Resolución N° 4169/18
Nro de Expediente:
2017-1570-98-000046
 
GESTION HUMANA Y RECURSOS MATERIALES
Fecha de Aprobación:
10/9/2018


Tema:
REGLAMENTACION

Resumen:
Se modifica la reglamentación correspondiente a la partida por Participación en Multas que perciben los funcionarios pertenecientes a la Divisiones Tránsito y Transporte.

Montevideo, 10 de Setiembre de 2018.-
 
        VISTO: la necesidad de modificar parcialmente el artículo 2º de la reglamentación vigente que establece la forma y condiciones en que será distribuido el porcentaje de participación de multas cobradas por infracción a las disposiciones de tránsito que perciben los/as funcionarios/as de las Divisiones Tránsito y Transporte;
        RESULTANDO: 1º.) que el artículo 2º de la reglamentación antes referida establece la escala de puntaje que se asigna a cada funcionario/a, de acuerdo a un procedimiento previsto en el mismo artículo, para percibir el máximo de la partida y asimismo el literal e) de este artículo dispuso cuáles son los puntos deducibles al cobro de la participación, para aquellos funcionarios/as que incurran en algunas de las conductas observadas en dicho literal, lo que determinará en consecuencia que la partida que percibirán se verá disminuida, pudiendo en algunos casos no volver a percibirse;
        2º.) que el Departamento de Movilidad promueve la modificación de la redacción actual del literal e) del artículo 2º antes mencionado;
        3º.) que la asesora legal de la División Tránsito informa que el puntaje a deducir previsto en tales situaciones es una progresión geométrica, lo que implica desde el punto de vista práctico que si se aplica literalmente deba procederse al descuento de puntos de una forma que resulta excesiva;
        4º.) que si bien resulta de recibo que se le descuente al/a la funcionario/a la partida por participación en multas como pena por su conducta, debe verse que las sanciones por sí mismas ya implican un perjuicio para el/la trabajador/a (por ejemplo: anotación en su legajo personal, pérdida de salario, etc), por lo que la pérdida definitiva de la partida, además de ser una doble sanción, resultaría excesiva, todo lo cual fundamenta la modificación propuesta;
        5º.) que la División Tránsito se manifiesta de conformidad con la propuesta de modificación planteada;
        6º.) que el Equipo Técnico de Actualización Normativa informa que de acuerdo a lo solicitado correspondería en definitiva modificar la redacción del literal e) del artículo 2º de la reglamentación vigente, aprobada por el numeral 2º de la Resolución Nº 3179/15 de 8 de julio de 2015, en la redacción dada por el numeral 1º de la Resolución Nº 3928/15 de 27 de agosto de 2015 y la modificación operada por el numeral 1º de la Resolución Nº 2737/16 de 13 de junio de 2016 y procede a elaborar el proyecto de resolución correspondiente;
        CONSIDERANDO: que el Departamento de Movilidad, la División Asesoría Jurídica y el Departamento de Gestión Humana y Recursos Materiales estiman procedente el dictado de resolución en tal sentido;
        EL INTENDENTE DE MONTEVIDEO
        RESUELVE:
        1º.- Modificar el literal e) del artículo 2º de la reglamentación aprobada por el numeral 2º de la Resolución Nº 3179/15 de 8 de julio de 2015, en la redacción dada por el numeral 1º de la Resolución Nº 3928/15 de 27 de agosto de 2015 y su modificativa numeral 1º de la Resolución Nº 2737/16 de 13 de junio de 2016, el que quedará redactado de la siguiente forma:
        “e) Puntos deducibles en el mes:
        _ Cada llegada tarde o salida anticipada (que supere los 30 minutos en el mes), 10 puntos;
        _ Cada falta con aviso descontará 10 puntos, a modo de ejemplo se dirá:
        -1era falta c/aviso 10
        - 2da falta c/aviso 20
        - 3era falta c/aviso 30 y así sucesivamente;
        _ Cada omisión de marca descontará 10 puntos, a modo de ejemplo se dirá:
        -1era omisión de marca 10
        - 2da omisión de marca 20
        - 3era omisión de marca 30 y así sucesivamente;
        _ Cada falta sin aviso descontará 20 puntos a modo de ejemplo se dirá:
        -1era falta s/aviso 20
        - 2da falta s/aviso 40
        - 3era falta s/aviso 60 y así sucesivamente;
        _ Cada día de Licencia Médica descontará 10 puntos, a modo de ejemplo se dirá:
        - Licencia Médica por día 10
        _ Cada día de Licencia Médica negada descontará 20 puntos, a modo de ejemplo se dirá:
        -1er día de licencia médica negada 20
        - 2do día de licencia médica negada 40
        - 3er día de licencia médica negada 60 y así sucesivamente;
        _ Cada Observación p/escrito descontará 5 puntos.
        _ Cada Apercibimiento descontará 10 puntos.
        _ Cada día de suspensión descontará 20 puntos, a modo de ejemplo se dirá:
        - 1er día de suspensión 20
        - 2do día de suspensión 40
        - 3er día de suspensión 60 y así sucesivamente;
        Si la suma total de puntos generare valores negativos los mismos se tomaran en cuenta en el mes siguiente.”
        2º.- Comuníquese al Departamento de Movilidad, a la Divisiones Tránsito, Transporte y Asesoría Jurídica y pase al Equipo Técnico de Actualización Normativa, a sus efectos.-
ING. DANIEL MARTINEZ, Intendente de Montevideo.-
FERNANDO NOPITSCH, Secretario General.-