Resolución N° 0107/20
Nro de Expediente:
2019-4015-98-000032
 
GESTIÓN HUMANA Y RECURSOS MATERIALES
Fecha de Aprobación:
13/01/2020


Tema:
COMPENSACIONES ADICIONALES

Resumen:
SE PRORROGA EL PAGO DE LA COMPENSACIÓN ADICIONAL MENSUAL QUE PERCIBEN LOS FUNCIONARIOS CRES. BLANCA GARCÍA DA ROSA Y RAFAEL STRASUNAS, DESDE EL 1º DE ENERO Y HASTA EL 31 DE DICIEMBRE DE 2020.

Montevideo, 13 de Enero de 2020.-
 

                         VISTO: las presentes actuaciones promovidas por la Unidad Gestión Presupuestal del Departamento de Desarrollo Urbano;

                         RESULTANDO: 1º.) que solicita prorrogar la compensación adicional mensual que perciben la funcionaria Cra. Blanca García da Rosa y el funcionario Cr. Rafael Strasunas, cuya última prórroga fue dispuesta por Resoluciones Nº 4594/19 de fecha 23 de setiembre de 2019 y Nº 3834/19 de fecha 5 de agosto de 2019, respectivamente;

                                                      2º.) que el Departamento de Desarrollo Urbano se manifiesta de conformidad;

                                                      3º.) que el Servicio de Liquidación de Haberes informa que el monto actualizado de las compensaciones de que se trata es de $ 6.492,44 (pesos uruguayos seis mil cuatrocientos noventa y dos con 44/100) y $ 12.717,oo (pesos uruguayos doce mil setecientos diecisiete) respectivamente;

                         CONSIDERANDO: que la Dirección General del Departamento de Gestión Humana y Recursos Materiales estima procedente el dictado de resolución en tal sentido;


EL INTENDENTE DE MONTEVIDEO

RESUELVE:

1º.- Prorrogar el pago de la compensación adicional mensual de $ 6.492,44 (pesos uruguayos seis mil cuatrocientos noventa y dos con 44/100) que percibe la funcionaria Cra. Blanca García da Rosa, CI Nº 3.497.766, desde el 1º de enero y hasta el 31 de diciembre de 2020.-

2º.- Prorrogar el pago de la compensación adicional mensual de $ 12.717,oo (pesos uruguayos doce mil setecientos diecisiete) que percibe el funcionario Cr. Rafael Strasunas, CI Nº 2.891.844, desde el 1º de enero y hasta el 31 de diciembre de 2020.-

3º.- La erogación resultante será atendida con cargo a los códigos de Liquidación de Haberes correspondientes.-

4º.- Comuníquese a los Departamentos de Recursos Financieros y de Desarrollo Urbano, a los Servicios de Planeamiento Estratégico y Desarrollo de Personas y de Liquidación de Haberes, a las Unidades Información de Personal y Gestión Presupuestal del Departamento de Desarrollo Urbano, para la notificación correspondiente, y previa intervención de la Contaduría General pase al Servicio de Administración de Gestión Humana, a sus efectos.-

CHRISTIAN MARTÍN DI CANDIA CUÑA, INTENDENTE DE MONTEVIDEO.-

JORGE BURIANI PARDO, SECRETARIO GENERAL (I).-