Resolución N° 4770/09 | Nro de Expediente:
6611-000178-09 |
ASESORIA JURIDICA | Fecha de Aprobación:
6/11/2009 |
Tema:
DIGESTO MUNICIPAL
Resumen:
Se deja sin efectos los artículos R. 15 y R. 18 del Capítulo II “De los órganos asesores y de contralor” y Capítulo III “Del Órgano Delegado Honorario” del Título I “De la Estructura Orgánico Administrativa” del Libro I “De la Organización y la de la Competencia” Parte Reglamentaria del Volumen II del Digesto Municipal; R. 16 a R. 19.28 de los Capítulos I, II y III del Título II “De la competencia de los Órganos de la Intendencia Municipal” del Libro I “De la Organización y la de la Competencia” Parte Reglamentaria del Volumen II del Digesto Municipal y se incorpora los artículos R. 19.30 al R. 19.62 al Título II “De la competencia de los órganos de la Intendencia Municipal” del Libro I “De la Organización y de la Competencia” de la Parte Reglamentaria del Volumen II del Digesto Municipal.-
Montevideo, 6 de Noviembre de 2009.- |
VISTO: que la Asesoría Jurídica propone la actualización del articulado de los Títulos I “De la Estructura Orgánico Administrativa” y II “De la competencia de los órganos de la Intendencia Municipal” del Libro I de la Parte Reglamentaria del Volumen II del Digesto Municipal;;
RESULTANDO: 1o.) que se aprobó la Ley Nº 18.381 de “Acceso a la Información Pública”, que obliga a los organismos públicos a difundir su estructura orgánica y cometidos;
2o.) que en consecuencia corresponde actualizar los cometidos contenidos en la parte Reglamentaria del Volumen II del Digesto Municipal;
3o.) que en atención a lo expuesto la Asesoría Jurídica consultó a las dependencias municipales para que éstas establecieran, revieran y/o actualizaran sus cometidos contenidos en el Libro I de la Parte Reglamentaria del Volumen II del Digesto Municipal;
4o.) que dicha consulta fue efectuada a la Secretaría General, a la Contaduría General y a cada uno de los Departamentos, quienes luego de analizar su situación propusieron, en caso de existir, las modificaciones pertinentes prestando su conformidad;
5º) que se corrigieron errores de numeración constatados en el articulado;
6º) que corresponde recoger en el Digesto Municipal solamente las dependencias de actuación permanente;
7º) que asimismo se sistematizó y coordinó la información recabada a efectos de su incorporación en el articulado;
CONSIDERANDO: que la Asesoría Jurídica estima procedente el dictado de resolución en tal sentido;EL INTENDENTE MUNICIPAL DE MONTEVIDEO
RESUELVE: 1.- Dejar sin efectos los artículos R. 15 y R. 18 del Capítulo II “De los órganos asesores y de contralor” y Capítulo III “Del Órgano Delegado Honorario” del Título I “De la Estructura Orgánico Administrativa” del Libro I “De la Organización y la de la Competencia” Parte Reglamentaria del Volumen II del Digesto Municipal.-
2.- Dejar sin efecto los artículos R. 16 a R. 19.28 de los Capítulos I, II y III del Título II “De la competencia de los Órganos de la Intendencia Municipal” del Libro I “De la Organización y la de la Competencia” Parte Reglamentaria del Volumen II del Digesto Municipal.-
3.- Incorporar los artículos R. 19.30 al R. 19.62 al Título II “De la competencia de los órganos de la Intendencia Municipal” del Libro I “De la Organización y de la Competencia” de la Parte Reglamentaria del Volumen II del Digesto Municipal los que tendrán la siguiente redacción:TITULO II
DE LA COMPETENCIA DE LOS ÓRGANOS DE LA INTENDENCIA
MUNICIPAL
CAPÍTULO I
DE LOS COMETIDOS DE LOS ÓRGANOS EJECUTIVOS Y DE SUS DEPENDENCIAS Art. R.19.30.- A la Secretaría General compete:
1- Atender las relaciones de la Administración con la Junta Departamental, órganos del Estado e instituciones paraestatales, conforme a las directivas que establezca el Intendente Municipal.-
2- Tramitar los asuntos que se reciban de la Junta Departamental, órganos del Estado e instituciones paraestatales.-
3- Refrendar las resoluciones que adopte el Intendente y decretos que éste promulgue, así como cursar las comunicaciones que se emitan.-
4- Tramitar los pedidos de informes de los órganos jurisdiccionales y representaciones diplomáticas.-
5- Preparar las actas que se elevan a consideración del Intendente Municipal y verificar los sumarios de las mismas, informando periódicamente a los distintos Departamentos.-
6- Atender todo lo concerniente a los acuerdos del Intendente Municipal.-
7- Expedir los testimonios de las resoluciones adoptadas por el Intendente Municipal.-
8- Archivar las resoluciones del Intendente Municipal y los expedientes que se originen en la Secretaría General o en la Junta Departamental.-
9- Proyectar resoluciones y decretos seleccionando los de interés general para su posterior publicación.-
10- Atender el funcionamiento de las diferentes comisiones que se conforman para atender distintos temas de la actividad municipal, redactando las actas correspondientes.-
11- Efectuar el registro, clasificación y distribución de toda la documentación que se recepciona y envía por la Secretaría General.-
12- Gestionar el Servicio Central de Inspección General.-
13- A través del Gerente de Compras:
a) Evaluar en forma continua la gestión de compras de la I.M.M. proponiendo y participando en la definición de las políticas de Compras y Adquisiciones, en coordinación con los Directores involucrados en cada caso.
b) Coordinar con los responsables del Área Informática la implantación de nuevos procedimientos informáticos para el Sistema de Compras (S.I.A.B.).
c) Coordinar el relacionamiento con Organismos Públicos y Privados que regulen la actuación o inter-vengan en materia de compras, arrendamientos, importaciones y exportaciones.
d) Suscribir la documentación necesaria para tramitar las importaciones ante los distintos organismos públicos.
e) Elaborar con el Servicio de Compras el Plan de Compras de toda la I.M.M. y controlar la ejecución del mismo.
f) Autorizar la convocatoria a Licitaciones Públicas y Abreviadas y aprobar los correspondientes Pliegos Particulares en los casos que corresponda.
g) Adjudicar las compras directas tramitadas centralizadamente.
h) Adjudicar todas las Licitaciones Abreviadas.
i) Adjudicar las compras directas a A.N.C.A.P. cualquiera sea su monto.
j) Integrar la Comisión Supervisora de Contratación y entablar las negociaciones previstas por la Ley con proveedores por mejora de precios y condiciones.
k) Integrar directa o indirectamente la Comisión Asesora de Compras.
l) Supervisar el funcionamiento del Servicio de Compras, oficiando de vínculo entre éste y la Secretaría General.
Art. R.19.31.- A la División Comunicación compete:
1- Seleccionar, preparar y remitir a la prensa las informaciones más relevantes de la Administración Municipal.-
2- Seleccionar, preparar y remitir a los Directores Generales y de División, los artículos publicados en la prensa relacionados con su Servicio.-
3- Remitir a la prensa los avisos de las dependencias municipales y realizar la venta al público de las publicaciones de la Intendencia Municipal.-
4- Preparar las conferencias de prensa del Intendente Municipal.-
5- Organizar el armado, compaginado, edición y difusión de los documentos y publicaciones en general.-
6- Organizar y controlar los trabajos de video, relevamientos fotográficos, spots publicitarios, comunicados de prensa, avisos y todo mensaje a la opinión pública que difundan las actividades municipales. Gestionar el Centro Municipal de Fotografía.-
7- Organizar la recepción de las visitas al Intendente Municipal y preparar los protocolos de ceremonias, recepción y actos diversos.-
8- Atender a los visitantes acreditados ante la Intendencia Municipal así como a los órganos periodísticos.-
9- A través de la Comisión Administradora del Canal Municipal Nº 24 “Tevé Ciudad”, administrar todos los aspectos vinculados a este.-
Art. R.19.32.- Al Departamento de Descentralización compete:
1- Contribuir a profundizar el proceso de democratización de la vida social, política y económica de Montevideo, impulsando las transformaciones que amplían el campo de derechos y libertades de los ciudadanos y los procesos de inclusión social y el combate a la pobreza.-
2- Trabajar en coordinación permanente con el Departamento de Planificación para articular eficazmente las políticas de las áreas central y descentralizada, en función de una gestión municipal única y con fuerte sustento descentralizado - participativo.-
3- Dirigir y supervisar el proceso gradual de descentralización política y desconcentración de servicios a la comunidad así como de programas sociales, culturales y de promoción de la participación social en la gestión municipal.-
4-Fortalecer el Sistema Descentralizado–Participativo de Montevideo, con la gestión transparente y eficiente de las Regiones, Servicios y programas descentralizados.-
5- Asegurar la atención sensible a los requerimientos de la comunidad, la promoción de la participación social autónoma en el proceso de formulación y control de programas propios del sistema administrativo municipal, el apoyo a los diversos procesos sociales de creación de ciudadanías y la realización de acciones de comunicación orientadas a informar y sensibilizar a la población para la participación social en el ejercicio de derechos y deberes ciudadanos.-
6- Capacitar a los trabajadores municipales del Departamento de Descentralización, así como a los Concejales Vecinales y Ediles Locales en materia de Descentralización.-
7- Brindar apoyo a los Concejos Vecinales, en la mejora de las condiciones materiales para su funcionamiento, en los flujos de información y en la capacitación para el ejercicio de sus competencias.-
8- Apoyar a la sociedad civil en el desarrollo de capacidades para elaborar y generar políticas públicas vinculadas al territorio y a crear ámbitos específicos para su realización con los diversos actores del sector público.-
9- Promover iniciativas que permitan diversificar las oportunidades participativas de los montevideanos y su involucramiento creativo en los asuntos comunitarios.-
10- En el marco de la política de cooperación público-privada suscribir convenios con los vecinos de la ciudad, grupos vecinales organizados, organizaciones no gubernamentales y otras instituciones a fin de obtener mejoras que redunden en beneficio de las sociedades locales.-
11- Actuar en la mediación de los conflictos locales referidos a relaciones de competencia entre los órganos locales y entre ellos y el área central municipal.-
12- Contribuir a la construcción de espacios de coordinación y cooperación entre el gobierno de Montevideo, los gobiernos departamentales del país y el gobierno nacional.-
13- En coordinación con el Departamento de Planificación:
a) Generar mecanismos y procedimientos que permitan articular la gestión municipal entre las áreas central y la descentralizada – participativa, en el diseño y la ejecución de las diversas políticas municipales, asegurando que estas integren las iniciativas y requerimientos del Sistema Descentralizado Participativo y que su gestión en el territorio sea sinérgica con las estrategias de promoción de la participación social. Contribuir a desarrollar mecanismos de seguimiento.-
b) Control y evaluación de la ejecución en el territorio de las diversas políticas municipales.-
c) Promover la coordinación de los diversos ámbitos de participación y relacionamiento entre la IMM y los vecinos de Montevideo, que se generan desde la Institución, en el marco de los programas municipales y promover nuevas iniciativas convocantes de sectores sociales no interesados de participar hoy ni en los espacios ni en los contenidos definidos.-
d) Contribuir al desarrollo del Proceso de Definición de los Compromisos De Gestión (Presupuesto Participativo de Montevideo).-
e) Desde la conducción del proceso de la planificación estratégica zonal, (Plaedez), su articulación con los diversos niveles de planificación municipal.-
14- Organizar y gestionar con las Regiones el fondo de recursos para proyectos de interés local.-
15- Apoyar a las regiones, en lo referente al trabajo integrado entre sociedad civil, trabajadores municipales y órgano político zonal. Apoyar y asegurar el funcionamiento permanente de los EPZ (Equipo de Planificación Zonal).-
16- Coordinar con las Regiones, el apoyo a los Concejos Vecinales, en la mejora de las condiciones materiales para su funcionamiento, en los flujos de la información y en la capacitación para el ejercicio de sus competencias.-
