Resolución N° 722/18 | Nro de Expediente:
2016-5410-98-000167 |
ASESORIA JURIDICA | Fecha de Aprobación:
6/2/2018 |
Tema:
DIGESTO
Resumen:
Se modifica la reglamentación del artículo D.1774.83 del Capítulo XXIX.I del Título II del Volumen VI del Digesto Departamental relacionada a los alimentos que contienen organismos genéticamente modificados.-
Montevideo, 6 de Febrero de 2018.- |
Área de la cara principal cm2 | Altura mínima de las letras | Diámetro de los círculos (mm) | Altura letra T (mm) | Grosor de la letra T (mm) |
Mayor | Menor |
Mayor o igual a 40 y menor que 1000 | 1 | 12 | 4 | 3 | 0,5 |
Mayor o igual a 1000 | 2 | 24 | 8 | 6 | 1 |
La determinación del área de la cara principal debe ser efectuada a través de la multiplicación del mayor ancho por la mayor altura de la cara adoptada como cara principal, estando el envase cerrado, incluyendo la tapa.
El ancho de las letras de la leyenda deberá ser de 2/3 de su altura.
Artículo 2º.- Se admite, por un período de dos años desde la entrada en vigencia de la presente reglamentación, el uso de un logo transitorio de acuerdo a lo previsto en el artículo 3º. Posteriormente se exigirá que el etiquetado descripto en el Artículo 1º de la presente reglamentación esté incluido en el arte del rótulo.
Artículo 3º.- Logo transitorio a los solos efectos de ser utilizado en los casos de tener que agregarse al rotulado preexistente por técnica de "INJET": Se agrega en ANEXO II su diseño.
A continuación constan las medidas que debe tener.
Área de la cara principal cm2 | Altura mínima de las letras (mm) | Altura letra T (mm) | Grosor de la leyenda (mm) |
Mayor o igual a 40 y menor que 1000 | 3 | 6 | 1 |
Mayor o igual a 1000 | 5 | 10 | 2 |
2º.- El cumplimiento de esta reglamentación se comenzará a fiscalizar en un plazo de 6 meses desde su entrada en vigor.- ANEXO I (Logo)
ANEXO II (Logo transitorio)
3º.- Comuníquese al Departamento de Secretaría General para librar nota a la Junta Departamental de Montevideo, a todos los Municipios, a todos los Departamentos, a la División Salud, al Servicio de Regulación Alimentaria, y pase al Equipo Técnico de Actualización Normativa a sus efectos.-
|
|
ING. DANIEL MARTINEZ, Intendente de Montevideo.- |
FERNANDO NOPITSCH, Secretario General.- |
|
| |