Resolución N° 4824/15
Nro de Expediente:
1001-041668-15
 
SECRETARIA GENERAL
Fecha de Aprobación:
19/10/2015


Tema:
VARIOS

Resumen:
Se aprueba el protocolo de actuación relacionado con la firma electrónica en virtud de la puesta en funcionamiento del expediente electrónico.-

Montevideo, 19 de Octubre de 2015.-
 
        VISTO: el compromiso asumido por esta Administración para la implantación del expediente electrónico;
        RESULTANDO: 1o.) que por Resolución No. 1430/14 de 10/4/2014 se creó un Grupo de Trabajo, integrado por un Comité de Dirección , un Jefe de Proyecto y un Equipo Técnico, con la finalidad de llevar adelante el proyecto de gestión documental denominado "Expediente Electrónico", en el marco del compromiso de mejora de gestión que lleva adelante la Administración;
        2o.) que por Resolución No. 4341/14 de 30 de setiembre de 2014, se incorporó al Equipo la Unidad de Gestión de Calidad a cargo de coordinar y controlar la gestión de la adquisición, otorgamiento y actualización de los certificados de firma electrónica avanzada necesarios y se ha trabajado en la instrumentación de la entrega a los funcionarios de los certificados para firmar electrónicamente;
        CONSIDERANDO: 1o.) que la mayoría de los funcionarios utilizará firma electrónica común y se asignará el uso de firma electrónica avanzada (con idéntica validez y eficacia que la autógrafa en documento público o privado, con firma certificada) a los titulares de cargos emisores de actos administrativos;
        2o.) que es necesario definir y comunicar el procedimiento mediante el cual se entregarán los certificados tanto de firma electrónica común como avanzada;
        3o.) que el Departamento de Secretaría General promueve el dictado de resolución en tal sentido;
        4o.) lo dispuesto por la Ley No. 18.600 publicada el 5 de noviembre de 2009, en especial lo establecido en los artículos 5o. y 6o.;
        EL INTENDENTE DE MONTEVIDEO
        RESUELVE:
        1.- A partir de la implementación del expediente electrónico en la Intendencia de Montevideo los funcionarios departamentales y municipales comenzarán a utilizar firma electrónica, conforme a lo previsto en la Ley No. 18.600, de 21 de setiembre de 2009, con las modificaciones introducidas por la Ley No. 18.996 de 7 de noviembre de 2012.-
        2.- Los funcionarios que deban utilizar firma electrónica, excepto los que se mencionan en el numeral siguiente, tendrán firma electrónica común.-
        3.- Los funcionarios que, en razón de sus cargos y funciones, emitan actos administrativos (incluidos quienes ejerzan facultades delegadas o subdelegadas) contarán con firma electrónica avanzada, así como quienes sean designados para subrogarlos en caso de ausencia temporal.-
        4.- Los certificados electrónicos correspondientes a las firmas electrónicas avanzadas serán expedidos por una prestadora de servicios de certificación acreditada ante la Unidad de Certificación Electrónica, órgano desconcentrado de la Agencia para el Desarrollo del Gobierno de Gestión Electrónica y la Sociedad de la Información y el Conocimiento (AGESIC).-
        5.- Los certificados de firma electrónica común serán expedidos por una autoridad certificadora que determine la propia Intendencia.-
        6.-La Unidad de Gestión de Calidad, será la encargada de efectuar las gestiones para la obtención de los certificados necesarios para la firma.-
        7.- La firma electrónica tendrá el mismo valor que la firma autógrafa, conforme a la normativa vigente en la materia. En consecuencia los funcionarios serán responsables por los documentos que firmen electrónicamente.-
        8.- El dispositivo de creación de firma que se entregue al funcionario, así como las claves correspondientes, serán abonados por la Administración. En caso de extravío o hurto el funcionario deberá asumir el costo de entrega de un nuevo dispositivo y sus claves.-
        9.- Comuníquese a la Junta Departamental de Montevideo, a todos los Municipios, a todos los Departamentos, a las Divisiones Información y Comunicación; Asesoría Jurídica; Asesoría de Desarrollo Municipal y Participación; Relaciones Internacionales y Cooperación, a la Contaduría General, a la Unidad Central de Auditoría Interna, a Sistemas Informáticos y pase a la Unidad de Gestión de Calidad.-
ING. DANIEL MARTINEZ, Intendente de Montevideo.-
FERNANDO NOPITSCH, Secretario General.-