17- Coordinar, en su momento, los programas institucionales de apoyo a las elecciones de Concejos Vecinales.-
18- Actuando con Prensa y Comunicación:
a) Coordinar la producción de información y de acciones de comunicación que se generan desde las áreas centrales con destino a las zonas y el uso de los medios y espacios de comunicación institucionales por parte de los actores zonales.-
b) Apoyar a los sistemas descentralizados para la realización de acciones de comunicación propias, y el desarrollo de los medios de comunicación barriales.-
19- Impulsar la capacitación, el acceso y manejo de las nuevas tecnologías de la información (NTIC) por parte de los actores zonales y su empleo al servicio de la inclusión social y el combate a la pobreza.-
20- Con el Instituto de Estudios Municipales:
a) Colaborar en el diseño de los programas de capacitación para la descentralización dirigidos a los gobernantes locales, sociedad civil, funcionarios municipales y gobierno municipal.-
b) Impulsar la creación de una “Comisión de Estudios de la Descentralización Participativa”, la que integrará.-
Art. R.19.33.- A la Divisiones Región Centro, Este y Oeste en el ámbito territorial de su jurisdicción, compete:
1- Coordinar los servicios descentralizados que se brindan a través de los Centros Comunales Zonales.-
2- Coordinar los recursos humanos y materiales para que los Centros Comunales Zonales puedan desarrollar su tarea y unificar los criterios de trabajo en las diferentes zonas.-
3- Brindar información al vecino.-
4- Realizar los trámites actualmente desconcentrados, recibiendo denuncias y facilitando el rápido diligenciamiento ante los servicios que correspondan.-
5- Fiscalizar, en general, el cumplimiento de las diferentes normas municipales, a efectos de dar una mejor calidad de vida y seguridad a los vecinos de Montevideo.-
6- Fortalecer la participación social y política de los montevideanos integrantes de Juntas Locales y Concejos Vecinales.-
7- Mantener el alumbrado público de las calles y demás espacios públicos ubicados dentro del territorio de los Centros Comunales de su jurisdicción.-
8- Mantener las áreas verdes ubicadas dentro del territorio de los Centros Comunales de su jurisdicción.-
9- Realizar el barrido manual de calles y espacios públicos dentro del territorio de los Centros Comunales Zonales de su jurisdicción.-
10- Brindar el servicio de expedición de testimonios de partidas del registro civil del departamento.-
11- Brindar el servicio de inspección en las áreas edilicia, comercial, industrial, higiénica, alimentaria, vial, etc.-
12- Proveer cuadrilla polifuncional con tareas diversas en espacios públicos, tránsito, saneamiento y acondicionamiento de locales municipales.-
13- Realizar las tareas de tratamiento del arbolado, el mantenimiento de la vialidad y el bacheo.-
14- Administrar los locales municipales y los derechos de uso sobre los puestos de los Mercados Municipales, explotados, ambos, con fines sociales.-
15- Brindar el servicio de barométrica en los Centros Comunales Zonales de la periferia de Montevideo.-
Art. R.19.34.- Al Departamento de Desarrollo Social compete:
1- Contribuir a consolidar la estructura democrática de la sociedad promoviendo valores de solidaridad y tolerancia, a través del fortalecimiento del proceso de constitución de ciudadanías y de participación, para mejorar la calidad de vida de la población, especialmente de aquellos sectores que se encuentran en situación de riesgo social.-
2- Desarrollar basado en una estrategia de Atención Primaria a la Salud, una red de primer nivel de atención en coordinación con el Poder Ejecutivo.-
3- Propender el control de la salubridad del ambiente, mediante la aplicación de políticas de prevención y control.-
4- Propender al desarrollo de acciones que favorezcan que los alimentos sean genuinos, aplicando la norma bromatológica. Dichas acciones se complementarán asimismo, con actividades de difusión e información sobre los derechos y deberes de la población del departamento.-
5- Coordinar a nivel nacional políticas sociales con el Poder Ejecutivo y con las restantes comunas a través del Congreso de Intendentes en base a programas con enfoque territorial y de participación ciudadana.-
6- En el marco de la política de cooperación público – privada, suscribir convenios con los vecinos de la ciudad, grupos vecinales organizados, organizaciones no gubernamentales y otras instituciones a fin de obtener mejoras que redunden en beneficio de las sociedades locales.-
7- Formular, supervisar y ejecutar las políticas del departamento atendiendo especialmente las destinadas a mujer, adulto mayor, juventud, infancia y discapacitados.-
8- Diseñar y ejecutar un conjunto de políticas sociales que poniendo énfasis en aquellos grupos sociales que viven situaciones de vulnerabilidad, desigualdad y exclusión fortalezcan el proceso de descentralización que se viene desarrollando.-
9- Coordinar con áreas centrales el plan de obras anuales.-
10- Promover y ejecutar políticas dirigidas a generar situaciones de igualdad para la colectividad afrouruguaya.-
11- Formular convenios fundamentalmente de índole educativo - laboral con Organizaciones No Gubernamentales que trabajen con jóvenes en situación de riesgo social, y con entidades cooperativas ampliando la población objetivo.-
Art. R.19.35.- A la División Salud compete:
1- Contribuir a elevar la calidad de vida de los montevideanos a través de acciones coordinadas de promoción, protección, recuperación y rehabilitación de la salud individual y colectiva:
a) Contribuir a la construcción de un Sistema de Atención en el Primer Nivel de Montevideo con desarrollo de una estrategia de APS, como elemento clave del Sistema Nacional Integrado de Salud.-
b) Definición de un abordaje territorial de la atención a la salud consolidando áreas de salud, zonas y regiones en Montevideo, en conjunto con la Red de Primer Nivel de ASSE, coordinando la labor de los efectores de salud en cada zona, participando en el establecimiento de los roles de cada uno.-
c) Realizar las alianzas estratégicas y coordinaciones necesarias tendientes a la atención integral a la salud de la población de Montevideo en el marco del Sistema Nacional Integrado de Salud.-
d) Desarrollar acciones de educación, promoción y prevención en las policlínicas municipales y en ámbitos comunitarios en coordinación con otras instituciones responsables de políticas sociales y organizaciones comunitarias.-
e) Desarrollar la atención a partir de programas de carácter nacional elaborados en forma participativa con los técnicos y trabajadores involucrados, con las organizaciones comunitarias, las instituciones educativas y los efectores de salud.-
f) Promover la participación comunitaria en salud procurando el empoderamiento de la comunidad organizada en relación con los temas de salud y los factores del entorno y hábitos determinantes de la salud, con un enfoque de derechos humanos, de equidad e inclusión social y de construcción ciudadana.-
g) Coordinar las políticas de salud con el conjunto de políticas vinculadas con la calidad de vida de los montevideanos apuntando a la integridad de las mismas, a la gestación de mecanismos permanentes de integración social, coherentes con principios de justicia social y democratización de la sociedad y el Estado.-
h) Coordinar en forma permanente con las instituciones involucradas en las políticas sociales para desarrollar acciones de carácter integral desde ámbitos intersectoriales sobre factores del entorno y hábitos que determinan problemas de salud.-
i) Desarrollar y coordinar formas de capacitación de agentes comunitarios para la detección de los problemas de salud de la población, la realización de actividades de educación, promoción y prevención en ámbitos comunitarios, la colaboración en la implementación de los programas prioritarios.-
2- Desarrollar el control sobre las condiciones medioambientales de la vivienda y los locales de producción y de servicio, así como el control de vectores (insectos y roedores) a través de la aplicación de normas de inspección sistemática y acciones de protección de riesgos como ser:
a) Realizar, cuando corresponda, desinfección del suelo, el aire, de las aguas y de las ropas de uso, así como de los establecimientos y lugares cuyo estado pueda representar un peligro para la salud de la población y de quienes la ocupan.-
b) Intervenir en la calificación de insalubridad de los establecimientos de uso público y de fincas, aún cuando pertenezcan a particulares.-
c) Llevar el registro de empresas de limpieza, desinfección, sellado de tanques de agua y de productos rodenticidas e insecticidas.-
3- Controlar el expendio de alimentos genuinos y de calidad, implementando un sistema de fiscalización de la aplicación de las normas vigentes y otro de información y capacitación dirigido a productores, industriales, comerciantes y población consumidora consistentes en:
a) Promover en forma permanente y sistemática los ajustes necesarios a la normativa bromatológica para que den cuenta de los avances científicos y su aplicación en el control de riesgos para la salud.
b) Asegurar el registro y habilitación de los locales industriales, comerciales y de depósito, medios de transporte y productos (tanto nacionales como importados) en estricta correspondencia con la normativa bromatológica vigente.
c) Implementar un sistema de vigilancia y control en los puntos críticos de la cadena alimentaria orientado según riesgos, volúmenes de comercialización y programas puntuales.-
d) Fomentar la participación activa de las agremiaciones de productores comerciales y trabajadores en el control de calidad de procesos y productos.-
e) Fortalecer el papel de los consumidores a partir del Centro de Información al Consumidor en sus funciones de recepción de inquietudes y denuncias, difundir la normativa bromatológica y los principios de seguridad alimentaria, y estimular la organización de la sociedad civil en defensa de sus derechos.-
f) Otorgar las habilitaciones bromatológicas bajo normas y procedimientos de control rigurosos para el expendio de alimentos en la vía pública, cuando existiere una habilitación especial para tal expendio.-
g) Inspección de comestibles y bebidas en general.-
h) Intervenir en toda clase de productos, bebidas, materias primas y envases que estén en infracción a las disposiciones bromatológicas vigentes.-
i) Mantener un registro de productores, importadores, repartidores y comerciantes de alimentos y bebidas.-
j) Mantener un registro de productos y bebidas nacionales y extranjeras que se expendan y consuman en la jurisdicción departamental.-
k) Realizar análisis químicos y microbiológicos de alimentos y bebidas así como realizar exámenes clínicos, médicos y odontológicos para otorgar carné de salud a manipuladores de alimentos.-
l) Promover la Red Intermunicipal de laboratorios de bromatología para participar y coordinar mecanismos a nivel nacional y sistematizar los aspectos de registro, inspectivos y de capacitación.-
m) Continuar con el desarrollo de los cursos de capacitación para manipuladores de alimentos para el logro de prácticas adecuadas de seguridad e higiene, que aseguren la inocuidad de los alimentos.-
Art. R.19.36.- A la División Políticas Sociales compete:
1- Diseñar Políticas y Programas, tomando en cuenta las características propias de cada realidad regional y local, poniendo énfasis en aquellas situaciones sociales de vulnerabilidad, desigualdad y exclusión.-
2- Promover los derechos ciudadanos, el desarrollo del protagonismo de la gente y la búsqueda de equidad y justicia social.-
3- Diseñar e implementar un esquema de políticas y programas sociales específicos, centrados en la creación de condiciones para el ejercicio de derechos de diferentes sectores de la sociedad (jóvenes, mujeres, infancia, adultos mayores, personas con discapacidad.-) Dichos programas y acciones se implementan de manera descentralizada a partir de dos componentes institucionales: los Equipos Sociales de los CCZ y las Secretarías.-
4- Desarrollar políticas tales como las de salud, medio ambiente, tierras y viviendas, deportes y las políticas culturales, que combinan impactos universales con impactos sobre sectores específicos de la población.-
5- Fomentar la generación de subsidios, de modo de obtener condiciones de accesibilidad a determinados servicios a sectores de la población que tienen dificultades de acceso.
