Resolución N° 0115/25
Nro de Expediente:
2023-3240-98-000323
 
DESARROLLO URBANO
Fecha de Aprobación:
13/01/2025


Tema:
MULTAS

Resumen:
MULTA. SE REMITE UN PROYECTO DE DECRETO A LA JUNTA DEPARTAMENTAL DE MONTEVIDEO PARA FACULTAR A IMPONER UNA MULTA DE 98 UR AL SR. MANUEL EMILIO CANTERA DIDI POR LAS OBRAS SIN PERMISO CONSTATADAS EN EL INMUEBLE EMPADRONADO CON EL N.º 11.234 UNIDAD 002, SITO CON FRENTES A LA AV. GRAL. SAN MARTÍN N.º 2399 Y A LA CALLE BLANDENGUES N.º 1440/42.

Montevideo, 13 de Enero de 2025.-
 

                  VISTO: las obras sin permiso constatadas en el inmueble empadronado con el N.º 11.234 unidad 002, sito con frentes a la Av. Gral. San Martín N.º 2399 y a la calle Blandengues N.º 1440/42, propiedad del Sr. Manuel Emilio Cantera Didi;

                 RESULTANDO: 1º) que el Servicio Contralor de la Edificación informa que: a) correspondería aplicar una multa de 98 UR, según lo que establece el literal A, numeral 4, artículo 15º del Decreto N.° 21.626 promulgado el 23/04/84, así como lo dispuesto por Resolución N.° 2287/13 del 03/06/13, tipo de infracción Grave - Media; b) la Administración ha agotado las instancias que han dado lugar a las presentes actuaciones; c) se dispuso el otorgamiento de la vista previa de precepto notificando al domicilio particular del Sr. Cantera así como en la dirección de la obra sin permiso según consta en obrados y d) no se presentaron descargos;

                                           2º) que la Gerencia de Permisos de Implantación y Construcción se manifiesta de conformidad;

                    CONSIDERANDO:  que en aplicación de lo preceptuado por el artículo 19º, numeral 30 de la Ley N.° 9.515 del 28/X/35 por multas comprendidas entre más de 70 UR y 350 UR corresponde solicitar anuencia al Deliberativo Departamental;

EL INTENDENTE DE MONTEVIDEO
RESUELVE:

 1º. Remitir a consideración de la Junta Departamental de Montevideo el siguiente:

PROYECTO DE DECRETO

ARTICULO 1º.- Autorízase a la Intendencia de Montevideo para imponer una multa de 98 UR (noventa y ocho unidades reajustables) al Sr. Manuel Emilio Cantera Didi, CI N.º 2.935.475-1, propietario del inmueble empadronado con el N.º 11.234 unidad 002, sito con frente a la Av. Gral. San Martín N.º 2399 y a la calle Blandengues N.º 1440/42 y con domicilio en Rbla. Mahatma Gandhi N.º 517/402, de acuerdo con lo que establece el numeral 4, literal A del Art. 15º del Decreto N.º 21.626 promulgado el 23/IV/84.-

ARTICULO 2º.- Comuníquese.-

2º. Comuníquese a la Gerencia de Permisos de Implantación y Construcción, a la División Asesoría de Desarrollo Municipal y Participación, al Servicio Contralor de la Edificación y pase al Departamento de Secretaría General para su remisión sin más trámite a la Junta Departamental de Montevideo.-

MAURICIO EMILIO ZUNINO CANEPA, INTENDENTE DE MONTEVIDEO.-

GUILLERMO JOSÉ MONCECCHI GIORDANO, ---.-