Resolución N° 4938/09
Nro de Expediente:
4123-000535-09
 
ACONDICIONAMIENTO URBANO
Fecha de Aprobación:
16/11/2009


Tema:
VARIOS

Resumen:
Crear en la División Espacios Públicos, Hábitat y Edificaciones, la Unidad de Contralor de la Publicidad, Señalética y Comunicación, la que dependerá directamente del Servicio de Planificación, Gestión y Diseño, teniendo como cometidos entre otros recepcionar las solicitudes de Permisos de Publicidad y Propaganda a colocarse dentro del ámbito del Departamento de Montevideo, tanto en espacio público como en bienes de dominio privado pero visibles desde el espacio público.-

Montevideo, 16 de Noviembre de 2009.-
 
        VISTO: las presentes actuaciones relacionadas con la gestión de las solicitudes de Permisos de Publicidad y Cartelería;
        RESULTANDO: que la División Espacios Públicos, Hábitat y Edificaciones informa que: a) por Resolución Nº 4170/06 del 17/X/06 se estableció la estructura orgánico administrativa de esta Intendencia; b) el Decreto Nº 33.071 del 10/IX/09 referido a la Publicidad y Propaganda en Espacios Públicos y en Bienes de Dominio Privado Municipal modifica el régimen contenido en el Volumen X "Espacios Públicos y de Acceso al Público" del Digesto Municipal; c) es necesario definir el funcionamiento y las competencias de las diferentes áreas administrativas que llevarán la gestión a los efectos de facilitar la aplicación de la normativa sobre Publicidad y Propaganda visible desde el espacio público y generar espacios y mecanismos administrativos que permitan una operativa dinámica y eficaz; d) es aconsejable centralizar la operativa de gestión utilizando y creando áreas o reparticiones internas con cometidos específicos, por lo que se propone la creación dentro de la División de una "Unidad de Contralor de la Publicidad, Señalética y Comunicación" dependiente del Servicio de Planificación, Gestión y Diseño, la que tendrá a su cargo la esfera ejecutiva de la gestión y e) consultados los Departamentos de Recursos Financieros, Planificación y Descentralización prestaron su conformidad;
        CONSIDERANDO: que el Departamento de Acondicionamiento Urbano comparte lo expresado por la División Espacios Públicos, Hábitat y Edificaciones por lo que se debe proceder a la ampliación de la Resolución Nº 4170/06 del 17/X/06;
        EL INTENDENTE MUNICIPAL DE MONTEVIDEO
        RESUELVE:
        1º.- Crear en la División Espacios Públicos, Hábitat y Edificaciones, la Unidad de Contralor de la Publicidad, Señalética y Comunicación, la que dependerá directamente del Servicio de Planificación, Gestión y Diseño.-
        2º.- Incorporar al inciso E del numeral 2º de la Resolución Nº 4170/06 del 17/X/06, "Departamento de Acondicionamiento Urbano", "División Espacios Públicos, Hábitat y Edificaciones", la Unidad que se crea por el numeral anterior.-
        3º.- La Unidad de Contralor de la Publicidad, Señalética y Comunicación tendrá los siguientes cometidos:
        A) Recepcionar las solicitudes de Permisos de Publicidad y Propaganda a colocarse dentro del ámbito del Departamento de Montevideo, tanto en espacio público como en bienes de dominio privado pero visibles desde el espacio público, tanto en Areas bajo Régimen General como Patrimonial.
        B) Analizar, informar y autorizar las solicitudes en coordinación con las dependencias municipales que requiera cada caso, en el marco de la normativa vigente y atendiendo entre otros aspectos al logro de una adecuada inserción en el entorno, a la salvaguarda de los valores arquitectónicos, urbanísticos, paisajísticos y ambientales y propender a la reducción de la polución visual.
        C) En los casos en que la normativa establezca o la especialidad del caso lo requiera, asesorar a la superioridad respecto a la viabilidad de las solicitudes.
        D) Organizar el sistema de inspecciones relativo a las solicitudes que se gestionan ante la Unidad y a los efectos del logro de un adecuado contralor.
        E) Realizar el seguimiento de la normativa vigente y promover propuestas de modificaciones a la misma o que regulen nuevas situaciones, cuya necesidad se detecte en oportunidad de la aplicación de dicha normativa.
        F) Realizar el monitoreo y evaluación del procedimiento de gestión. Generar una base de datos estadísticos a partir de la información aportada por las solicitudes (técnico, ubicación, tipo, cantidad total de solicitudes, porcentaje de ajuste a la normativa, porcentajes de solicitudes a instalar, a regularizar, tiempos de gestión, etc.).
        G) Elaborar y enviar una vez al año informe a la Dirección de la División Espacios Públicos, Hábitat y Edificaciones, con recomendaciones y sugerencias a implementar para optimizar la gestión y control de los mismos.
        H) Estudiar y otorgar las solicitudes de inscripción en el registro de empresas rentadoras y vendedoras de mensajes de comunicación, publicidad o señalética.-
        4º.- Encomendar a la Unidad que se crea, la elaboración de la reglamentación que establezca el procedimiento y plazos de gestión de dichos permisos y formular en el plazo de 6 (seis) meses, en coordinación con la Unidad de Gestión de Calidad a partir de la aprobación de la reglamentación, un manual de procedimientos para su tramitación, especificando procedimientos, requisitos y documentos necesarios.-
        5º.- La Unidad actuará mediante las comunicaciones y coordinaciones establecidas con el Departamento de Recursos Financieros.-
        6º.- Comuníquese a la Secretaría General para su transcripción a la Junta Departamental de Montevideo, a todos los Departamentos, a la Asesoría Jurídica, a la Contaduría General, a la División Administración de Personal, al Servicio de Planeamiento y Desarrollo de Recursos Humanos y Materiales, a Desarrollo Organizacional e Informático (Comunicaciones a Sistemas), al Equipo Técnico Digesto y Normas Municipales y pase a la División Espacios Públicos, Hábitat y Edificaciones.-
RICARDO EHRLICH, Intendente Municipal.-
ALEJANDRO ZAVALA, Secretario General.-