Resolución N° 6059/23
Nro de Expediente:
2022-6410-98-000419
 
SECRETARIA GENERAL
Fecha de Aprobación:
19/12/2023


Tema:
COMISIONES/GRUPOS DE TRABAJO

Resumen:
COMISIÓN - SE DEJA SIN EFECTO LA RESOLUCIÓN N.º 64/03/6000 DE 04/07/03, SE CREA LA COMISIÓN ASESORA DE PROYECTOS DE ALINEACIONES (CAPA), SE ESTABLECE SUS COMETIDOS Y SE DESIGNAN SUS INTEGRANTES.-

Montevideo, 19 de Diciembre de 2023.-
 

                         VISTO: las presentes actuaciones promovidas por el Servicio de Regulación Territorial relacionadas con la creación de la Comisión denominada “Comisión Asesora de Proyectos de Alineaciones” (CAPA);

                         RESULTANDO: 1o.) que la Gerencia de Producción, Gestión y Análisis de la Información (GPGAI) solicita dejar sin efecto la Resolución Nº64/03/6000 de 04/07/2003, dictada por la Unidad Central de Planificación Municipal, mediante la cual se creó un grupo de trabajo con el fin de realizar la revisión sistemática de las afectaciones vigentes;

2o.) que promueve la creación de la Comisión denominada “Comisión Asesora de Proyectos de Alineaciones” (CAPA) con los cometidos de  asesorar a la Unidad Proyectos de Alineaciones y Modificación Predial de la Gerencia de Producción, Gestión y Análisis de la Información, en la resolución y diseño de los proyectos de modificación de alineaciones vigentes que se consideren relevantes o estratégicos para el desarrollo departamental y de revisar sistemáticamente las alineaciones vigentes de determinados polígonos a definir oportunamente, cuando así lo disponga esta Intendencia o quien ella delegue;

3o.) que sugiere asimismo la siguiente modalidad de trabajo:
- la coordinación administrativa y técnica de la nueva comisión (CAPA) estará a cargo de la Unidad de Proyectos de Alineaciones y Modificación Predial (UPAMP), la cual convocará en cada instancia a sus integrantes, determinará los temas a tratar y elaborará las actas de cada sesión.
- Esta dinámica de trabajo tiene como objetivo una gestión más eficiente, reduciendo los tiempos de elaboración de los proyectos de alineaciones, evitando la circulación de expedientes a los diferentes sectores involucrados en la resolución de cada proyecto.
- Los representantes designados o convocados para cada instancia de trabajo se comprometen a recabar la información requerida y realizar estudios para resolver los temas planteados.
- Las decisiones de los representantes designados o convocados por la CAPA, son de carácter vinculante y no se requiere la ratificación por escrito de la oficina a la cual representan.
- Una vez acordada la modificación de alineaciones, y elaborado el proyecto correspondiente, este deberá ser evaluado por la mesa técnica de trabajo de la UPAMP creada por la Res. 20/06/6000 de 20/02/2006 y sus posteriores modificaciones, a los efectos de validar las definiciones técnicas incorporadas en los gráficos correspondientes o en su defecto sugerir modificaciones o incorporaciones a los mismos, previo a su remisión a la GPGAI.
- Esta mesa técnica de trabajo, estará conformada por funcionarios designados por la GPGAI a esos efectos;

4o.) que además sugiere que la integración de la CAPA esté conformada por:
- La Unidad de Proyectos de Alineaciones y Modificación Predial y sus representantes serán: la Arq. Fabiana Raineri CI 3.281.159, la Ing. Agrim. Carol Pozzi CI 4.782.872 y la Ing. Agrim. Gabriela Piquet CI 1.867.748.  
- La Unidad del Plan de Ordenamiento Territorial, dependencia de la Gerencia de Planificación Territorial y sus representantes serán: las Arqs. Fernanda Villalba, CI 2.909.045 y Eleonora Leicht, CI 3.259.230.
- El Servicio de Estudios y Proyecto de Saneamiento y sus representantes serán: las Sras. Lucía Larrea C.I. 3.265.094 como titular y a Silvia Ramos C.I. 2.834.381 como alterna.
- La Unidad de Planificación de la Movilidad y sus representantes serán: las Sras. Patricia Abreu CI 1.934.546 como titular y Andrea Carámbula C.I. 1.896.768, como alterna.
- Y según la complejidad de cada estudio, se podrá convocar a los representantes de:

- Municipios y Servicios Centro Comunal Zonal
- Servicio de Estudios y Proyectos Viales
- Servicio de Tierras y Vivienda
- Unidad de Patrimonio y sus Comisiones Especiales Permanentes
- Unidad de Integración de la Planificación de la Gerencia de Planificación Territorial
- Unidad de Estudios de Impacto Territorial
- Unidad de Expropiaciones y Topografía
- Unidad de Gestión Territorial
- Unidad de Control y Coordinación de Redes de Infraestructura Urbana.
Sin perjuicio de cualquier otra dependencia que se considere relevante para la resolución de los temas.