Art. R.19.37.- Al Departamento de Cultura compete:
1- Promover, desarrollar y coordinar las actividades culturales relacionadas con el teatro, las artes plásticas y visuales, la literatura, la música, el deporte, la ciencia, etcétera, así como también la apertura de espacios de intercambio de ideas, de reflexión y análisis en cada uno de esos ámbitos.-
2- Propender a establecer programas de formación, difusión y comunicación de las distintas ramas del arte en todos los niveles de la organización social.
3- Jerarquizar y estimular el desarrollo de los distintos patrimonios culturales de sectores sociales que contribuyan a la identidad de la comunidad.-
4- Estimular y desarrollar el intercambio artístico y cultural con el interior del país y los países del continente, contribuyendo a la fluidez de la comunicación y a la integración regional.-
5- Promover el desarrollo cultural de la población del Departamento a partir de la divulgación de las obras literarias y manifestaciones artísticas y plásticas.-
Art. R.19.38.- A la División Promoción Cultural compete:
1- Organizar las actividades artísticas que por su nivel de exigencia, continuidad y creciente prestigio contribuyen a dinamizar el panorama artístico-cultural de la comunidad.-
2- Fomentar el desarrollo de las Instituciones Públicas y Privadas de índole artístico-cultural y de reconocida trayectoria.-
3- Promover convenios con los gremios y asociaciones artísticas con el objeto de implementar programas de formación y difusión de las distintas expresiones artísticas a nivel de los barrios montevideanos.-
4- Administrar y mantener la infraestructura teatral municipal.-
5- Implementar un programa anual de obras teatrales que tienda a poner en escena las obras más representativas del teatro universal, el teatro contemporáneo y el teatro nacional, ofreciendo al público un panorama orgánico y equilibrado del género.-
6- Desarrollar un programa de prestación y arrendamiento de salas, asegurando un nivel adecuado de calidad artística en todos los espectáculos.-
7- Llevar a cabo los programas de enseñanza formal de las artes teatrales y disciplinas adjuntas.-
8- Instrumentar programas de extensión teatral a nivel barrial.-
9- Desarrollar los programas formales de enseñanza musical.-
10- Coordinar los ciclos de conciertos y programas didácticos de extensión de la orquesta Filarmónica de Montevideo. (conciertos didácticos, programa “Bibliomúsica”).-
11- Realizar los programas de conciertos en los barrios montevideanos de la Banda Sinfónica Municipal.-
12- Apoyar y promover los festivales de cine y video nacional.-
13- Desarrollar, modernizar y divulgar el acervo bibliográfico de las bibliotecas municipales.-
Art. R.19.39.- A la División Artes y Ciencias compete:
1- Promover, desarrollar y coordinar las actividades culturales relacionadas con las artes plásticas y visuales, la literatura, el deporte y recreación y la ciencia, así como también la apertura de espacios de intercambio de ideas, de reflexión y análisis en cada uno de esos ámbitos.-
2- Implementar programas de formación, difusión y comunicación de las distintas ramas del arte en todos los niveles de la organización social, particularmente en los sectores más carenciados de la población.-
3- Jerarquizar y estimular a través de la red de Museos y Casas de Cultura el desarrollo de los distintos patrimonios culturales y artísticos.-
4- Preservar, acrecentar y difundir el acervo histórico y artístico de los museos municipales.-
5- Incentivar el desarrollo de la promoción de la lectura de los autores nacionales y universales, así como también de las más diversas expresiones artísticas.-
6- Promover la educación para el deporte con especial énfasis en los sectores infantiles y juveniles más carenciados de la comunidad, así como también aquellos sectores con capacidades diferentes y de la tercera edad.-
7- Preservar y mantener las infraestructuras deportivas municipales.-
8- Realizar concursos literarios municipales y estimular la edición de los trabajos premiados.-
9- Organizar la prevención, rescate y salvamento de los usuarios de las zonas balnearias de Montevideo y los operativos de seguridad en las mismas.-
10- Promover la divulgación científica, la educación para la preservación medioambiental, así como también la flora, la fauna autóctona y las denominadas áreas protegidas de la región.
11- Desarrollar y enriquecer las Bibliotecas Científicas (Museo de Historia Natural, Jardín Botánico), así como también las publicaciones destinadas a la divulgación de las investigaciones realizadas.-
12- Desarrollar programas e infraestructuras adecuadas para la preservación de las especies alojadas en el jardín Zoológico “Villa Dolores” y en la Unidad Parques Municipales Protegidos y establecer contactos con otros zoológicos y organizaciones nacionales e internacionales a los efectos de intercambiar conocimiento y animales.-
Art. R.19.40.- Al Departamento de Acondicionamiento Urbano compete:
1- Administrar el uso y goce de los espacios públicos; incluída la faja costera y las vías de tránsito del departamento.-
2- Planificar, organizar; ejecutar y mantener las obras y servicios públicos en el espacio público y las vías de tránsito.-
3- Ejercer el contralor de los vehículos y medios de transporte que se desplazan en las vías públicas.-
4- Regular el desempeño de los servicios de transporte público.-
5- Ejercer el contralor de las obras y servicios que utilizan el espacio público.-
6- Ejercer el contralor de la edificación en el departamento en acuerdo con las normas vigentes.-
7- Ejercer el contralor del uso del suelo en concordancia con las normas y políticas vigentes.-
8- Administrar la política municipal en materia de tierras y viviendas.-
9- A través del Servicio Fúnebre y de Necrópolis:
a) Suministrar gratuitamente cuando las condiciones así lo ameriten, un ataúd, elementos de la sala mortuoria, carroza fúnebre y coches de acompañamiento.
b) Disponer de locales funerarios destinados a velatorios, cuando así se solicite.
c) Arrendar el derecho de uso y goce del espacio para un ataúd en los locales funerarios que integran el patrimonio municipal en las diferentes necrópolis de la ciudad, según disponibilidad de espacio.
d) Permitir inhumaciones en sepulcros y nichos particulares previo control de la correspondiente documentación.
e) Reducir y trasladar un cuerpo a pedido de la parte interesada.
f) Autorizar la cremación de cadáveres y restos humanos cuando así se solicita.
g) Mantener las distintas necrópolis en colaboración con otros servicios en lo que refiere a arbolado, caminería, alumbrado, etc.
10- A través de la Comisión Especial Ejecutora de Atención al Programa de Integración de Asentamientos Irregulares:
a) Coordinar y actuar en programas y acciones que propendan a solucionar la problemática que se genera a partir del mencionado programa.
b) Resolver estudios, proyectos y documentación, como el seguimiento ejecutivo de los barrios definidos para presentar al PIAI cuando sean presentados por la IMM o a efectos de coordinar la aprobación de cartas consultas y proyectos presentados por otros coejecutores en el marco del mismo programa.-
Art. R.19.41.- A la División Vialidad compete:
1- Planificar, proyectar y realizar la construcción de obras viales y proceder a su mantenimiento y conservación.-
2- Estudiar los proyectos de pavimentación de vías de tránsito y puentes.-
3- Elaborar los pliegos de condiciones técnicas para efectuar las licitaciones para la construcción y la reparación de obras viales.-
4- Mantener y conservar la red vial, a través de la dirección de obras por contrato o realización de trabajos directamente por administración.-
5- Recibir y autorizar permisos de construcción de nuevas veredas.-
6- Proyectar, ejecutar y supervisar contratos celebrados entre la IMM y empresas privadas, en materia vial.-
7- Autorizar y ejecutar rebajes de cordón.-
8- Realizar, ejecutar y mantener el sistema de alumbrado público del Departamento de Montevideo.-
9-Programar y realizar proyectos lumínicos y eléctricos.-
Art. R.19.42.- A la División Tránsito y Transporte compete:
1- Regular y controlar el tránsito del Departamento de Montevideo.-
2- Organizar y regular la circulación de personas y vehículos en las vías públicas del Departamento.-
3- Organizar y regular el estacionamiento de los vehículos en la vía pública.-
4- Proceder a la señalización del tránsito y determinar en materia de reservas de espacio y de estacionamiento; así como otorgar permisos de entarimado en la vía pública.
