Resolución N° 0110/23
Nro de Expediente:
2021-9777-98-000053
 
SECRETARIA GENERAL
Fecha de Aprobación:
02/01/2023


Tema:
EXPROPIACIONES

Resumen:
EXPROPIACIÓN - SE DEJA SIN EFECTO LA EXPROPIACIÓN DEL PADRÓN N.º 80.009, SITO EN LA CALLE EUSEBIO VALDENEGRO, N.º 3551/53/57, UBICADO DENTRO DE LOS LÍMITES IIDEL SERVICIO CENTRO COMUNAL ZONAL N.º 15, MUNICIPIO C, CON DESTINO A RENOVACIÓN URBANA, DISPUESTA POR RESOLUCIÓN N.º 3687/21, DE 01/10/21.-

Montevideo, 02 de Enero de 2023.-
 

                         VISTO: la Resolución N.º 3687/21, de 01/10/21, por la cual se promulgó el Decreto N.º 37.846 y se designó para expropiar totalmente con toma urente de posesión el padrón N.º 80.009, sito en la calle Eusebio Valdenegro N.º 3551/53/57, entre las calles Pedro Trápani y Caicobé, ubicado dentro de los límites del Servicio Centro Comunal Zonal N.º 15, Municipio C, con destino a renovación urbana;

                         RESULTANDO: 1o.) que la Asesoría Jurídica del Departamento de Planificación informa que el proceso expropiatorio se ha visto detenido en mérito a que ha surgido un embargo del BPS contra uno de los herederos Tucci, quien además ha fallecido, y la ausencia de posibilidades presupuestales, por lo que sugiere dejar sin efecto la referida expropiación;

2o.) que la Unidad Gestión de Acceso al Suelo Urbano a su vez expresa que el referido inmueble cuenta con grado de protección 4, encontrándose ocupado desde hace muchos años, además de hallarse allí múltiples especies vegetales protegidas y expresa que vista todas estas condiciones y los múltiples intentos de expropiación, no es de interés para la cartera de tierra su uso como vivienda;

3o.) que los Departamentos de Desarrollo Urbano y de Planificación, de conformidad con lo informado, remiten las actuaciones promoviendo el dictado de resolución correspondiente que deje sin efecto la expropiación del Padrón N.º 80.009;

                         CONSIDERANDO: que corresponde dictar resolución en el sentido indicado;

LA INTENDENTA DE MONTEVIDEO

RESUELVE:

1.- Dejar sin efecto la expropiación del padrón N.º 80.009, sito en la calle Eusebio Valdenegro N.º 3551/53/57, entre las calles Pedro Trápani y Caicobé, ubicado dentro de los límites del Servicio Centro Comunal Zonal N.º 15, Municipio C, dispuesta por la Resolución N.º 3687/21, de 01/10/21, por los motivos indicados en la parte expositiva de la presente resolución.-

2.- Comuníquese al Municipio C, al Departamento de Desarrollo Urbano, a las Divisiones Asesoría Jurídica, Planificación Territorial, Administración de  Ingresos, a Contaduría General, a los Servicios de Escribanía, Centro Comunal Zonal Nº 15, a las Unidades de Expropiaciones, Normas Técnicas, a los Equipos Técnicos de Actualización Normativa, de Información Jurídica, a la Biblioteca Jurídica y pase al Departamento de Planificación y al Servicio de Escribanía para proseguir con los trámites pertinentes.-

 

 

ANA CAROLINA COSSE GARRIDO, INTENDENTA DE MONTEVIDEO.-

Federico Graña 1906070, SECRETARIO GENERAL (I).-