                         CONSIDERANDO: que los Departamentos de Planificación, Desarrollo Ambiental y de Secretaría General entienden pertinente remitir estas actuaciones para el dictado de la correspondiente resolución;

LA INTENDENTA DE MONTEVIDEO

RESUELVE:

1.- Dejar sin efecto la Resolución N.º 64/03/6000 de 04/07/2003, dictada por la Unidad Central de Planificación Municipal.-

2.- Crear la “Comisión Asesora de Proyectos de Alineaciones” (CAPA).-

3.- Establecer que la CAPA tendrá los cometidos de asesorar a la Unidad Proyectos de Alineaciones y Modificación Predial de la Gerencia de Producción, Gestión y Análisis de la Información (GPGAI), en la resolución y diseño de los proyectos de modificación de alineaciones vigentes que se consideren relevantes o estratégicos para el desarrollo departamental y de revisar sistemáticamente las alineaciones vigentes de determinados polígonos a definir oportunamente, cuando así lo disponga esta Intendencia o quien se delegue.-

4.- Disponer que:

a) la coordinación administrativa y técnica de la nueva Comisión (CAPA) estará a cargo de la Unidad de Proyectos de Alineaciones y Modificación Predial (UPAMP), la cual convocará en cada instancia a sus integrantes, determinará los temas a tratar y elaborará las actas de cada sesión.
b) las decisiones de los representantes designados o convocados por la CAPA, son de carácter vinculante y no se requiere la ratificación por escrito de la oficina a la cual representan.
c) una vez acordada la modificación de alineaciones, y elaborado el proyecto correspondiente, el mismo deberá ser evaluado por la mesa técnica de trabajo de la UPAMP creada por la Resolución N.º 20/06/6000 de 20/02/2006 y sus posteriores modificaciones, a los efectos de validar las definiciones técnicas incorporadas en los gráficos correspondientes o en su defecto sugerir modificaciones o incorporaciones a estos, previo a su remisión a la GPGAI.
d) dicha Mesa Técnica de Trabajo, estará conformada por funcionarios designados por la GPGAI a esos efectos.

5.- Establecer que la integración de la CAPA estará conformada por:

- La Unidad de Proyectos de Alineaciones y Modificación Predial y sus representantes serán: la Arq. Fabiana Raineri CI 3.281.159, la Ing. Agrim. Carol Pozzi CI 4.782.872 y la Ing. Agrim. Gabriela Piquet CI 1.867.748.  
- La Unidad del Plan de Ordenamiento Territorial, dependencia de la Gerencia de Planificación Territorial y sus representantes serán: las Arqs. Fernanda Villalba, CI 2.909.045 y Eleonora Leicht, CI 3.259.230.
- El Servicio de Estudios y Proyecto de Saneamiento y sus representantes serán: las Sras. Lucía Larrea CI 3.265.094 como titular y a Silvia Ramos CI 2.834.381 como alterna.
- La Unidad de Planificación de la Movilidad y sus representantes serán: las Sras. Patricia Abreu CI 1.934.546 como titular y Andrea Carámbula C.I. 1.896.768, como alterna.
- según la complejidad de cada estudio, se podrá convocar a los representantes de:

- Municipios y Servicios Centro Comunal Zonal
- Servicio de Estudios y Proyectos Viales
- Servicio de Tierras y Vivienda
- Unidad de Patrimonio y sus Comisiones Especiales Permanentes
- Unidad de Integración de la Planificación de la Gerencia de Planificación Territorial
- Unidad de Estudios de Impacto Territorial
- Unidad de Expropiaciones y Topografía
- Unidad de Gestión Territorial
- Unidad de Control y Coordinación de Redes de Infraestructura Urbana.
Sin perjuicio de cualquier otra dependencia que se considere relevante para la resolución de los temas.

6.- Disponer que los/as miembros de la Comisión Asesora de Proyectos de Alineaciones no percibirán retribuciones complementarias y desempeñarán funciones y tareas comprendidas en sus respectivas carreras, ni tampoco se dispondrá la creación y/o proyección de cargos en función de esta.-

7.- Comuníquese a los Departamentos de Planificación y de Desarrollo Ambiental, a las Gerencias de Planificación Territorial y de Producción, Gestión y Análisis de la Información, a las Unidades Plan de Ordenamiento Territorial, Planificación de la Movilidad y de Proyectos de Alineaciones y Modificación Predial, al Servicio de Estudios y Proyecto de Saneamiento y pase a la Unidad de Comisiones a sus efectos.-

 

 

 

ANA CAROLINA COSSE GARRIDO, INTENDENTA DE MONTEVIDEO.-

OLGA BEATRIZ OTEGUI PINTOS, SECRETARIA GENERAL.-