Resolución N° 3559/14
Nro de Expediente:
4111-004550-14
 
ASESORIA JURIDICA
Fecha de Aprobación:
11/8/2014


Tema:
VARIOS

Resumen:
Se modifica el inciso 3) del numeral 1 de la Resolución No. 3159/14 de 22 de junio de 2014, donde dice " los proyectos presentados para solicitud de préstamos ante organismos estatales e instituciones financieras", debe decir " los proyectos de vivienda de interés social presentados ante organismos estatales e instituciones financieras con anterioridad a la vigencia de la referida norma", con relación a la accesibilidad para todas las personas en los espacios urbanos y en las edificaciones.-

Montevideo, 11 de Agosto de 2014.-
 
          VISTO: la Resolución No. 3159/14 de 22 de julio de 2014, por la cual se dispuso modificar la Resolución No. 898/14 de 10/3/14, en cuanto a que se pospone la fecha de entrada en vigencia de la normativa referente a las disposiciones de "la accesibilidad para todas las personas en los espacios urbanos y en las edificaciones", hasta el 1 de octubre de 2014, como así también exonerar del cumplimiento de los requisitos establecidos en la reglamentación a las situaciones que se indican;
          RESULTANDO: 1o.) que el 6 de agosto de 2014, la División Espacios Públicos y Edificaciones solicita modificar el inciso 3) del numeral 1 de la Resolución No. 3159/14, donde dice "los proyectos presentados para solicitud de préstamos ante organismos estatales e instituciones financieras", debe decir "los proyectos de vivienda de interés social presentados ante organismos estatales e instituciones financieras con anterioridad a la vigencia de la referida norma", manteniéndose los restantes términos;
          2o.) que el 6/8/14 el Director (I) de la División Asesoría Jurídica expresa su conformidad a lo solicitado;
          CONSIDERANDO: que procede dictar resolución en tal sentido;
          LA INTENDENTA DE MONTEVIDEO
          RESUELVE:
          1. Modificar el inciso 3) del numeral 1 de la Resolución No. 3159/14 de 22 de julio de 2014, donde dice "los proyectos presentados para solicitud de préstamos ante organismos estatales e instituciones financieras", debe decir "los proyectos de vivienda de interés social presentados ante organismos estatales e instituciones financieras con anterioridad a la vigencia de la referida norma", manteniéndose los restantes términos.-
          2. Comuníquese al Departamento de Acondicionamiento Urbano, a las Divisiones Espacios Públicos y Edificaciones, Planificación Territorial, al Equipo Técnico de Actualización Normativa, a la Unidad Normas Técnicas y Edilicias y pase al Departamento de Planificación a sus efectos.-
ANA OLIVERA, Intendenta de Montevideo.-
RICARDO PRATO, Secretario General.-