VISTO: las presentes actuaciones elevadas por el Servicio de Regulación Alimentaria dependiente de la División Salud, por las que se solicita prorrogar por el término de 1 (un) año, la vigencia de la habilitación de empresas y registro de productos otorgados por dicho Servicio;
RESULTANDO: 1o.) que por Resolución Nº 1939/20 de fecha 25 de mayo de 2020, se prorrogó la vigencia por el término de 6 (seis) meses de la habilitación y registro de productos;
2o.) que durante más de 1 (un) año muchas empresas alimentarias estuvieron inactivas por la situación generada por la emergencia sanitaria;
3o.) que reiniciada la actividad se generó un incremento elevado de solicitudes de registro de productos, sumado a las que se tramitan con motivo de la zafra de fin de año y a las renovaciones correspondientes;
4o.) que el Servicio de Regulación Alimentaria solicita prorrogar a partir de la presente resolución la vigencia de la habilitación de empresas y registro de productos por el plazo de 1 (un) año, de modo de priorizar el estudio de los nuevos registros, con la finalidad de no interferir en la actividad comercial y de garantizar la seguridad de los nuevos productos;
5o.) que la División Salud se manifiesta de conformidad con las medidas solicitadas;
CONSIDERANDO: que la Dirección General del Departamento de Desarrollo Social entiende pertinente su extensión en el sentido indicado;
LA INTENDENTA DE MONTEVIDEO
RESUELVE:
1.- Prorrogar la vigencia de la habilitación de empresas y registro de productos otorgado por el Servicio de Regulación Alimentaria por el término de 1 (un) año, a partir de la presente resolución.-
2.- Comuníquese a los Departamentos de Secretaría General, de Recursos Financieros y de Desarrollo Social, a todos lo Municipios, a las Divisiones de Información y Comunicación, de Salud y de Asesoría Jurídica, al Servicio de Convivencia Departamental y pase al Servicio de Regulación Alimentaria a sus efectos.- |