Resolución N° 67/10
Nro de Expediente:
6003-001705-09
 
PLANIFICACION
Fecha de Aprobación:
4/1/2010


Tema:
VARIOS

Resumen:
Determinar la Política de Antivirus, a los efectos de establecer los requerimientos que deben cumplir todas las computadoras conectadas a la red de la Intendencia Municipal de Montevideo de forma de garantizar la detección y prevención de cualquier tipo de código malicioso.-

Montevideo, 4 de Enero de 2010.-
 
          VISTO: las presentes actuaciones relacionadas con la importancia de identificar y proteger los activos de información de la Intendencia Municipal de Montevideo;
          RESULTANDO: que esta Administración se ha trazado como objetivo el garantizar la continuidad de las principales operaciones y minimizar el impacto provocado por incidentes de seguridad, así como garantizar que la información distribuida o producida por la Organización mantenga su integridad y confidencialidad de forma apropiada y que la misma se encuentre disponible siempre que sea necesaria;
          CONSIDERANDO: 1º) que la Dirección de la División Tecnología de la Información, a fin de lograr estos cometidos, se ha abocado al desarrollo, implantación, mantenimiento y mejora continua de un Sistema de Gestión de la Seguridad de la Información;
          2º) que en ese marco corresponde asignar al área responsable de seguridad de la información, el mantenimiento de dicha política y el asesoramiento respecto a su implantación;
          3º) que se debe asegurar la operación correcta y segura de las instalaciones de procesamiento de información,
          4º) que se estima necesario que todo el personal de la Intendencia Municipal de Montevideo debe adherirse a esta política de seguridad;
          5º) que el Director General del Departamento de Planificación se manifiesta de conformidad a lo


          informado, estimando procedente el dictado de Resolución al respecto;
          EL INTENDENTE MUNICIPAL DE MONTEVIDEO
          RESUELVE:

          1. Determinar la siguiente Política de Antivirus, a los efectos de establecer los requerimientos que deben cumplir todas las computadoras conectadas a la red de la Intendencia Municipal de Montevideo (IMM) de forma de garantizar la detección y prevención de cualquier tipo de código malicioso (virus, troyanos, etc.). El alcance será de aplicación a todos los puestos de trabajo conectados a la red de la Intendencia Municipal de Montevideo, incluyendo los ubicados en el edificio sede y sitios externos, comprendiendo los equipos existentes y los futuros.
          a) Política
          i. Todas las computadoras conectadas a las red de la IMM deben tener instalado el antivirus estándar soportado.
          ii. Las computadoras que no tengan instalado el producto antivirus estándar soportado serán desconectadas de la red o conectadas a la subred de visitantes en la cual tendrán accesos restringidos.
          iii. Nadie podrá desinstalar ni detener la ejecución del programa antivirus, salvo los administradores en tareas de soporte.
          iv. El producto antivirus será configurado para una protección en tiempo real.
          v. Las definiciones de virus serán actualizadas como mínimo una vez por día.
          vi. Se realizarán verificaciones de virus automáticas, en todas las computadoras y servidores, como mínimo una vez por mes.
          vii. Nadie podrá detener las actualizaciones o las verificaciones de virus, salvo los administradores en tareas de soporte.
          viii. Las computadoras infectadas podrán ser desconectadas de la red hasta que se verifique que están libres de virus.
          b) Roles y responsabilidades
          Todos los usuarios de computadoras conectadas a la red de la IMM son responsables de minimizar el riesgo de infección de estas computadoras u otros sistemas o archivos, por el incumplimiento de las políticas establecidas y el seguimiento de las recomendaciones.
          c) Definiciones
          i. Código Malicioso/Malware (software malicioso): Hardware, firmware o software que es incluído o insertado intencionalmente en un sistema con el propósito de provocar daño.
          ii. Virus: Un programa de computadora auto-extraible que se propaga infectando otros programas, por ejemplo, insertando una copia de sí mismo.
          iii. Troyanos: Un programa de computadora que parece tener una función útil, pero oculta una potencial funcionalidad que evade mecanismos de seguridad.
          iv. Antivirus: Programas de computadora que intentan identificar, neutralizar o eliminar software malicioso (Malware).
          v. Spam: Envío indiscriminado de correo no solicitado, no deseado, irrelevante o inapropiado, especialmente propagandas comerciales en cantidades masivas. (RFC 4949)
          2. Establecer que la Política de Antivirus, deberá ser revisada anualmente a efectos de evaluar su implantación y modificada cuando así se requiera, a efectos del eficaz cumplimiento de sus objetivos.-
          3. Encomendar a la Asesoría Jurídica, la realización de los procedimientos pertinentes a los efectos de su incorporación al Digesto Municipal.-
          4. Comuníquese a Secretaría General; a Asesoría Jurídica y a todos los Departamentos y pase a la División Tecnología de la Información.-
RICARDO EHRLICH, Intendente Municipal.-
LIC. ANDREA VIGNOLO, Secretaria General (I).-