5- Organizar y llevar a cabo la vigilancia del tránsito.-
6- Organizar y llevar a cabo la vigilancia del estacionamiento de vehículos en la vía pública.-
7- Realizar campañas de educación de la población en relación con la observancia de las reglas de tránsito.-
8- Organizar y mantener un registro de accidentes de tránsito a nivel Departamental.-
9- Planificar el ordenamiento del tránsito vehicular en transportes individuales, colectivos o de carga.-
10- Regular los servicios de transporte colectivo de pasajeros o de carga, la modificación de sus recorridos, el establecimiento de paradas de ascenso y descenso de pasajeros, cumplimiento de horarios y frecuencias, precio de los servicios.-
11- Vigilar el cumplimiento de los recorridos, horarios y frecuencias de las líneas de transporte colectivo de pasajeros.-
12- Regular el transporte individual de pasajeros por vehículos con taxímetros, remises u otros de similar naturaleza.-
13- Controlar los servicios interdepartamentales de transporte de corta y larga distancia en coordinación con los organismos nacionales competentes.-
14- Regular el transporte colectivo de pasajeros en el caso de escolares o turismo departamental.-
15- Realizar el control documentado, autorización de sustituciones y transferencias de permisos de vehículos afectados al transporte colectivo urbano de pasajeros.-
16- Informar sobre la instalación de locales industriales y comerciales desde el punto de vista de su afectación al tránsito.-
17- Otorgar licencia para conducir a quienes reúnan los requisitos exigidos por la normativa municipal vigente.-
18- Regular la enseñanza de conducir.-
19- Organizar y mantener el Registro de Conductores de vehículos.-
20- Efectuar el empadronamiento o reempadronamiento de vehículos y registrar sus modificaciones.-
21- Autorizar el cambio de titularidad fiscal de los vehículos.-
22- Organizar y mantener el Registro de Vehículos.-
23- Verificar el estado de los vehículos que circulen en el Departamento controlando sus condiciones de funcionamiento.-
24- Otorgar permisos a cuidadores de vehículos.-
25- Realizar los exámenes médicos y sicológicos para conductores profesionales y para conductores amateurs mayores de 65 años y para todo conductor de riesgo que así lo determine la División Tránsito y Transporte.-
26- Realizar la certificación médica correspondiente a discapacitados (trámite para coches adaptados y pase libre tránsito).-
27- Desarrollar exámenes específicos de aptitud psicofísica para diferentes tipos de conductores, adecuándolos a las necesidades que surgen de la siniestralidad en el tránsito.-
28- Aplicar sanciones por infracción a la normativa municipal de tránsito.-
29- Difundir la normativa de tránsito relacionada con la seguridad vial y la reducción de la siniestralidad, a los diferentes actores en la vía pública.-
30- A través del Gerente de Tránsito:
a- Supervisar el funcionamiento del Tránsito Público dentro del Departamento de Montevideo.-
b- Monitorear el contralor de los vehículos y personas que se desplazan en las vías públicas.-
c- Asesorar sobre las distintas acciones tendientes a mejorar la seguridad en el Tránsito, propiciando las medidas tendientes a la reducción de la siniestralidad.-
d- Oficiar de vínculo respecto de las competencias propias en materia de tránsito entre la División Tránsito y Transporte y sus Servicios y Unidades con competencias en la materia.-
Art. R.19.43.- A la División Espacios Públicos, Hábitat y Edificaciones compete:
1- Instrumentar el desarrollo urbano y en el ámbito departamental de acuerdo con los planes vigentes, realizando y/o gestionando la ejecución de los proyectos y obras de carácter urbanístico, arquitectónico y paisajístico e intervenir en todo aquello que incida en el desarrollo físico de la ciudad (tanto de sus áreas urbanas como rurales).-
2- Planificar y definir los lineamientos generales de actuación en los espacios públicos y caracterización de los distintos parques públicos.-
3- Diseñar nuevos parques y espacios públicos y sus equipamientos, así como modificar o remodelar los existentes.-
4- Realizar la revisión y proyecto de ordenanzas sobre espacios verdes y el arbolado del ornato público y privado, en coordinación con las Unidades Normativas existentes.-
5- Definir normas de manejo y conservación para la gestión del arbolado urbano, así como la elaboración de los respectivos proyectos.-
6- Efectuar el contralor y cumplimiento de las disposiciones vigentes relacionadas con las áreas verdes y el arbolado del ornato público.-
7- Controlar, en coordinación con los Servicios Centros Comunales Zonales y autoridades locales cuando corresponda, las cesiones de uso de áreas de espacios públicos en general, y en particular en parques y faja costera.-
8- Supervisar la conformación y el mantenimiento de la información sobre los espacios públicos en lo relacionado con edificaciones y equipamiento existente, el relevamiento de especies vegetales y el deslinde de áreas otorgadas en concesión.-
9- Atender la patología vegetal y el tratamiento fitosanitario de área verde y árboles del ornato público.-
10- Asesorar, proyectar, licitar, dirigir y realizar obras nuevas, ampliaciones, reformas y trabajos de conservación y mantenimiento de espacios públicos, edificios municipales y conjuntos habitacionales, en coordinación con las restantes dependencias municipales competentes.-
11- Conservar, acondicionar y crear espacios exteriores de uso público.-
12- Efectuar el mantenimiento de elementos de equipamiento urbano: juegos de niños, bancos, casillas de playa y vigilancia, fuentes, monumentos y similares.-
13- Informar solicitudes de afectaciones urbanísticas vigentes para cada predio.-
14- Aprobar solicitudes de permisos de construcción, regularizaciones o reformas de construcciones existentes y obras nuevas.-
15- Verificar el estado de las fincas, informar si son ruinosas, verificar que se dé cumplimiento a los informes técnicos sobre consolidación, guardia permanente de Arquitectos vinculados al Cuerpo Nacional de Bomberos para apoyo técnico de las fincas con siniestro.-
16- Evacuar consultas sobre la viabilidad de proyectos o tolerancia a construcciones existentes o proyectadas.-
17- Expedir copias de actuaciones correspondientes a permisos de construcción autorizados, de obras sanitarias y de usos del suelo y habilitaciones, si correspondiere.-
18- Resolver paralizaciones de obras y gestionar inicios anticipados.-
19- Realizar inspecciones de obras sin permiso, finales de obras culminadas de locales industriales y comerciales y de denuncias de humedades, así como también inspecciones de sanitarias internas.-
20- Autorizar el funcionamiento de establecimientos industriales, mayores de 100 m2 y de locales comerciales mayores de 200 m2 o aquellos de menor superficie que requieran autorización expresa.-
21- Informar y autorizar viabilidades de uso para implantación de establecimientos industriales y comerciales y otros usos no residenciales según lo establecido en la normativa correspondiente.-
22- Realizar cotejos de planos en propiedad horizontal.-
23- Proyectar y ejecutar la política municipal en materia de tierras y viviendas.-
24- Realizar operaciones de rehabilitación urbana y reciclaje de fincas municipales destinadas a viviendas, cuando corresponda.-
25- Efectuar la inscripción, selección, adjudicación y seguimiento de las viviendas evolutivas.-
26- Preservar los cursos de agua, la red de alcantarillado y pavimentos públicos de desagües nocivos o inadecuados provenientes de predios privados.-
27- Realizar el contralor de las instalaciones de abastecimiento de agua potable y de desagües pluviales, domiciliarios e industriales a construirse o existentes en predios privados de todo el Departamento.-
28- Entender en los trámites de obras sanitarias construidas o a construirse y otorgar permiso sanitario.-
29- Plantar, mantener y podar el arbolado del ornato público y de áreas verdes de espacios públicos.-
Art. R.19.44.- Al Departamento de Desarrollo Ambiental compete:
1- Formular, proyectar, ejecutar y evaluar los planes departamentales para la gestión y protección del ambiente, promoviendo una gestión integral para la mejora continua de la calidad ambiental, en el marco de un desarrollo sostenible.-
2- Realizar la gestión ambientalmente adecuada de los residuos sólidos y del sistema de saneamiento.-
3- Promover la educación ambiental y la participación ciudadana. Realizar y fomentar la difusión de las campañas ambientales.-
4- Elaborar informes técnicos sobre el estado de la calidad del ambiente en todos sus aspectos y las acciones realizadas para prevenir la degradación ambiental, la mitigación de los impactos ambientales y la protección de la diversidad biológica.-
5- Controlar que la actividad industrial se desarrolle en armonía con el ambiente. Regular la actividad de las instalaciones mecánicas y la gestión de los productos combustibles líquidos y gaseosos, para que ellas se efectúen en forma segura y ambientalmente apropiada.-
6- Relacionarse con organismos nacionales e internacionales vinculados con la temática ambiental, para la coordinación de acciones, el intercambio de experiencias, desarrollos científicos y tecnológicos e información sobre la disponibilidad de fuentes de financiamiento. Ejecutar los programas que surjan de estas vinculaciones.-
Art. R.19.45.-A la División Limpieza compete:
1- Planificar, diseñar y realizar la gestión integral de los residuos sólidos urbanos del Departamento de Montevideo en forma ambientalmente adecuada.-
2- Realizar la recolección domiciliaria y el barrido y limpieza de calles, espacios públicos y basurales, transportando los residuos a la disposición final. Realizar la limpieza y acondicionamiento de playas y el servicio de necropsias.-
3- Realizar una apropiada disposición final de los residuos urbanos y los asimilables a ellos.-
4- Planificar y ejecutar planes de clasificación en origen, valorización, reciclaje y reducción de la generación de residuos, actuando en forma coordinada con los otros actores del área.-
5- Realizar tareas de vigilancia e inspección de las actividades formales e informales que se realizan en las distintas etapas del circuito de los residuos.-
6- Planificar y ejecutar programas que propendan a disminuir las actividades informales.-
Art. R.19.46.- A la División Saneamiento compete:
1- Realizar la gestión de los servicios de alcantarillado sanitario y pluvial del Departamento de Montevideo, atendiendo su correcta prestación en calidad, tiempo y cantidad, de acuerdo con las necesidades de la comunidad y la preservación del medio ambiente.-
2- Estudiar el sistema de saneamiento y drenaje pluvial de Montevideo y proyectar su desarrollo de manera técnica y económicamente adecuada para satisfacer las necesidades de la comunidad y preservar el medio ambiente.-
3- Mantener y desarrollar un catastro técnico del sistema.-
4- Controlar las obras de saneamiento que se realizan, sin perjuicio de la competencia de otras dependencias municipales y nacionales.-
5- Mantener y operar el sistema de saneamiento en Montevideo.-
6- Promover las conexiones a la red de saneamiento del Departamento.-
7- Mantener los cursos de agua del Departamento.-
8- Monitorear y ejercer la policía del vertimiento de efluentes industriales, coordinando criterios con los organismos nacionales.-
9- Administrar el sistema de saneamiento y drenaje pluvial, realizando los procesos de contabilidad, finanzas, comerciales y de atención al público, sin perjuicio de la competencia de otros servicios municipales en la materia.-
Art. R.19.47.- Al Departamento de Recursos Humanos y Materiales compete:
1- Planificar y administrar los recursos humanos y materiales de la Intendencia Municipal de acuerdo a las políticas generales de la Administración.
2- Administrar los servicios de apoyo a la gestión de las distintas unidades de la Intendencia en forma eficiente.
3- Realizar trabajos de mantenimiento, mejora, reformas y reparaciones en las instalaciones del Palacio Municipal.-
4- Atender la seguridad del Palacio Municipal y controlar el ingreso y egreso de funcionarios, público en general, muebles, equipos, etc.
5- Administrar el sistema de información, atención y orientación al público.-
6- Realizar, controlar y coordinar los procesos de impresión que maneja la Intendencia.
7- Impulsar políticas preventivas tendientes a conseguir el mayor equilibrio entre Salud y Trabajo, que potencie el desarrollo profesional y social del trabajador, lo cual redundará en mayor eficacia en la producción y servicios, como así también el mejoramiento de las condiciones y medio ambiente de trabajo en el ámbito de la IMM.
8- Centralizar la información, redactar los convenios particulares de pasantías de acuerdo a los lineamientos esbozados en los correspondientes Convenios Marco con las instituciones educativas públicas y privadas, y hacer el control, supervisión y seguimiento del proceso de permanencia de los pasantes en la IMM.
9- A través de la Gerencia de Gestión del Mantenimiento de la Flota Municipal, gestionar la flota de camiones y camionetas, maquinaria vial y de limpieza y vehículos livianos.
Art. R.19.48.-A la División Administración de Personal compete:
1- Originar, desarrollar, proponer y participar en la definición de las políticas, estrategias y planes fundamentales de Recursos Humanos con el objetivo de crear, mantener y mejorar las condiciones necesarias para la obtención, retención y desarrollo del personal municipal.
