEGUNDO- A) El/la beneficiario/a se compromete a pagar al Municipio el………… % (75-50-25) del costo de los materiales relacionados en la cláusula anterior, o sea, la cantidad de…………... U.I. El pago se realizará por los medios habilitados por la Intendencia de Montevideo. El plazo máximo para el pago de este monto se fija con fecha…………………….. B) Una vez firmado el convenio, se acordará entre el Gobierno Municipal, o quien este designe, y el beneficiario la entrega de los materiales.
TERCERO- El/la beneficiario/a declara conocer y aceptar las disposiciones del Decreto Nº 36.557 del 7 de diciembre de 2017 y sus modificativas, y su respectiva reglamentación , que regirá este convenio especialmente en todo lo que no se hubiese previsto en esta última en forma expresa.
CUARTO- El/la beneficiario/a se obliga a darle a los materiales el uso para el que fueron solicitados y a realizar la obra indicada en un plazo de………………. días a partir de la fecha de recepción de los mismos y acepta los controles que disponga el Municipio. Si el/la beneficiario/a no hubiere finalizado la obra, podrá antes del vencimiento del plazo acordado y por única vez, solicitar al Centro Comunal Zonal una prórroga de………………….. días que comenzará a correr al día siguiente del vencimiento del plazo original. El/ la beneficiario/a deberá comunicar al Centro Comunal Zonal correspondiente el inicio de las obras, así como la finalización de las mismas.
QUINTO- Si el/la beneficiario/a no cumpliera con la obligación de finalizar la obra dentro de los plazos establecidos quedará inhabilitado para acceder nuevamente a los beneficios del Programa.
SEXTO- La concesión del subsidio no implica opinión de la Intendencia respecto de los vicios, titularidad, del bien o calidad de ocupación del beneficiario/a, ni de ninguno de los integrantes del núcleo habitacional declarado. La Intendencia queda en consecuencia, eximida de toda responsabilidad por vicios o defectos de la ocupación por parte del beneficiario.
SÉPTIMO- Domicilios especiales: “Las partes constituyen domicilios especiales a todos los efectos derivados de este contrato, en los indicados como suyos en la comparecencia”.
OCTAVO- Comunicaciones: “Cualquier notificación o intimación que deban realizarse las partes, se tendrá por válidamente efectuada si es hecha a los domicilios constituidos en este documento, por medio de telegrama colacionado o cualquier otro medio que diera certeza de su realización”. Para constancia y en prueba de conformidad se firman dos ejemplares de idéntico tenor a lugar y fecha arriba indicados.-

2.- Aprobar el modelo de convenio para el Programa Fondo Solidario de Materiales (subsidio 100%) en los siguientes términos: En la ciudad de Montevideo, el…………..de…………….de………………., por una parte……………….…………en su calidad de Alcalde/sa del Municipio………..constituyendo domicilio en....en esta ciudad en……………………………………., a quien en adelante se le denominará “El Municipio”,y por otra parte,…………………………………...oriental, mayor de edad, titular del documento de identidad N.º……………………., constituyendo domicilio  en .... en esta ciudad, a quien en adelante se le denominará “el/la beneficiario/a”, convienen en celebrar el siguiente Convenio en el marco del Programa Fondo Solidario de Materiales, el que se regirá por las siguientes cláusulas:
PRIMERO- (antecedentes) A) Según surge del trámite Nro………………………….. el/ la beneficiario/a solicitó al Municipio………...,se le otorgaran los materiales de construcción según lo previsto en el “Programa Fondo Solidario de Materiales”, para su utilización en la realización de las obras de…………………...(refacción, reforma, ampliación) de su vivienda y declaró poseer como única vivienda la finca sita en …………………………………………….. entre …………………………….………………………………….. y ……………………………………………..., padrón……………….. .
B) El Área Social del Centro Comunal Zonal ha informado favorablemente sobre la adjudicación  del subsidio del 100% de los materiales.
C) El Municipio…………., resolvió entregar al/a el/la Sr./a ,los siguientes materiales subsidiados por el Programa indicado:
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………………………………………………………………………………………….
D) Las partes estiman que el costo de los materiales a entregar asciende a la suma de………………………. U.I, cotizándose a $……………………. cada U.I.
SEGUNDO- Una vez firmado el convenio, se acordará entre el Gobierno Municipal, o quien éste designe, y el beneficiario la entrega de los materiales.
TERCERO- El/la beneficiario/a declara conocer y aceptar las disposiciones del Decreto Nº 36.557 del 7 de diciembre de 2017 y sus modificativas, y su respectiva reglamentación , que regirá este convenio especialmente en todo lo que no se hubiese previsto en esta última en forma expresa.
CUARTO- El/la beneficiario/a se obliga a darle a los materiales el uso para el que fueron solicitados y a realizar la obra indicada en un plazo de………………. días a partir de la fecha de recepción de los mismos y acepta los controles que disponga el Municipio. Si el/la beneficiario/a no hubiere finalizado la obra, podrá antes del vencimiento del plazo acordado y por única vez, solicitar al Centro Comunal Zonal una prórroga de………………….. días que comenzará a correr al día siguiente del vencimiento del plazo original. El/ la beneficiario/a deberá comunicar al Centro Comunal Zonal correspondiente el inicio de las obras, así como la finalización de las mismas.
QUINTO- Si el/la beneficiario/a no cumpliera con la obligación de finalizar la obra dentro de los plazos establecidos quedará inhabilitado para acceder nuevamente a los beneficios del Programa.
SEXTO- La concesión del subsidio no implica opinión de la Intendencia respecto de los vicios, titularidad, del bien o calidad de ocupación del beneficiario/a, ni de ninguno de los integrantes del núcleo habitacional declarado. La Intendencia queda en consecuencia, eximida de toda responsabilidad por vicios o defectos de la ocupación por parte del beneficiario.
SÉPTIMO- Domicilios especiales: Las partes constituyen domicilios especiales a todos los efectos derivados de este contrato, en los indicados como suyos en la comparecencia.
OCTAVO- Comunicaciones: Cualquier notificación o intimación que deban realizarse las partes, se tendrá por válidamente efectuada si es hecha a los domicilios constituidos en este documento, por medio de telegrama colacionado o cualquier otro medio que diera certeza de su realización. Para constancia y en prueba de conformidad se firman dos ejemplares de idéntico tenor a lugar y fecha arriba indicados.

3.- Comuníquese a la Junta Departamental de Montevideo, a todos los Departamentos, a la División Asesoría Jurídica, a Contaduría General y pase a la División Asesoría de Desarrollo Municipal y Participación.-

MAURICIO EMILIO ZUNINO CANEPA, INTENDENTE DE MONTEVIDEO.-

GUILLERMO JOSÉ MONCECCHI GIORDANO, SECRETARIO GENERAL (I).-