VISTO: las presentes actuaciones promovidas por el Servicio de Regulación Territorial relacionadas con la creación de la Comisión denominada “Comisión Asesora de Proyectos de Alineaciones” (CAPA);
RESULTANDO: 1o.) que la Gerencia de Producción, Gestión y Análisis de la Información (GPGAI) solicita dejar sin efecto la Resolución Nº64/03/6000 de 04/07/2003, dictada por la Unidad Central de Planificación Municipal, mediante la cual se creó un grupo de trabajo con el fin de realizar la revisión sistemática de las afectaciones vigentes;
2o.) que promueve la creación de la Comisión denominada “Comisión Asesora de Proyectos de Alineaciones” (CAPA) con los cometidos de asesorar a la Unidad Proyectos de Alineaciones y Modificación Predial de la Gerencia de Producción, Gestión y Análisis de la Información, en la resolución y diseño de los proyectos de modificación de alineaciones vigentes que se consideren relevantes o estratégicos para el desarrollo departamental y de revisar sistemáticamente las alineaciones vigentes de determinados polígonos a definir oportunamente, cuando así lo disponga esta Intendencia o quien ella delegue;
3o.) que sugiere asimismo la siguiente modalidad de trabajo: - la coordinación administrativa y técnica de la nueva comisión (CAPA) estará a cargo de la Unidad de Proyectos de Alineaciones y Modificación Predial (UPAMP), la cual convocará en cada instancia a sus integrantes, determinará los temas a tratar y elaborará las actas de cada sesión. - Esta dinámica de trabajo tiene como objetivo una gestión más eficiente, reduciendo los tiempos de elaboración de los proyectos de alineaciones, evitando la circulación de expedientes a los diferentes sectores involucrados en la resolución de cada proyecto. - Los representantes designados o convocados para cada instancia de trabajo se comprometen a recabar la información requerida y realizar estudios para resolver los temas planteados. - Las decisiones de los representantes designados o convocados por la CAPA, son de carácter vinculante y no se requiere la ratificación por escrito de la oficina a la cual representan. - Una vez acordada la modificación de alineaciones, y elaborado el proyecto correspondiente, este deberá ser evaluado por la mesa técnica de trabajo de la UPAMP creada por la Res. 20/06/6000 de 20/02/2006 y sus posteriores modificaciones, a los efectos de validar las definiciones técnicas incorporadas en los gráficos correspondientes o en su defecto sugerir modificaciones o incorporaciones a los mismos, previo a su remisión a la GPGAI. - Esta mesa técnica de trabajo, estará conformada por funcionarios designados por la GPGAI a esos efectos;
4o.) que además sugiere que la integración de la CAPA esté conformada por: - La Unidad de Proyectos de Alineaciones y Modificación Predial y sus representantes serán: la Arq. Fabiana Raineri CI 3.281.159, la Ing. Agrim. Carol Pozzi CI 4.782.872 y la Ing. Agrim. Gabriela Piquet CI 1.867.748. - La Unidad del Plan de Ordenamiento Territorial, dependencia de la Gerencia de Planificación Territorial y sus representantes serán: las Arqs. Fernanda Villalba, CI 2.909.045 y Eleonora Leicht, CI 3.259.230. - El Servicio de Estudios y Proyecto de Saneamiento y sus representantes serán: las Sras. Lucía Larrea C.I. 3.265.094 como titular y a Silvia Ramos C.I. 2.834.381 como alterna. - La Unidad de Planificación de la Movilidad y sus representantes serán: las Sras. Patricia Abreu CI 1.934.546 como titular y Andrea Carámbula C.I. 1.896.768, como alterna. - Y según la complejidad de cada estudio, se podrá convocar a los representantes de:
- Municipios y Servicios Centro Comunal Zonal - Servicio de Estudios y Proyectos Viales - Servicio de Tierras y Vivienda - Unidad de Patrimonio y sus Comisiones Especiales Permanentes - Unidad de Integración de la Planificación de la Gerencia de Planificación Territorial - Unidad de Estudios de Impacto Territorial - Unidad de Expropiaciones y Topografía - Unidad de Gestión Territorial - Unidad de Control y Coordinación de Redes de Infraestructura Urbana. Sin perjuicio de cualquier otra dependencia que se considere relevante para la resolución de los temas.