2- Analizar en conjunto y asistir a los Directores de Departamento y División en todo lo relativo a la administración de los recursos humanos.
3- Proponer modificaciones a las normas relativas a los funcionarios.
4- Promover el estudio, investigación, análisis, evaluación y difusión interna de los temas, metodologías y técnicas relacionadas a recursos humanos.
5- Administrar los recursos humanos de la I.M.M promoviendo la ubicación del personal en aquellas plazas o puestos de trabajo que resulte necesaria.
6- Supervisar la utilización de los recursos humanos de acuerdo a la normativa vigente y a las políticas generales en materia de personal.
7- Seleccionar a las personas más idóneas interna y externamente para cubrir las vacantes participando en la totalidad del proceso.
8- Liquidar los haberes, beneficios sociales y retenciones al personal y realizar gestiones ante el B.P.S. de los expedientes de jubilación.
9- Proyectar la formación de los recursos humanos en el marco de un Plan General de Formación.
10- Estipular el cronograma del proceso de calificaciones de los funcionarios evaluándose el desempeño de acuerdo al Reglamento de Calificaciones y Ascensos.
11- Supervisar y controlar el desarrollo del mismo, el cual culmina en la promoción de los funcionarios.
12 -Establecer y mantener relaciones per-manen-tes con los representantes gremiales, con el fin de atender y proponer soluciones a los asuntos laborales y programas sociales planteados en forma individual o colectiva.
13- Establecer y velar por el cumplimiento de las normas de Seguridad, Higiene y Medicina en el trabajo.
14- Determinar y propulsar los planes de Medicina Preventiva, Seguridad Laboral y Certificaciones Médicas.
15-Realizar las certificaciones médicas de aquellos funcionarios que soliciten licencia por motivo de salud.
16- Elaborar planes y programas de medicina preventiva para los funcionarios.
Art. R.19.49.- Al Departamento de Recursos Financieros compete:
1- Planificar las necesidades de recursos económicos financieros de la IMM, de acuerdo a los objetivos y políticas generales de la Administración.-
2- Gestionar la obtención y utilización eficiente de los recursos financieros de la I.M.M.-
3- Analizar el comportamiento de las principales variables económico - financieras.-
4- Informar a la Junta Departamental de la Rendición de Cuentas y gestiones financieras de la I.M.M, elaborando la Memoria Anual correspondiente.-
Art. R.19.50.- A la División Ejecución Presupuestal compete:
1- Informar al Intendente y a la Junta Departamental en materia de presupuesto en sus etapas de elaboración, ejecución, control y evaluación.-
2- Elaborar los presupuestos de gastos ,sueldos e inversiones de la Intendencia Municipal de Montevideo.-
3- Asesorar a las distintas unidades de la Administración en materia de programación, formulación, ejecución y control presupuestario.-
4- Realizar informes de la ejecución presupuestal de cada Sector, destacando los avances y los importes pendientes de ejecución, remitiéndolos a la Dirección correspondiente.-
5- Informar sobre las trasposiciones de rubros.-
6- Realizar el pago a terceros por retenciones judiciales.-
7- Realizar las retenciones y pago a Organismos Públicos y organizaciones no estatales.-
8- Realizar los pagos por servicios personales y no personales y por la ejecución de las inversiones programadas.-
9- Realizar la custodia, registro y control de los valores monetarios manejados en la Tesorería.-
10- Organizar las tareas de recaudación de los cajeros, y la distribución de remesas en efectivo para cambio a través de los cajeros centrales.-
11- Realizar la cobranza y pago en cajas y controlar las remesas de efectivo, cheques y valores.-
Art. R.19.51.-A la División Administración de Ingresos Municipales compete:
1- Supervisar la aplicación de la legislación fiscal y tributaria, asesorando a la Dirección del Departamento.
2- Tramitar las solicitudes de exoneración tributaria conforme a las normas constitucionales y legales vigentes.
3- Entender en lo relativo a los adeudos tributarios.
4- Presupuestar los ingresos de la I.M.M, resultante de la aplicación de la normativa fiscal y tributaria.
5- Expedir certificados de pago y autorizar exoneración de patentes a solicitud de instituciones y particulares.
6- Intervenir en la formulación de los aforos de vehículos y determinar los montos impositivos en base a los parámetros prefijados y a la normativa vigente en materia de patente de rodados.
7- Administrar y gestionar los tributos de Patente de Rodados, Contribución Inmobiliaria y Tributos Domiciliarios.
8- Autorizar: a) permisos de instalación de mesas y bancos frente a comercios, bares y afines; b) propaganda en la vía pública; c) la realización de rifas y sorteos.
9- Recibir pagos tendientes a la cancelación del precio de adquisición de viviendas municipales, así como la recepción de solicitudes de compra de las mismas.
10- Troquelar entradas de espectáculos públicos.
11.- Llevar el registro de los contribuyentes comerciantes.
12- Realizar la atención al contribuyente, personal o telefónicamente, en todo lo referente a la materia tributaria.
13- Expedir certificados de gravámenes y autorizar solicitudes de confirmación de deuda.
14- Recibir el pago de la tasa bromatológica.
15- Informar de la morosidad en el pago de los tributos municipales.
16- Gestionar el cobro de los adeudos tributarios, iniciando las acciones contenciosas correspondientes.
17- Efectuar la recaudación y control de los tributos municipales.
18- Distribuir los documentos a pagar relativos a los tributos municipales y la distribución y cobranza de los tributos domiciliarios.
19- Sugerir procedimientos para racionalizar el sistema de imposición y gestión así como también de efectivizar el cobro de las sanciones pecuniarias.
Art. R.19.52.- Al Departamento de Desarrollo Económico e Integración Regional compete:
1- Administrar en forma directa o por concesión los locales municipales y percibir los derechos por el uso de espacios públicos, en la forma y condiciones establecidas en las normas que le atribuyeron tales cometidos.-
2- Formular planes de desarrollo económico local en los cuales se contemplen las características propias de cada una de las zonas, tales como sociales, organizativas, culturales y económicas.-
3- A partir de lo anterior elaborar propuestas flexibles y abiertas en las que se encuentren respuesta a los variados problemas que plantea la articulación de una política de fomento de las actividades económicas de la ciudad y su entorno.-
4- Incentivar la participación del sector privado en aquellas actividades económicas de modo de garantizar la optimización de las posibilidades de desarrollo.-
5- Coordinar la acción de los diferentes actores sociales relacionados a las actividades económicas de modo de incentivar la colaboración entre sí y con el gobierno departamental.-
6- Crear un marco de referencia que desencadene y oriente las actuaciones e intervenciones del sector público y sector privado, encaminadas a dar solución a las demandas sociales básicas que se presenten a los gobiernos locales como son: vivienda, transporte, cultura, sanidad, medio ambiente y trabajo.-
7- Preparar un banco de proyectos de acuerdo a las prioridades determinadas por el programa de gobierno municipal y a las exigencias de los organismos de cooperación.-
8- A través de la Comisión Administradora del Mercado Modelo, administrar el funcionamiento del Mercado Modelo, ofreciendo al productor servicios de asesoramiento en todas las materias relativas a la comercialización de productos hortofrutícolas.
9- A través de la Comisión Administradora del Parque Industrial y Tecnológico administrar el funcionamiento del Parque Industrial y Tecnológico del Cerro.
Art. R.19.53.- A la División Relaciones Internacionales y Cooperación compete:
1- Promover la captación de recursos internacionales de cooperación (financieros y técnicos) para el cumplimiento de las prioridades de desarrollo municipal.-
2-Realizar la interlocución ante los organismos y agencias internacionales de desarrollo, con ciudades y países amigos y las distintas organizaciones o redes de ciudades.-
3- Gestionar la Secretaría Técnica Permanente de Mercociudades aportando recursos humanos y financieros a los efectos de realizar el seguimiento técnico, económico y de comunicación de la Red, promoviendo propuestas que impulsen su desarrollo.
4- Propiciar acuerdos de cooperación y amistad a nivel internacional con organismos y agencias internacionales de desarrollo, con ciudades y países amigos y las distintas organizaciones o redes de ciudades.-
5- Representar a la Intendencia en las negociaciones con organismos de cooperación internacional.-
6- Colaborar y promover la presentación de propuestas municipales para obtener apoyo técnico y/o financiero desde el exterior.-
7- Gestionar, por sí misma o en coordinación con otras Divisiones de la Intendencia, la ejecución de los proyectos de cooperación internacional.-
8- Realizar el seguimiento de los proyectos municipales con cooperación internacional.-
9- Coordinar, en lo referente a la cooperación internacional, con todos los demás organismos y entidades del Estado que refieran a esta temática.
10- Coordinar con el Ministerio de Relaciones Exteriores y con el cuerpo y misiones diplomáticas acreditadas en el país sobre los temas de competencias del Departamento.-
11- Asesorar a las autoridades municipales sobre la temática internacional y regional y sobre el accionar del municipio en las diferentes redes y organismos.-
Art. R.19.54.- A la División Promoción Económica compete:
1- Administrar bienes y espacios del dominio municipal ocupados, concedidos, arrendados, o cuyo uso haya sido autorizado, a personas físicas o jurídicas, públicas o privadas.-
2- Controlar el cumplimiento de las concesiones, permisos o arrendamientos otorgados y percibir los derechos o precios que los mismos generen.-
3- Ejercer otras actividades de carácter comercial que se le cometan expresamente.-
4- Realizar las tareas administrativas relacionadas con la venta en espacios públicos, en sus modalidades: Venta Callejera, Ferias Alimentarias, Especiales y Periódicas, Quioscos Rodantes de venta de alimentos, Puestos Callejeros de Frutas y Verduras u otros similares.-
5- Promover el desarrollo de las Pequeñas y Medianas Empresas.
6- Promover planes productivos y de fomento para el área rural.
Art. R.19.55.- A la División Turismo compete:
1- Fomentar y colaborar con la creación, mejora, conservación, desarrollo y explotación de los elementos de atracción turística del Departamento de Montevideo.-
2-Colaborar en la divulgación, promoción y conocimiento de dichos elementos, en el Interior de la República y fuera de las fronteras nacionales.-
3-Estudiar y proyectar la coordinación de los diferentes servicios municipales de interés turístico, fundamentalmente en lo que tiene que ver con la elaboración de programaciones permanentes con participación de los mismos durante la temporada de verano.-
4-Promover acuerdos con personas físicas o jurídicas, privadas, estatales o paraestatales fuera y dentro del territorio de la República relativos a la promoción turística del Departamento.-
5- Programar y controlar la utilización y mantenimiento de las salas de convenciones, atrio y explanada municipal a través de la Comisión Administradora del Centro de Conferencias y del Atrio Municipal.
