Resolución N° 490/01/2000 | Nro de Expediente:
9902-000158-01 |
RECURSOS FINANCIEROS | Fecha de Aprobación:
24/5/2001 |
Tema:
REGLAMENTACION
Resumen:
Se autoriza a percibir las deudas por retroactividad referidas al impuesto de Contribución Inmobiliaria y demás tributos de cobro conjunto con éste, generadas a partir de reliquidaciones efectuadas por incorporación al régimen de Propiedad Horizontal de los inmuebles respectivos, en cuotas cuatrimestrales indexadas en el mismo porcentaje y momento que el tributo original, de forma de que por cada dos cuotas cuatrimestrales de años anteriores que hubiese correspondido emitir, se otorgará una cuota de facilidades de pago.
Montevideo, 24 de Mayo de 2001.- |
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Cr. ALFREDO ASTI, Director General del Departamento de Recursos Financieros.- |
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