Resolución N° 4257/18
Nro de Expediente:
2017-9591-98-000135
 
ASESORIA JURIDICA
Fecha de Aprobación:
17/9/2018


Tema:
VARIOS

Resumen:
Aprobar la reglamentación del Decreto Nº 34.952 de 27/2/14 en la redacción dada por el Decreto Nº 36.677 de 14/5/18, a efectos de establecer medidas tendientes a hacer efectiva la politica de reducción del consumo excesivo de sal.-

Montevideo, 17 de Setiembre de 2018.-
 
          VISTO: las presentes actuaciones relacionadas con la necesidad de reglamentar el Decreto Nro. 34.952 de 27 de febrero de 2014 en la redacción dada por el Decreto Nro. 36.677 de 14 de mayo de 2018;
          RESULTANDO: 1o.) que la reducción del consumo de sal en la población de la ciudad, se eligió como política pública a implementar por la División Salud de esta Intendencia, para contribuir a la mejora de salud de los/las montevideanos/as;
          2o.) que desde la División Salud, se impartieron directivas a efectos de reglamentar el Decreto Nro. 34.952 de 27 de febrero de 2014 en la redacción dada por el Decreto Nro. 36.677 de 14 de mayo de 2018, como una forma más de establecer medidas tendientes a hacer efectiva dicha política de reducción del consumo excesivo de sal;
          3o.) que la asesora legal del Servicio de Regulación Alimentaria elaboró un proyecto de Reglamentación incorporando las directivas impartidas por la División Salud, al que a posteriori dieron su conformidad las Direcciones de la División Salud y la General del Departamento de Desarrollo Social;
          4o.) que venido a conocimiento de la División Asesoría Jurídica, se remitió a consideración del Equipo Técnico de Actualización Normativa, a fin de emitir su opinión;
          5o.) que el Equipo Técnico de Actualización Normativa no tiene objeciones que formular, a la vez que comparte la necesidad de contar con una reglamentación que permita la instrumentación de la norma aprobada, para lo cual elabora el correspondiente proyecto de resolución;
          CONSIDERANDO: que el Departamento de Desarrollo Social y la División Asesoría Jurídica manifiestan su conformidad, y estiman procedente el dictado de Resolución;
          EL INTENDENTE DE MONTEVIDEO
          RESUELVE:
          1º.- Aprobar la siguiente reglamentación del Decreto Nro. 34.952 de 27 de febrero de 2014, en la redacción dada por el Decreto Nro. 36.677 de 14 de mayo de 2018:
          Artículo 1º.- La carta de menú o listado en el que conste detallado el 10% de ofrecimiento de comidas o platos elaborados sin adición de sal, deberán estar a la vista de los consumidores y disponible a los inspectores en oportunidad de realizar inspección en la empresa.
          Artículo 2º.- No quedan comprendidos en el 10% que deben ofrecer de comidas elaboradas sin adición de sal, las ensaladas frescas a base exclusivamente de vegetales.
          Artículo 3º.- Los restaurantes y rotiserías que dentro de su menú o listado ofrezcan menos de 10 platos preparados deberán por lo menos ofrecer un plato sin adición de sal.
          2º.- Comuníquese a la Junta Departamental de Montevideo, a todos los Municipios, a todos los Departamentos, a las Divisiones Asesoría Jurídica, Información y Comunicación al Servicio Central de Inspección General, a los Equipos Técnicos de Actualización Normativa, de Información Jurídica, a la Biblioteca Jurídica pase al Departamento de Desarrollo Social a sus efectos.-
ING. DANIEL MARTINEZ, Intendente de Montevideo.-
CHRISTIAN DI CANDIA, Secretario General (I).-