Art. R.19.56.- Al Departamento de Planificación compete:
1- Incorporar, contextualizar, sistematizar y articular las iniciativas y requerimientos provenientes de las áreas de actuación centralizada y descentralizada de la I.M.M., de otros ámbitos públicos (nacionales, metropolitanos y departamentales) con efectos relevantes en el territorio o en la gestión, así como de los ámbitos de la sociedad civil y privado.-
2- Establecer un sistema de planificación estratégica, en un proceso participativo y permanente que atienda los ámbitos local, departamental, metropolitano y nacional.-
3- Recopilar, procesar, sistematizar y analizar la información territorial, participando en los sistemas nacionales de Estadísticas e Información Geográfica, como insumo para la planificación y la gestión.-
4- Recopilar y procesar la información de gestión, como insumo para el análisis y la toma de decisiones del ejecutivo comunal.-
5- Definir proyectos estratégicos de promoción y desarrollo y diseñar políticas de mediano y largo plazo sobre pautas previamente acordadas con el Intendente Municipal. Excepcionalmente podrá gestionar proyectos asignados por el Intendente Municipal.-
6- Centralizar los diferentes planes de calidad y mejora de gestión.-
7- Coordinar, ordenar, distribuir y priorizar las políticas centrales o sectoriales que conformen el proceso de descentralización en acuerdo con el Departamento de Descentralización.-
8- A través del Instituto de Estudios Municipales:
a- Promover el desarrollo personal y profesional de los recursos humanos municipales y de los actores de desarrollo local en un modelo de formación continua.-
b- Realizar estudios e impulsar programas de intercambio que contribuyan a la mejora de los servicios brindados a la comunidad.-
c- Realizar actividades de extensión que fomenten la participación ciudadana.-
d- Alinear y articular todas las acciones de formación institucional y de capacitación ciudadana con las políticas de la IMM.-
e- Promover la cooperación intermunicipal y el intercambio activo con centros de investigación y capacitación nacionales e internacionales.-
f- Colaborar con la División Administración de Personal en materia de aplicación de técnicas de gestión de recursos humanos.-
g- Administrar el patrimonio documental y el acervo bibliográfico municipal para el uso de las distintas dependencias, investigadores y ciudadanos en general y fomentar su difusión.-
h- Atender las necesidades de capacitación de los funcionarios municipales, buscando el perfeccionamiento y actualización de los recursos humanos, que permita una administración eficiente y un mejoramiento de los servicios brindados al vecino.-
i- Elaborar un plan de actividades de capacitación dirigido a funcionarios municipales e instrumentar las acciones correspondientes en coordinación con el Consejo Consultivo del Área de Formación Institucional Permanente.-
j- Diseñar y ejecutar los programas correspondientes.-
k- Elaborar y mantener actualizada una base de datos con toda la información de las actividades de formación.-
l- Realizar evaluaciones periódicas de los resultados obtenidos y coordinar la evaluación del impacto de la capacitación con el Consejo Consultivo correspondiente.-
m- Coordinar con los distintos Departamentos otras acciones formativas.-
n- Elaborar y difundir publicaciones y material bibliográfico de carácter formativo.-
o- Atender la capacitación de los actores de la Descentralización montevideana y de la sociedad civil, fomentando la participación ciudadana en la gestión del desarrollo local.-
p- Elaborar un plan de actividades de capacitación dirigido a los actores del desarrollo local e instrumentar las acciones correspondientes en coordinación con el Consejo Consultivo del Área de Capacitación Ciudadana.-
q- Diseñar y ejecutar los programas correspondientes.-
r- Elaborar y mantener actualizada toda la información relacionada con las actividades de formación.-
s- Realizar evaluaciones periódicas de los resultados obtenidos.-
t- Coordinar con el Departamento de Descentralización otras acciones formativas.-
u- Elaborar y difundir publicaciones y material bibliográfico de carácter formativo.-
v- Realizar estudios e investigaciones sobre temática municipal, orientados a contribuir al cumplimiento de los fines de la IMM, en coordinación con las dependencias involucradas en los ámbitos de estudio.
w- Definir las directivas y criterios para la evaluación-selección-expurgo, organización, conservación y descripción de todos los documentos pertenecientes al Patrimonio Documental Municipal.-
x- Consolidar una política de gestión documental para la Administración pública local.-
y- Formular directivas para la recuperación adecuada de la información contenida en los documentos, favoreciendo los principios de publicidad, transparencia administrativa y participación ciudadana.-
z- Formular un sistema municipal de archivos e implantar un proceso de evaluación documental que asegure la capitalización de la misma con valor de conservación permanente.-
a´- Fijar criterios para la producción y organización documental en el ámbito de las oficinas productoras.-
b´- Promover y organizar actividades de extensión cultural con otras instituciones nacionales y/o internacionales para dar a conocer los valores patrimoniales de nuestra ciudad.-
11- A través del Servicio de Catastro y Avalúo:
a- Definir y administrar el sistema de información territorial catastral municipal, así como la actualización del catastro en base a modificaciones de predios y construcciones.-
b- Realizar tasaciones de bienes inmuebles municipales y mantener actualizado el activo fijo de bienes inmobiliarios municipales.-
c- Brindar información a dependencias municipales y organismos externos en relación al Catastro Municipal.-
d- Definir mayores aprovechamientos y plusvalías urbanas en proyectos edilicios o urbanos que constituyan modificaciones al Plan de Ordenamiento Territorial.
e- Realizar las tasaciones y mantener actualizada la información de los valores de las Necrópolis Municipales.
f- Informar en relación a altas y bajas vinculadas con obras nuevas edilicias, regularizaciones, ampliaciones, reciclajes, demoliciones, etc., tanto en régimen común como horizontal.
g- Coordinar la información relativa a los bienes inmuebles municipales, verificando los datos proporcionados por las dependencias municipales que los gestionan.-
h- Realizar análisis en materia de gestión de inmuebles y proponer las modificaciones que estime pertinentes.-
i- Supervisar el cumplimiento por parte de las dependencias respectivas en cuanto a los procedimientos definidos relativos a los inmuebles municipales, así como proponer nuevos procedimientos que se adecuen a las nuevas situaciones que puedan plantearse.-
j- Administrar el Sistema Informático de Bienes Inmuebles y asesorar sobre su utilización.-
k- Gestionar transitoriamente los bienes inmuebles que eventualmente se incorporen, hasta tanto se defina la dependencia que lo hará en forma permanente.-
12- A través de la Unidad de Integración de la Planificación:
a- Informar y elevar propuestas sobre aquellos temas que, siendo competencia de un área central determinada, incidan sobre la generalidad de los Gobiernos Locales.-
b- Propiciar la coordinación entre los Gobiernos Locales y las áreas centrales.-
c- Coordinar con el Departamento de Descentralización y las diferentes zonas así como con la División de Planificación Territorial y la División Planificación Estratégica, incorporando a éstas los trabajos de los PLAEDEZ en las respectivas planificaciones.-
d- Articular entre las Divisiones de Planificación Territorial, la División Planificación Estratégica y los Gobiernos Locales, en la introducción de insumos (PLAEDEZ), dando a conocer la planificación estratégica y territorial del departamento.-
13- A través de la Unidad de Gestión de Calidad:
a- Coordinar e impulsar el diseño e implantación de procesos de mejora continua de la gestión municipal, colaborando con los servicios y unidades para favorecer el monitoreo y seguimiento de las acciones implementadas y los ajustes necesarios para corregir o prevenir problemas que afecten el buen funcionamiento de la IMM.-
b- Contribuir a la estandarización de Procedimientos en la IMM, trabajando con la participación de los funcionarios involucrados, en el diseño, implementación y actualización permanente de los mismos.-
c- Asesorar y capacitar en forma directa, junto con el IEM o en los propios lugares de trabajo, a los funcionarios municipales que estén implicados en los procesos de mejora, de forma de contribuir con la generación de capacidades para la gestión de cada Servicio y Unidad municipal.-
d- Contribuir con sectores sociales, a efectos de propiciar sistemas que los habiliten a funcionar mejor hacia sus propios objetivos.-
e- Programar, planificar y ejecutar auditorías de sistemas de gestión municipales, y hacer el seguimiento de las acciones de mejora que se generen a partir de ellas.-
f- Brindar asistencia técnica en proyectos y programas orientados a la aplicación de métodos de Producción Más Limpia como contribución de la Comuna al Desarrollo Sustentable.-
g- Servir de nexo con las demás instituciones públicas o privadas vinculadas a temas de Gestión de Calidad y Mejora Continua.-
Art. R.19.57.- A la División de Planificación Territorial compete:
1- Orientar el proceso urbano y territorial del Departamento de Montevideo, coordinando las acciones públicas y privadas a fin de asegurar el desarrollo sustentable físico y social.-
2- Formular, desarrollar y profundizar las políticas de protección del patrimonio natural y construido en el ámbito urbano y territorial.-
3- Desarrollar, profundizar y mantener la información territorial, cartográfica y literaria en relación al territorio departamental así como los medios para su correcta difusión pública.
4- A través de la Unidad Plan de Ordenamiento Territorial:
a- Integrar y analizar los datos vinculados al territorio, generados en distintos ámbitos.-
b- Diseñar metodologías y participar en la elaboración de instrumentos de ordenación del territorio.-
c- Propender a la transformación del territorio en los términos previstos en los instrumentos de ordenación y con la participación de los principales actores involucrados.-
d- Desarrollar los instrumentos de gestión definidos en el Plan Montevideo. Coordinar a los actores vinculados a dichos instrumentos, asegurar la ejecución y difundir los resultados.-
e- Estudiar y/o elaborar propuestas territoriales y urbanas específicas en ámbitos de interés.
f- Mantener y actualizar las determinantes del Plan Montevideo en lo que refiere a ordenación y aspectos normativos.
g- Asesorar sobre asuntos territoriales a otras dependencias, coordinando acciones comunes.
h- Evacuar consultas sobre directrices y normativa territorial.
5- A través del Servicio de Geomática:
a- Efectuar relevamientos aero – fotogramétricos.-
b- Mantener actualizada la nomenclatura del Departamento de Montevideo.-
c- Expedir copias de planos de la ciudad.-
d- Propiciar un amplio acceso a la información territorial georeferenciada del Departamento de Montevideo.-
e- Actualización de la cartografía base del sistema de información geográfico de la I.M.M., así como también el geoposicionamiento de aquellos objetos que definen el soporte geométrico de referencia de otros niveles de información municipal.-
f- Propiciar el desarrollo de tecnología de sistemas de información geográfica, sensores remotos y geodesia satelital, orientada a la optimización de los recursos de la I.M.M. y a la mejora de la calidad de vida y ambiental en el Departamento de Montevideo y el Área Metropolitana.-
6- A través del Servicio de Regulación Territorial:
a- Expedir certificado de Afectaciones y Derechos de Preferencia (Ley Nº 18.308 art. 66) si correspondiere.-
b- Estudio de información “I” suelo rural.-
c- Informar sobre Solicitud de Fraccionamiento, Reparcelamiento o Afectaciones.-
d- Expedir Constancia de Zonificación.-
e- Analizar y estudiar consultas de parámetros urbanos y territoriales tales como: retiro, F.O.S y alturas.-
f- Informar acerca de propuestas edilicias que ameriten un análisis particularizado.-
g- Realizar los estudios urbanísticos para la Solicitud de Modificación de Alineaciones.-
h- Revisar sistemáticamente las alineaciones vigentes de todo el Departamento.-
i- Archivar e informar sobre planos y expedientes de proyectos urbanísticos, alineaciones y mensura.-
7- A través de la Unidad Normas Técnicas, Edilicias y Urbanísticas:
a- Proyectar normas técnicas urbanísticas y edilicias.-
b- Asesorar acerca de la normativa técnica vigente en materia de control edilicio y urbanístico.-
8- A través de la Unidad de Protección del Patrimonio:
a- Identificar y calificar el conjunto de bienes de interés municipal objeto de tutela y mejoramiento, dentro del Departamento de Montevideo y contribuir a establecer una política general respecto a éstos.-
b- Coordinar las Comisiones Especiales Permanentes relativas a áreas caracterizadas de valor testimonial.-
c- Promover, en coordinación con las dependencias municipales que corresponda, la más amplia difusión de los valores propios del patrimonio departamental.-
d- Asesorar a las dependencias municipales correspondientes en lo referente a técnicas y criterios de preservación, así como colaborar en la formación y adiestramiento de técnicos municipales vinculados con el tema.-
9- A través de la Unidad de Expropiaciones y Topografía:
a- Intervenir en los trámites de expropiación que determine el Intendente en sus diferentes etapas.-
b- Realizar planos de mensura y trabajos topográficos a solicitud de diversas dependencias.
