VISTO: el planteo formulado por el Grupo de Trabajo creado por Resolución N° 4184/21 de 1° de noviembre de 2021, designado con el cometido de revisar y actualizar los procedimientos vigentes y protocolos de prevención y actuación de situaciones de violencia, acoso o discriminación laboral que sucedan en esta Intendencia y los Municipios;
RESULTANDO: 1o.) que en el marco del Diagnóstico del Modelo de Calidad con Equidad de Género y la ratificación del Convenio de la OIT Nº 190 por Ley N° 19.849 de 23 de diciembre de 2019 que reconoce “el derecho de toda persona a un mundo del trabajo libre de violencia y acoso”, se definió trabajar con el antedicho cometido;
2o.) que el mencionado Grupo de Trabajo de acuerdo a sus conclusiones informa que corresponde aprobar un Protocolo para la prevención y actuación ante situaciones de cualquier forma de acoso, violencia o discriminación en el ámbito laboral o en la relación docente estudiante, incluidas aquellas por razón de género;
3o.) que en tal sentido, proyecta el referido Protocolo, con el objetivo de contar con un procedimiento de políticas de prevención y actuación ante la manifestación de las conductas antes mencionadas;
CONSIDERANDO: que la División Asesoría para la Igualdad de Género, el Departamento de Gestión Humana y Recursos Materiales, el Departamento de Secretaría General y la División Asesoría Jurídica manifiestan su conformidad, y estiman procedente el dictado de resolución en tal sentido;
EL INTENDENTE DE MONTEVIDEO
RESUELVE:
1.- Dejar sin efecto la Resolución Nº 3419/12 de fecha 13 de agosto de 2012 y su modificativa, aprobada por el numeral 12 de la Resolución Nº 4417/20 de fecha 14 de diciembre de 2020.-
2.- Dejar sin efecto la Resolución N° 3147/15 de fecha 06 de julio de 2015.-
3.- Aprobar el “Protocolo para la prevención y actuación ante situaciones de cualquier forma de acoso, violencia o discriminación en el ámbito laboral o en la relación docente estudiante, incluidas aquellas por razón de género”, que fuera elaborado por el Grupo de Trabajo creado por Resolución N° 4184/21 de fecha 1° de noviembre de 2021, y que se incluye como ANEXO y forma parte de la presente resolución.-
4.- Comuníquese a la Asociación de Empleados y Obreros Municipales (ADEOM), a todos los Departamentos, a la División Asesoría de Desarrollo Municipal y Participación -a sus efectos-, Asesoría Jurídica, Asesoría para la Igualdad de Género, a la Contaduría General, y pase a la División Asesoría Jurídica a sus efectos.- |