Resolución N° 3901/18 | Nro de Expediente:
2018-9433-98-000013 |
DESARROLLO AMBIENTAL | Fecha de Aprobación:
27/8/2018 |
Tema:
MODIFICACION
Resumen:
Se modifica el Literal D) del Art. 7o. de la Resolución No. 3451/17 de fecha 7 de agosto de 2017, el que quedará redactado de la siguiente manera: "D) Cuando se trate de residuos orgánicos habilitados para el tratamiento en Planta de Residuos Orgánicos, TRESOR: a) se aplicará una tarifa de UR 1 más IVA (unidad reajustable una más IVA) por metro cúbico -cotizada al momento del pago- para el tratamiento de residuos recibidos en planta en las condiciones requeridas para el ingreso directo a la plataforma del compostaje; b) se aplicará una tarifa de UR 2 más IVA (unidades reajustables dos más IVA) por metro cúbico -cotizada al momento del pago- para el tratamiento de aquellos residuos que requieran una destruccion y/o acondicionamiento previo al ingreso a la plataforma de compostaje."
Montevideo, 27 de Agosto de 2018.- |
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JUAN CANESSA, Intendente de Montevideo (I).- |
FERNANDO NOPITSCH, Secretario General.- |
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