Art. R.19.58.- A la División de Planificación Estratégica compete:
1- Supervisar la existencia, el seguimiento y el cumplimiento de las directrices estratégicas para el desarrollo de Montevideo y de las directrices específicas para su gestión.-
2- Promover la unidad de acción, la integralidad y la participación activa de todos los actores en el desarrollo de la gestión municipal en el territorio de Montevideo y en el área metropolitana, propendiendo al mejor uso de los recursos y la mejora de la calidad de vida de sus habitantes.-
3- Sin perjuicio de las competencias específicas de cada uno de los departamentos municipales, estudiar y proponer modificaciones a los planes y programas de manera de atender su viabilidad.-
4- Integrar y asegurar la coordinación de los planes locales (PLAEDEZ y planes regionales) con los planes de alcance metropolitano.-
5- Establecer y dirigir los procesos de revisión y actualización periódica de los planes de desarrollo.-
6- Diseñar, en forma permanente y coordinada con los Departamentos de Descentralización y Recursos Financieros, la metodología para elaborar el plan quinquenal.-
7- Realizar la coordinación entre el Departamento de Planificación y los demás Departamentos de la IMM, las regiones y los CCZ en lo relativo a planes y proyectos de corto, mediano y largo plazo.-
8- Integrar las iniciativas y requerimientos que tengan efectos relevantes en el territorio o en la gestión y que provengan de las áreas de actuación centralizada y descentralizada de la esfera metropolitana.-
9- Dar seguimiento a la ejecución de los planes de desarrollo, lo cual incluye identificar las variables a medir y evaluar su evolución.-
10- Realizar estudios y análisis sobre los mecanismos adecuados de administración y control de proyectos y planes de desarrollo.-
12- A través de la Unidad de Estadística:
a- Recopilar información, y construir indicadores para monitorear:el cumplimiento de las metas estratégicas, los Planes Estratégicos de Desarrollo Zonal (PLAEDEZ) y el desempeño de la gestión municipal.-
b- Participar en el diseño metodológico y en el análisis estadístico de los estudios que se le asignen.-
13- A través de la Unidad de Planificación y Control de la Gestión Estratégica:
a- Elaborar el diseño del Sistema de Apoyo a la Gestión Estratégica (SAGE).
b- Implantar el SAGE en las Unidades piloto seleccionadas, asistiendo a cada Unidad en la definición de un subsistema de indicadores y en la implementación de los mismos en la herramienta informática.
c- Establecer dentro del SAGE un sistema de indicadores de la gestión estratégica.
d- En el marco del SAGE implantar el presupuesto por objetivos con control presupuestal por resultados, apoyado en un cuadro de control y un conjunto de indicadores.
e- Planificar, ejecutar y controlar la coordinación con otras Dependencias Municipales que realicen planificación a nivel institucional, en consulta con la Unidad de Gestión de Calidad, la División Tecnología de la Información y el Instituto de Estudios Municipales.
f- Recopilar, elaborar, documentar y difundir a nivel institucional los insumos del Ciclo Anual de Gestión Estratégica.
g- Realizar el monitoreo de los indicadores de atención ciudadana recomendando las acciones que correspondan según el caso.
h- Recopilar las mediciones de los indicadores de gestión estratégica de alcance institucional, analizar su comportamiento en relación con las metas definidas.
Art. R.19.59.- A la División Tecnología de la Información compete:
1- Desarrollar soluciones tecnológicas sustentables al servicio del bienestar ciudadano asegurando la independencia tecnológica para aquellos emprendimientos, procesos o proyectos municipales que se consideren estratégicos.-
2- Establecer pautas para la elaboración del Plan de Desarrollo Tecnológico, incluyendo objetivos, prioridades, asignación de recursos y oportunidad de realización, entre otros.-
3- Elaborar el Plan de Tecnología de la Información alineado a los objetivos estratégicos de la Administración.-
4- Controlar su ejecución interactuando con las autoridades de los Departamentos.-
5- Establecer, y evaluar la calidad y oportunidad de los procedimientos, metodología y pautas técnicas aplicadas en su área en proyectos y procesos de sistemas de información y de comunicaciones.-
6- Estudiar la factibilidad, analizar costos y beneficios de nuevas aplicaciones y tecnologías. Pautar y supervisar el proceso de investigación y renovación tecnológica y de procedimientos de la I.M.M. de forma de proponer mejoras en su eficiencia a través de la incorporación de tecnología.-
7- A través del Área de Desarrollo:
a- Coordinar con la dirección y las restantes áreas de la División la elaboración de propuestas del Plan, y su posterior implementación.-
b- Gerenciar los proyectos de desarrollo de software.-
c- Participar en el estudio de factibilidad de nuevas aplicaciones.-
d- Hacerse cargo del mantenimiento de todos los sistemas de información corporativos.-
e- Participar en el estudio de factibilidad de nuevos sistemas de información.-
f- Coordinar con el área Análisis Funcional y el área de Investigación y Metodología:
Los procedimientos, metodología y pautas técnicas aplicadas en la gestión de proyectos.
El análisis crítico y la elaboración del diseño funcional de los sistemas
La reingeniería de los procesos de trabajo en las áreas usuarias de los sistemas.
El proceso de implantación de los sistemas de información.
g- Asesorar en la compra de sistemas de información, y actuar como contraparte municipal en las contrataciones externas de servicios o desarrollos informáticos.-
h- Evaluar en conjunto con el área de investigación y metodología, la calidad y oportunidad de los procedimientos, metodología y pautas técnicas aplicadas en el desarrollo de sistemas de información.-
8- A través del Área de Análisis Funcional:
a- Coordinar con la dirección y las restantes áreas de la División la elaboración de propuesta del Plan y su posterior implementación.-
b- Estudiar la organización administrativa, y sus procedimientos. Asesorar sobre las modificaciones necesarias a través de la introducción de tecnología para su permanente mejoramiento, asegurando así una atención cada vez más eficiente a los vecinos.-
c- Coordinar, con el área Desarrollo, y el Área de Investigación y Metodología:
El análisis crítico y la elaboración del diseño funcional de los sistemas.
La reingeniería de los procesos de trabajo en diferentes reparticiones de la Administración Municipal donde la introducción de Tecnología contribuya a su eficiencia.
El proceso de implantación de los sistemas de información.
d- Elaborar y mantener actualizados los manuales de uso de los sistemas.-
e- Gestionar las solicitudes de usuarios de sistemas de información que le sean derivadas por Atención a Usuarios, procurando las acciones correctivas y de entrenamiento correspondientes, buscando permanentemente el mejor resultado en el uso de los mismos.
f- Proponer y coordinar con el Instituto de Estudios Municipales, la formación al personal usuario de los sistemas de información.-
9- A través del Área Asistencia Técnica Operativa:
a- Coordinar con la dirección y las restantes áreas de la División la elaboración de propuestas del Plan, y su posterior implementación.-
b- Garantizar el mantenimiento y operación continua y segura de la infraestructura central de Tecnología de la Información.-
c- Monitorear permanentemente la infraestructura central de Tecnología de la Información y los procesos que sobre ella se ejecutan, para asegurar su disponibilidad.-
d- Planificar y ejecutar los procesos de respaldo de datos y la preservación de los mismos.
e- Participar en la implantación de proyectos de Tecnología de la Información evaluando las disponibilidades de tiempo y la oportunidad de ejecución de los procesos.-
f- Participar en el estudio de factibilidad y asesorar en la adquisición de equipamiento.
g- Evaluar la calidad y oportunidad de los procedimientos y pautas técnicas aplicadas en el uso y mantenimiento del equipamiento de Tecnología de la Información municipal.-
h- Coordinar con proveedores y otras áreas de la División, la ejecución de trabajos de excepción tales como mantenimiento de equipos y de software de base, proceso de aplicaciones por única vez y la implantación de nuevas aplicaciones.-
10- A través del Área Telecomunicaciones:
a- Coordinar con la dirección y las restantes áreas de la División la elaboración de propuestas del Plan, y su posterior implementación.-
b- Desarrollar y mantener una infraestructura de telecomunicaciones para comunicación de voz y datos eficiente para los requerimientos de la Administración Municipal según los lineamientos estratégicos establecidos por la Dirección de la División.-
c- Coordinar con las restantes áreas de la División la búsqueda de soluciones de comunicaciones vinculadas a los proyectos de Tecnología Informática en curso.-
d- Suministrar información de tráfico de comunicaciones de voz y datos y proponer alternativas de comunicación a la Dirección de la División buscando mejorar la calidad de los servicios.-
e- Aplicar e implementar las políticas establecidas por el Área de Seguridad Informática.-
11- A través del Área Administración de Base de Datos:
a- Coordinar con la dirección y las restantes áreas de la División la elaboración de propuestas del Plan, y su posterior implementación.-
b-Realizar el soporte técnico y la administración de las Bases de Datos.-
c- Gestionar la adquisición, el uso y el licenciamiento del software correspondiente.-
d- Mantener los componentes del software de base de datos.-
e- Establecer, evaluar la calidad y oportunidad de los procedimientos y pautas técnicas aplicadas en el uso y mantenimiento operativo de la infraestructura de las bases de datos.-
f- Participar en el estudio de factibilidad de la incorporación de nuevos productos informáticos y tecnologías en su área.-
g- Asesorar en la adquisición de equipamiento o aplicaciones tecnológicas en lo que correspondiere.-
h- Participar en la implantación de proyectos de Tecnología de la Información, evaluando las disponibilidades de tiempo y la oportunidad de ejecución de los procesos.-
12- A través del Área Seguridad Informática:
a- Coordinar con la dirección y las restantes áreas de la División la elaboración de propuestas del Plan, y su posterior implementación.-
b- Definir la política, las normas y estándares de seguridad informática.-
c- Supervisar y asegurar el cumplimiento de las políticas establecidas en la materia.-
d- Estudiar y proponer mejoras en los estándares de seguridad para garantizar la protección y disponibilidad de los datos y la infraestructura tecnológica.-
e- Coordinar con los servicios que correspondan dentro de la I.M.M. para el establecimiento del marco regulatorio municipal acorde con la política de seguridad y las leyes nacionales en la materia.-
13- A través del Área Administración de Sistemas (Infraestructura de Servidores):
a- Coordinar con la dirección y las restantes áreas de la División la elaboración de propuestas del Plan, y su posterior implementación.-
b- Realizar el soporte técnico, instalación y administración de los diferentes servidores que soportan todos los sistemas de información municipales.-
c- Gestionar la adquisición, el uso y el licenciamiento del software correspondiente.
d- Gerenciar los proyectos de Infraestructura y Arquitectura de Servidores.-
e- Establecer, evaluar la calidad y oportunidad de los procedimientos y pautas técnicas aplicadas en el uso y mantenimiento operativo de los servidores.-
f- Participar en el estudio de factibilidad de la incorporación de nuevos productos informáticos y tecnologías.-
g- Asesorar en la adquisición de equipamiento o aplicaciones tecnológicas para su área.-
h- Participar en la implantación de proyectos de Tecnología de la Información, evaluando las disponibilidades de tiempo y la oportunidad de ejecución de los procesos.
