VISTO: que por Resolución Nº 1080/04 de 15 de marzo de 2004 se dispuso conceder a la Sra. Judith Dos Santos, la viabilidad de uso para el funcionamiento de un establecimiento destinado a prostíbulo en el inmueble sito en la calle Daniel Muñoz Nº 2268;
RESULTANDO: 1o.) que en el año 2018 se solicitó el traslado al predio lindero del prostíbulo de referencia, viabilidad que se otorgó por Resolución No. 3351/18 de 25/7/18;
2o.) que por acta de 16 de julio de 2021, la comisión creada por Resolución Nº 6312, de 17/8/1972 e integrada de acuerdo a lo dispuesto por Resolución Nº 1582/21, de 26/04/21, que tiene el cometido de dictaminar en lo referente a la instalación o traslado de casas de huéspedes, informa que correspondería dejar sin efecto la Resolución Nº 1080/04 de 15/3/04 la cual otorgó la viabilidad de uso para prostíbulo ubicado en la calle Daniel Muñoz Nº 2268;
3o.) que el 30/12/21 la Prosecretaría General expresa su conformidad a lo sugerido;
CONSIDERANDO: que se entiende pertinente dictar resolución en el sentido indicado;
EL INTENDENTE DE MONTEVIDEO
RESUELVE:
1.- Dejar sin efecto la Resolución No. 1080/04 de 15 de marzo de 2004 por la cual se concedió la viabilidad de uso para el funcionamiento de un establecimiento destinado a prostíbulo en el inmueble sito en la calle Daniel Muñoz Nº 2268, otorgada a la Sra. Judith Dos Santos, CI 4.315.103-4.-
2.- Comuníquese a la Jefatura de Policía de Montevideo, al Municipio B, al Servicio Centro Comunal Zonal Nº 2, a la Unidad de Comisiones y pase al Servicio de Convivencia Departamental para la notificación correspondiente y demás efectos.-
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