VISTO: la renuncia presentada por el funcionario Sr. Mario Ferreira al cargo de Director General y Artístico de la Comedia Nacional, a partir del 31 de enero de 2022;
RESULTANDO: 1º.) que el funcionario ingresó el 1º de febrero de 2005, a la Unidad Comedia Nacional, para integrar su elenco, prorrogándose consecutivamente su contratación hasta el 17 de febrero de 2016, fecha en que renunció a su función de contrato de actor para tomar posesión del cargo de Director General y Artístico, dispuesta por Resolución Nº 587/16 de fecha 15 de febrero de 2016;
2º.) que la Unidad Comedia Nacional sugiere que el funcionario vuelva a integrar el elenco de la Comedia Nacional, en calidad de actor y con el Nivel y grado SIR que tenía asignado en su momento (Nivel I, Grado SIR 16), a partir del 1º de febrero de 2022;
CONSIDERANDO: 1º.) que el Equipo Técnico Asesoría Jurídica del Departamento de Gestión Humana y Recursos Materiales sugiere propiciar el dictado de un acto administrativo aceptando la renuncia del funcionario Sr. Mario Ferreira al cargo de Director General y Artístico de la Comedia Nacional, a partir del 31 de enero de 2022, y contratarlo como actor, en el Nivel I, Grado SIR 16, desde el 1º de febrero de 2022;
2º.) que la Dirección General del Departamento de Gestión Humana y Recursos Materiales estima procedente el dictado de resolución en tal sentido;
EL INTENDENTE DE MONTEVIDEO
RESUELVE:
1º.- Aceptar la renuncia presentada por el funcionario Sr. Mario Ferreira, CI Nº 1.968.814, al cargo de Director General y Artístico de la Comedia Nacional, a partir del 31 de enero de 2022.-
2º.- Contratar al citado funcionario en la Carrera 4201- Actor, Escalafón Cultural y Educativo, Subescalafón Cultural y Educativo Superior, Nivel I, Grado SIR 16, a partir del 1º de febrero y hasta el 31 de diciembre de 2022.-
3º.- Comuníquese a los Departamentos de Recursos Financieros y de Cultura, a las Divisiones Promoción Cultural y Administración de Personal, a los Servicios de Liquidación de Haberes y de Planeamiento Estratégico y Desarrollo de Personas, a las Unidades Información de Personal y Comedia Nacional, para la notificación correspondiente, y previa intervención de Contaduría General pase al Servicio de Planeamiento Estratégico y Desarrollo de Personas, a sus efectos.- |