14- A través del Área de Atención al Usuario:
a- Coordinar con la dirección y las restantes áreas de la División la elaboración de propuestas del Plan, y su posterior implementación.-
b- Recepcionar y gestionar los incidentes y las solicitudes de servicio realizadas por los usuarios de sistemas informáticos, así como ser la primera línea de atención y solución para todos los casos donde sea aplicable.-
c- Coordinar con otras áreas de la División los procedimientos informáticos que aseguren la actualización permanente de la información y la documentación de los procesos, para la gestión eficiente con los usuarios.-
d- Decepcionar el ingreso de incidencias y solicitudes de los usuarios de los sistemas.-
15- A través del Área Investigación y Metodología:
a- Coordinar con la dirección y las restantes áreas de la División la elaboración de propuestas del Plan, y su posterior implementación.-
b- Elaborar el marco metodológico para todos los proyectos de Tecnología de la Información, sobre la base de revisiones periódicas del mismo.-
c- Estudiar y proponer mejoras en las metodologías y estándares aplicados en todas las áreas de la División.-
d- Evaluar en conjunto con cada área, la calidad y oportunidad de los procedimientos y pautas técnicas aplicadas en cada una.-
e- Coordinar, con el área de Desarrollo y el área de Análisis Funcional:
-Los procedimientos, metodología y pautas técnicas aplicadas en la gestión de proyectos.-
- El análisis crítico y la elaboración del diseño funcional de los sistemas.-
- El proceso de implantación de los sistemas de información.-
f-.Participar en el estudio de factibilidad de nuevos productos de tecnología de la información.-
g- Gerenciar los proyectos de investigación en la materia.
h- Diseñar, planificar y ejecutar testeo previo a la puesta en producción de los productos de la División, evaluando las disponibilidades de tiempo y la oportunidad de ejecución de los procesos.
16- A través de la Unidad de Apoyo:
a- Brindar apoyo técnico en tareas que la Dirección considere, en las diversas áreas, grupos de trabajo, equipos técnicos y/o proyectos, que necesiten apoyo adicional.-
b- Realizar las coordinaciones necesarias, tanto internas como con otros sectores de la IMM.-
c- Asesorar técnicamente a las diferentes dependencias municipales que así se determine.-CAPITULO II
DE LOS ÓRGANOS ASESORES Y DE CONTRALOR Art. R.19.60.- Al Contador General compete:
1- Intervenir preventivamente los gastos y pagos, conforme a la normativa vigente, certificando su legalidad. Documentar todos los casos de oposición a los actos de los ordenadores de gastos o pagos que considere irregulares o en los que no se hubiesen cumplido los requisitos legales.-
2- Administrar, en coordinación con el Departamento de Recursos Financieros las disponibilidades de acuerdo al estado de flujo de fondos, a la elaboración de informes de evolución de disponibilidades y cronograma de ingresos y egresos previstos.-
3- Formular estados demostrativos y balances.-
4- Ordenar todos los pagos a los efectos de la cancelación de obligaciones mediante la emisión de cheques, documentos, transferencias bancarias, carta de créditos etc.-
5- Verificar el cumplimiento de las normas vigentes para los compromisos de liquidaciones y pagos.-
6- Verificar las cuentas que presenten los obligados a rendirlas.-
7- Liquidar los gastos e inversiones, así como sus respectivas leyes sociales, atendiendo a los informes técnicos suministrados por las dependencias que les dan origen.-
8- Registrar las operaciones. Conciliar los saldos de las cuentas bancarias con los estados remitidos por los bancos.-
9- Controlar la ejecución del Presupuesto.-
10- Informar a la Junta Departamental de Montevideo sobre la Rendición de Cuentas y las gestiones financieras de la Intendencia.-
11- Informar al Intendente y a la Junta Departamental en materia de presupuesto en su elaboración, ejecución, control y evaluación.-
12- Poner en conocimiento de la Junta Departamental todas las irregularidades que notare en el manejo de fondos e infracciones a la Ley de Ordenamiento Financiero y Contabilidad.-
13- Elevar anualmente balances y estados comparativos de los ingresos y erogaciones previstos y realizados.-
14- Ejercer la superintendencia contable de las dependencias municipales.-
15- Verificar el movimiento de fondos y valores de la Tesorería General, certificar el correcto depósito de los ingresos y el cumplimiento de las órdenes de pago y arquear periódicamente las existencias.-
16- Asesorar en la Comisión Asesora de Adjudicaciones y en la Comisión Supervisora de Contrataciones.-
17- Asesorar a las distintas dependencias municipales acerca de la adecuación de los procedimientos a las normas legales vigentes en la materia.-
Art. R.19.61.- A la Unidad Central de Auditoría Interna
compete:
1- Evaluar el funcionamiento de la organización, de sus sistemas operativos y de la adecuada utilización de sus recursos.-
2- Mantener al Intendente y a los Directores Generales de Departamento informados de cuantas desviaciones significativas se detecten proponiendo las acciones correctivas pertinentes.-
3- Evaluar el cumplimiento por las dependencias de la Administración de sus recomendaciones y sugerencias formuladas en el ámbito de su competencia.-
4- Controlar la fiabilidad e integridad de la información financiera y operativa y de los criterios utilizados para medirla y clasificarla.-
5- Revisar los sistemas establecidos para asegurar que cumpla con aquellas políticas, planes, procedimientos, leyes y regulaciones, que puedan tener impacto significativo en las operaciones e informes, y evaluar el grado de cumplimiento de la organización.-
6- Revisar las medidas de salvaguarda de activos y verificar la existencia de los mismos.-
7- Valorar la eficiencia y eficacia con que se emplean los recursos financieros, humanos y materiales.-
8- Revisar las operaciones y programas para asegurar que los resultados son acordes con los objetivos y las metas trazadas, y que se han llevado a cabo con los recursos y plazos previstos.-
9- Proponer la mejora de los sistemas de información.-
10- Realizar los estudios especiales que el Intendente le encargue por su conocimiento global de la Administración, en los distintos Departamentos, Divisiones, Servicios o Unidades.-
Art. R.19.62.- A la Asesoría Jurídica compete:
1- Prestar asesoramiento jurídico al Intendente y a las demás autoridades y dependencias municipales, incluídos los Centros Comunales Zonales y las autoridades locales.-
2- Dictaminar en el trámite de las peticiones y los recursos administrativos cuya resolución compete al Intendente Municipal.-
3- Cumplir los servicios que la ley asigna a las Intendencias Municipales en materia de registro del estado civil, propendiendo a la mayor difusión de la información contenida en su base de datos, procurando la mayor accesibilidad del servicio a todos los montevideanos.-
4- Sustanciar la actividad jurisdiccional de la Intendencia Municipal, con excepción de las acciones ejecutivas en materia tributaria y del cobro ejecutivo de multas.-
5- Patrocinar a la Intendencia Municipal ante los Tribunales de la República, e informar sobre la responsabilidad de sus funcionarios por sus actos cuando se generan perjuicios para el Municipio o para terceros.-
6- Promover los juicios de desalojo y de expropiación y requerir las órdenes de allanamiento cuando correspondan.-
7- Instruir y dictaminar en los sumarios e investigaciones administrativas dispuestos por el Intendente Municipal, e informar en materia disciplinaria.-
8- Radicar denuncias penales ante la comisión de hechos con apariencia delictiva, tanto por parte de personal municipal, como de particulares conforme lo dispuesto por el artículo 177 del Código Penal.-
9- Recopilar y sistematizar las normas municipales y nacionales con incidencia en la materia departamental, así como mantener actualizada la colección bibliográfica en materia jurídica de la Comuna, adquiriendo los libros y revistas a esos efectos e incorporándolos a su base de datos.-
10- Brindar el servicio de información normativa proporcionando al público en general y a los funcionarios municipales, el texto de las normas departamentales que soliciten.-
11- Mantener actualizado el Digesto Municipal, proponiendo las modificaciones correspondientes y difundiendo las actualizaciones efectuadas a los distintos Volúmenes.-
12- Analizar, revisar verificar, compilar y actualizar la normativa departamental y/o nacional, contenida tanto en el Digesto Municipal como en los demás cuerpos normativos que las compilan a nivel municipal.-
13- Crear y mantener una base de datos que contenga la totalidad de las normas fuentes de los cuerpos compilados.-
14- Monitorear y sugerir las modificaciones necesarias en la base digital de las normas compiladas en coordinación con la División Tecnología de la Información.-
15- Asesorar en materia de contratos y demás actos jurídicos que celebre la Intendencia.-
16- Asesorar en los proyectos de Decretos y Resoluciones sobre normativa departamental.-
17- Sustanciar la actividad notarial de la Comuna, en particular:
a) cumplir todos los actos notariales de la Intendencia Municipal de Montevideo no encomendados especialmente a otras reparticiones.
b) llevar los Registros Notariales: Protocolo y Registro de Protocolizaciones de la Intendencia Municipal y autorizar en él los actos y contratos en que el Municipio es parte.
c) Proceder a la escrituración de viviendas y condominios municipales a favor de terceros.
d) Escriturar bienes a favor de la Intendencia, y de terceros cuando corresponda.-
4.- Comuníquese a todos los Departamentos, a la Secretaría General, a la Contaduría General, a todas las Divisiones, a la Unidad Central de Auditoría Interna, al Instituto de Estudios Municipales, a Desarrollo Organizacional e Informático (Comunicaciones a Sistemas), al Equipo Técnico de Actualización Normativa e Información Jurídica y pase al Equipo Técnico Digesto y Normas Municipales.-
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RICARDO EHRLICH, Intendente Municipal.- |
ALEJANDRO ZAVALA, Secretario General.- |
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