Resolución N° 0152/25
Nro de Expediente:
2024-5268-98-000303
 
SECRETARIA GENERAL
Fecha de Aprobación:
13/01/2025


Tema:
MULTAS

Resumen:
PROYECTO DE DECRETO. SE SOLICITA ANUENCIA A LA JUNTA DEPARTAMENTAL DE MONTEVIDEO PARA APLICAR UNA MULTA DE UR 80 A LA EMPRESA URUCOMPANY SA, RESPONSABLE DEL LOCAL DENOMINADO MONTEVIDEO BEER COMPANY, UBICADO EN LA AV. LUIS ALBERTO DE HERRERA NO. 3420.-

Montevideo, 13 de Enero de 2025.-
 

                        VISTO: las presentes actuaciones relacionadas con el local denominado Montevideo Beer Company, responsabilidad de la empresa Urucompany SA, RUT 217682620014, sito en la Av. Luis Alberto de Herrera No. 3420;

                         RESULTANDO: 1o.)  que el Servicio de Convivencia Departamental informa que personal inspectivo constató que se transgredió lo establecido en el artículo D.2808, numeral 2 (De los Espectáculos Públicos, Volumen XIII del Digesto Departamental), (exceso de público, constatándose al momento de la inspección 674 personas, siendo la capacidad otorgada según permiso de 575), labrándose el Acta No. 21893, de 31/3/24;

                                                         2o.) que se otorgó vista de acuerdo a lo dispuesto por el artículo R.69 del Volumen II del Digesto Departamental a efectos de la formulación de descargos, sin que estos hayan sido presentado;

                                                       3o.) que en tal sentido el citado Servicio señala que corresponde aplicar una multa de UR 80, por la infracción constatada y de acuerdo a lo dispuesto en el artículo 8, literal A, numeral 21 del Decreto No. 21.626;

                                                       4o.) que la Prosecretaría General de conformidad remite las actuaciones para el dictado de la correspondiente resolución sancionatoria;

                         CONSIDERANDO: 1o.) que la normativa vigente fija en en unidades reajustables los montos de las multas que se aplican por transgredir las ordenanzas departamentales de acuerdo al Decreto Nº 34.134 de 12/04/12 y la Resolución Nº 2287/13 de 3/06/13;

2o.) que de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 19, numeral 30 de la Ley Nº 9.515 de 28/10/35, por las multas comprendidas entre UR 70 y UR 350 corresponde, previo a su aplicación, solicitar anuencia al Deliberativo Departamental;


       EL INTENDENTE DE MONTEVIDEO

RESUELVE:

 

1.- Remitir a consideración de la Junta Departamental de Montevideo el siguiente,

PROYECTO DE DECRETO:

Artículo 1.- Facúltase a la Intendencia de Montevideo para aplicar una multa de UR 80 (unidades reajustables ochenta) a la empresa Urucompany SA, RUT 217682620014, responsable del establecimiento denominado Montevideo Beer Company, ubicado en la Av. Luis Alberto de Herrera No. 3420,  por transgredir lo establecido en el artículo D.2808, numeral 2 (De los Espectáculos Públicos, Volumen XIII del Digesto Departamental) y de acuerdo a lo dispuesto en el artículo 8, literal A, numeral 21 del Decreto No. 21.626.-

Artículo 2.- Comuníquese.-

2.- Pase a la Junta Departamental de Montevideo a sus efectos.-

 

MAURICIO EMILIO ZUNINO CANEPA, INTENDENTE DE MONTEVIDEO.-

GUILLERMO JOSÉ MONCECCHI GIORDANO, ---.-