VISTO: las presentes actuaciones promovidas por el Departamento de Planificación;
RESULTANDO: 1o.) que el citado Departamento se ha propuesto iniciar una reestructura organizativa a fin de consolidar sus cometidos, de acuerdo a las dinámicas urbanas, territoriales y culturales del tiempo presente;
2o.) que en el marco de la creación de la Gerencia de Permisos de Construcción, dispuesta por Resolución Nº 3856/22, de 23/09/22, varias áreas del actual Servicio de Regulación Territorial y funcionarios de la actual Unidad del Patrimonio pasaron a la órbita de la mencionada Gerencia como asimismo la Unidad de Estudios de Impacto Territorial;
3o.) que con el fin de establecer un diagrama equilibrado del Departamento de Planificación se ha entendido adecuado proceder a la creación de una gerencia, la cual asumirá las competencias y cometidos de la actual División Planificación Territorial;
4o.) que las áreas que quedarán integradas a la nueva gerencia poseen altísima especialización y asimismo se entiende que dicha figura resulta apropiada a tal condición, además de dotar de una mayor agilidad a los procesos que en ella se desarrollarán;
CONSIDERANDO: que en el marco de las políticas de la Administración, tendientes a la racionalización de los procedimientos y a la optimización de recursos y procesos, se entiende oportuno y conveniente proceder de conformidad;
LA INTENDENTA DE MONTEVIDEO
RESUELVE:
1.- Ampliar el literal L del numeral 2° de la Resolución Nº 4264/10, de 15/09/10, en la redacción dada por sus distintas modificativas y crear una Gerencia de Planificación Territorial que dependerá directamente del Departamento de Planificación y que tendrá las competencias y cometidos de la actual División Planificación Territorial, sin perjuicio de lo que se indica en los numerales siguientes.-
2.- Establecer que la Gerencia de Planificación Territorial que se crea por el numeral que antecede tendrá la siguiente estructura: a) el Servicio de Geomática con su actual competencia e integración y con la incorporación que se dispone en el numeral 3° de la presente resolución; b) la Unidad Gestión Territorial en su actual conformación y competencias; c) la Unidad Expropiaciones y Topografía en su actual conformación y competencias; d) la Unidad Plan de Ordenamiento Territorial (POT) en su actual conformación y competencias; e) la Unidad Normas Técnicas en su actual conformación y competencias; f) la Unidad Control y Monitoreo Territorial en su actual conformación y competencias; g) la Unidad del Patrimonio con las competencias actuales.-
3.- Establecer que la Unidad Información Territorial, que actualmente depende del Servicio de Regulación Territorial, pasará a formar parte del Servicio de Geomática, bajo la órbita de la Gerencia de Planificación Territorial, manteniendo su actual conformación y competencias.-
4.- Establecer que la Unidad Archivo Gráfico y Alineaciones, que actualmente depende del Servicio de Regulación Territorial, pasará a denominarse Unidad Proyecto de Alineaciones y Modificación Predial y formará parte del Servicio Catastro y Avalúo del Departamento de Planificación.-
5.- Dejar sin efecto todas las resoluciones que directamente o indirectamente se opongan a la presente.-
6.- Disponer que las referencias normativas realizadas a la División Planificación Territorial deberán entenderse dirigidas, en lo pertinente, a la Gerencia de Planificación Territorial que se crea por el numeral 1º.-
7.- Establecer que la Dirección General del Departamento de Planificación, en el ámbito de sus competencias, encomendará el cumplimiento de las tareas de dirección de la Gerencia de Planificación Territorial mientras se dispone lo necesario a efectos de proveer dicho cargo en forma definitiva.-
8.- Consignar que el cargo de dirección de la División Planificación Territorial permanecerá sin designación, sin perjuicio de lo que oportunamente se disponga.-
9.- Comuníquese a todos los Municipios, a todos los Departamentos, a las Divisiones Asesoría Jurídica, Asesoría de Desarrollo Municipal y Participación, Información y Comunicación, a Contaduría General y pase al Departamento de Desarrollo Urbano a sus efectos.-
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