CONSIDERANDO: que los Departamentos de Planificación, Desarrollo Ambiental y de Secretaría General entienden pertinente remitir estas actuaciones para el dictado de la correspondiente resolución;
LA INTENDENTA DE MONTEVIDEO
RESUELVE:
1.- Dejar sin efecto la Resolución N.º 64/03/6000 de 04/07/2003, dictada por la Unidad Central de Planificación Municipal.-
2.- Crear la “Comisión Asesora de Proyectos de Alineaciones” (CAPA).-
3.- Establecer que la CAPA tendrá los cometidos de asesorar a la Unidad Proyectos de Alineaciones y Modificación Predial de la Gerencia de Producción, Gestión y Análisis de la Información (GPGAI), en la resolución y diseño de los proyectos de modificación de alineaciones vigentes que se consideren relevantes o estratégicos para el desarrollo departamental y de revisar sistemáticamente las alineaciones vigentes de determinados polígonos a definir oportunamente, cuando así lo disponga esta Intendencia o quien se delegue.-
4.- Disponer que:
a) la coordinación administrativa y técnica de la nueva Comisión (CAPA) estará a cargo de la Unidad de Proyectos de Alineaciones y Modificación Predial (UPAMP), la cual convocará en cada instancia a sus integrantes, determinará los temas a tratar y elaborará las actas de cada sesión. b) las decisiones de los representantes designados o convocados por la CAPA, son de carácter vinculante y no se requiere la ratificación por escrito de la oficina a la cual representan. c) una vez acordada la modificación de alineaciones, y elaborado el proyecto correspondiente, el mismo deberá ser evaluado por la mesa técnica de trabajo de la UPAMP creada por la Resolución N.º 20/06/6000 de 20/02/2006 y sus posteriores modificaciones, a los efectos de validar las definiciones técnicas incorporadas en los gráficos correspondientes o en su defecto sugerir modificaciones o incorporaciones a estos, previo a su remisión a la GPGAI. d) dicha Mesa Técnica de Trabajo, estará conformada por funcionarios designados por la GPGAI a esos efectos.
5.- Establecer que la integración de la CAPA estará conformada por:
- La Unidad de Proyectos de Alineaciones y Modificación Predial y sus representantes serán: la Arq. Fabiana Raineri CI 3.281.159, la Ing. Agrim. Carol Pozzi CI 4.782.872 y la Ing. Agrim. Gabriela Piquet CI 1.867.748. - La Unidad del Plan de Ordenamiento Territorial, dependencia de la Gerencia de Planificación Territorial y sus representantes serán: las Arqs. Fernanda Villalba, CI 2.909.045 y Eleonora Leicht, CI 3.259.230. - El Servicio de Estudios y Proyecto de Saneamiento y sus representantes serán: las Sras. Lucía Larrea CI 3.265.094 como titular y a Silvia Ramos CI 2.834.381 como alterna. - La Unidad de Planificación de la Movilidad y sus representantes serán: las Sras. Patricia Abreu CI 1.934.546 como titular y Andrea Carámbula C.I. 1.896.768, como alterna. - según la complejidad de cada estudio, se podrá convocar a los representantes de:
- Municipios y Servicios Centro Comunal Zonal - Servicio de Estudios y Proyectos Viales - Servicio de Tierras y Vivienda - Unidad de Patrimonio y sus Comisiones Especiales Permanentes - Unidad de Integración de la Planificación de la Gerencia de Planificación Territorial - Unidad de Estudios de Impacto Territorial - Unidad de Expropiaciones y Topografía - Unidad de Gestión Territorial - Unidad de Control y Coordinación de Redes de Infraestructura Urbana. Sin perjuicio de cualquier otra dependencia que se considere relevante para la resolución de los temas.
6.- Disponer que los/as miembros de la Comisión Asesora de Proyectos de Alineaciones no percibirán retribuciones complementarias y desempeñarán funciones y tareas comprendidas en sus respectivas carreras, ni tampoco se dispondrá la creación y/o proyección de cargos en función de esta.-
7.- Comuníquese a los Departamentos de Planificación y de Desarrollo Ambiental, a las Gerencias de Planificación Territorial y de Producción, Gestión y Análisis de la Información, a las Unidades Plan de Ordenamiento Territorial, Planificación de la Movilidad y de Proyectos de Alineaciones y Modificación Predial, al Servicio de Estudios y Proyecto de Saneamiento y pase a la Unidad de Comisiones a sus efectos.-
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