Resolución N° 984/02
Nro de Expediente:
5010-001268-02
 
RECURSOS HUMANOS Y MATERIALES
Fecha de Aprobación:
12/3/2002


Tema:
COMPENSACIONES ADICIONALES

Resumen:
Se modifican los numerales 2º y 3º de la Resolución Nº 893/02 de 7 de marzo de 2002.-

Montevideo, 12 de Marzo de 2002.-
 
      VISTO: la Resolución Nº 893/02 de 7 de marzo de 2002;
      RESULTANDO: 1o.) que por la misma se estableció la nueva reglamentación, a los efectos del cálculo de la partida a entregar mensualmente a ADEP, de conformidad con lo dispuesto en el art. 53 del Decreto No. 26.229 de 17 de diciembre de 1993;
      2o.) que en el numeral 2º de la referida Resolución se estableció que "La presente resolución se aplicará a partir de la liquidación correspondiente al mes de febrero de 2002.- Teniendo en cuenta que en la actualidad hay 202 (doscientos dos) funcionarios con derecho al cobro del beneficio, la suma a transferir en esta oportunidad será de $ 1.010.000,oo (pesos uruguayos un millón diez mil);
      3o.) que la Dirección de la División Promoción Económica propicia la modificación del referido numeral, en el sentido de establecer que la suma en él establecida es la básica para el cálculo correspondiente al mes de febrero de 2002, la cual se abatirá de acuerdo con las incidencias que se registren en cada mes;
      4o.) que la erogación resultante será atendida con cargo a las Solicitudes Nos. 54363, 54364 y 54370, por lo que corresponde modificar también el numeral 3º de la Resolución Nº 893/02;
      CONSIDERANDO: que la Dirección General del Departamento de Recursos Humanos y Materiales estima conveniente el

      dictado de resolución en el sentido solicitado
      EL INTENDENTE MUNICIPAL DE MONTEVIDEO
      RESUELVE:
      1º-Modificar el numeral 2o.- de la Resolución Nº 893/02 de 7 de marzo de 2002, el que quedará redactado de la siguiente manera: "2o-La presente resolución se aplicará a partir de la liquidación correspondiente al mes de febrero de 2002.- Teniendo en cuenta que en la actualidad hay 202 (doscientos dos) funcionarios con derecho al cobro del beneficio, la suma básica de cálculo para el mes de febrero de 2002, se fija en $ 1.010.000,oo (pesos uruguayos un millón diez mil), la cual se abatirá de acuerdo con las incidencias que se registren en cada mes.-"
      2º.-Modificar el numeral 3º de la Resolución Nº 893/02 de 7 de marzo de 2002, el que quedará redactado de la siguiente manera: "3o.-La erogación resultante para el mes de febrero de 2002 será atendida con cargo a la solicitudes Nos. 54363, 54364 y 54370.-"
      3o.-Comuníquese a la Secretaría General, para la remisión de nota a A.D.E.P., a los Departamentos Jurídico y de Desarrollo Económico e Integración Regional, a la División Promoción Económica, a Casinos Municipales, y pase al Servicio de Contabilidad General, a sus efectos
ARQ. MARIANO ARANA, Intendente Municipal.-
DRA. MARIA JULIA MUÑOZ, Secretaria General.-