Resolución N° 4883/16
Nro de Expediente:
2016-4701-98-000537
 
SECRETARIA GENERAL
Fecha de Aprobación:
26/10/2016


Tema:
VARIOS

Resumen:
Se establece la obligatoriedad de los permisarios de servicios de transporte público colectivo de pasajeros, de disponer en cada una de todas las unidades que cumplen con tales servicios de los dos primeros asientos que miren hacia adelante de la unidad, del lado de la puerta, como asientos preferenciales para personas mayores.-

Montevideo, 26 de Octubre de 2016.-
 
        VISTO: que Montevideo integra la Red Mundial de Ciudades Amigables con las Personas Mayores, en el ámbito de la Organización Mundial de la Salud;
        RESULTANDO: 1o.) que en ese marco, Montevideo desarrolla una estrategia de consolidación de los derechos a la accesibilidad, a la movilidad personal y a la salud (Art. 26 y Art. 19 respectivamente de la Convención Interamericana sobre la Protección de los Derechos Humanos de las Personas Mayores);
        2o.) que en la población de Montevideo, hay un porcentaje importante de personas de edad avanzada y entre ellas, la gran mayoría disfruta de autosuficiencia para su movilidad;
        3o.) que existe un nivel importante de desplazamientos de estas personas en el transporte público colectivo;
        4o.) que las condiciones para acceder a los ómnibus, así como el movimiento de las unidades ponen a prueba las capacidades de estas personas para mantener su estabilidad y aún para completar sus viajes en condiciones de seguridad física indispensable;
        CONSIDERANDO: 1o.) que es necesario mejorar las condiciones de accesibilidad, comodidad y seguridad física de estos ciudadanos en los medios con los que resuelven su movilización;
        2o.) que varios elementos conforman condiciones básicas para garantizar viajes cómodos y seguros a los adultos mayores, como la altura de los escalones de acceso, los sistemas de sujeción manual para caminar dentro del ómnibus, la distancia que se debe caminar desde el ascenso hasta un asiento y la propia disponibilidad de asientos y deben ser regulados por un lado y acompañados por otro lado, por una adecuada difusión cultural que permita a los demás sectores de la sociedad, ser parte del esfuerzo por mejorar las condiciones de vida de estos ciudadanos;
        3o.) que la difusión debe comenzar con la señalización dentro de cada uno de los ómnibus, para asegurar la prioridad en el uso de los asientos a estas personas;
        4o.) que ya existen en los ómnibus y en la cultura de los usuarios, lugares específicos reservados prioritariamente y reconocidos, para mujeres embarazadas o personas que viajan con niños pequeños;
        5o.) que la Secretaría para el Adulto Mayor propone destinar asientos preferenciales para personas de mayor edad, en las unidades del transporte público y el Departamento de Movilidad concuerda en la necesidad de reglamentar tal iniciativa;
        EL INTENDENTE DE MONTEVIDEO
        RESUELVE:
        1.- Establecer la obligatoriedad de los permisarios de servicios de transporte público colectivo de pasajeros, de disponer en cada una de todas las unidades que cumplen con tales servicios de los 2 (dos) primeros asientos que miren hacia adelante de la unidad, del lado de la puerta, como asientos preferenciales para personas mayores, en coordinación con el asiento de uso preferencial para mujeres embarazadas o personas que viajan con niños pequeños.-
        2.- Encomendar a la Secretaría para el Adulto Mayor la confección de medios de difusión para los ómnibus en material impreso, autoadhesivo, de material resistente al agua que se solicitará a las empresas tengan a bien pegar sobre los respaldos de los asientos destinados a los fines del art. 1º de esta Resolución, antes del 15 de diciembre de 2016.-
        3.- Encomendar a la División Transporte el control de la existencia de tales medios de comunicación pegados de la forma indicada.-
        4.- Comuníquese a la Junta Departamental, a todos los Municipios, a todos los Departamentos, a la Secretaría del Adulto Mayor y pase a la División Transporte para notificar a las empresas de transporte y demás efectos.-
ING. DANIEL MARTINEZ, Intendente de Montevideo.-
FERNANDO NOPITSCH, Secretario General.-