VISTO: la necesidad de consolidar el equipo de trabajo y las tareas que se realizan en el “Espacio Modelo”;
RESULTANDO: 1o.) que tras más de ocho décadas de funcionamiento en el recinto ubicado en la calle Cádiz N.º 3280 y su área circundante, el Ex- “Mercado Modelo” cesó su anterior actividad, en la que se concentraba la actividad agrícola nacional de grandes, medianos y pequeños productores, la propia del Montevideo rural y la cadena comercial mayorista y minorista de la capital del país, trasladándose sus operaciones a la Unidad Agroalimentaria Metropolitana (UAM);
2o.) que por tal motivo, en el marco del programa "El modelo está cambiando" se llevó adelante una estrategia destinada a la revalorización de ese espacio, a través de una serie de intervenciones en la nave central del Ex- “Mercado Modelo” y su entorno, a fin de adecuar las infraestructuras e instalaciones existentes conforme a su nuevo destino consistente en el desarrollo de actividades sociales, culturales, deportivas y recreativas, fomentando la participación y la inclusión ciudadana, que culmina con la inauguración del “Espacio Modelo”, el mayor parque techado del país;
3o.) que por la Resolución N.º 0975/24 de fecha 27 de febrero de 2024, se creó la Unidad de Gestión del Espacio Modelo (UGEM) dependiente del Departamento de Desarrollo Urbano, encargada de la administración y gestión de dicho espacio y de las actividades que allí se cumplan;
4o.) que desde que el Mercado Modelo trasladó su actividad hacia la UAM, el Servicio de Convivencia Departamental ha participado activamente en la organización y gestión del espacio, en coordinación con el Departamento de Desarrollo Urbano, por lo que entienden conveniente la creación de una Unidad de Apoyo a la UGEM;
CONSIDERANDO: que los Departamentos de Secretaría General, Desarrollo Urbano y la División Asesoría Jurídica manifiestan su conformidad y estiman procedente el dictado de resolución en tal sentido;
EL INTENDENTE DE MONTEVIDEO
RESUELVE:
1.- Créase la “Unidad de Apoyo a la Gestión del Espacio Modelo” (UAGEM), que dependerá jerárquicamente del Servicio de Convivencia Departamental de Prosecretaría General, del Departamento de Secretaría General.-
2.- Establecer que los cometidos de la “Unidad de Apoyo a la Gestión del Espacio Modelo” son los siguientes:
a) Articulación y apoyo a la Dirección de la UGEM;
b) Supervisión del mantenimiento del edificio;
c) Supervisión del uso del edificio, en lo que refiere a las personas, a las actividades de logística para los espacios lúdicos abiertos a todo público, así como también los eventos, la administración, gestión, coordinación y difusión de las actividades sociales, culturales, comerciales, deportivas y recreativas que se desarrollen en los diversos sectores del espacio, propiciando la participación y la inclusión ciudadana. A estos efectos se actuará de acuerdo con el plan estratégico elaborado por la UGEM y a las directivas que se impartan desde esa Unidad;
d) Apoyo en la adopción de las medidas de seguridad, vigilancia y control de las edificaciones y espacios exteriores, del predio y de sus instalaciones, con el fin de preservar su integridad y permitir la adecuada convivencia de quienes concurran a él;
e) Actuar de acuerdo a las directivas que el Servicio de Convivencia Departamental imparta en los eventos a realizarse dentro de la edificación como en los espacios exteriores y vía pública aledaños del “Espacio Modelo”.-
3.- Disponer que el numeral 1º de la presente resolución se incorporará en el artículo R.3 “Departamento de Secretaría General”, Capítulo I “De los Órganos Ejecutivos”, Título I “De la Estructura Orgánica Administrativa”, Parte Reglamentaria, Libro I “De la Organización y de la Competencia”, del Volumen II “Procedimiento. Competencia” del Digesto Departamental.-
4.- Disponer que el numeral 2º de la presente resolución se incorporará en el artículo R.19.30 del Capítulo I “De los Cometidos de los Órganos Ejecutivos y sus Dependencias”, Título II “De la Competencia de los Órganos de la Intendencia”, Parte Reglamentaria, Libro I “De la Organización y de la Competencia” del Volumen II “Procedimiento. Competencia” del Digesto Departamental.-
5.- Comuníquese a la Junta Departamental de Montevideo, a todos los Departamentos, a las Divisiones Asesoría Jurídica, Asesoría de Desarrollo Municipal y Participación, Información y Comunicación, Espacios Públicos, a los Servicios de Convivencia Departamental, de Tránsito, Gerencia de Gestión de Espacios Públicos, Contaduría General, Planeamiento Estratégico de Gestión Humana, a la Unidad de Gestión Espacio Modelo y pase a la Prosecretaría General a sus efectos.- |