Resolución N° 0207/22
Nro de Expediente:
2021-2000-98-000021
 
GESTIÓN HUMANA Y RECURSOS MATERIALES
Fecha de Aprobación:
10/01/2022


Tema:
COMPENSACIONES ADICIONALES

Resumen:
COMPENSACIÓN ADICIONAL - SE PRORROGA EL PAGO A LA FUNCIONARIA DE LA PRESIDENCIA DE LA REPÚBLICA EN COMISIÓN EN ESTA INTENDENCIA, LIC. AGUSTINA NÚÑEZ, DE LA COMPENSACIÓN ESPECIAL MENSUAL EQUIVALENTE A LA DIFERENCIA ENTRE LA REMUNERACIÓN QUE PERCIBE EN SU ORGANISMO DE ORIGEN Y LA CORRESPONDIENTE A UN GRADO SIR 18 EN RÉGIMEN DE 40 HORAS SEMANALES DE LABOR, A PARTIR DEL 1º DE ENERO Y HASTA EL 31 DE DICIEMBRE DE 2022.-

Montevideo, 10 de Enero de 2022.-
 

                         VISTO: las presentes actuaciones promovidas por la Dirección General del Departamento de Recursos Financieros;

                         RESULTANDO: 1º.) que solicita prorrogar el pago de la compensación especial mensual equivalente a la diferencia entre la remuneración que percibe en su organismo de origen y la correspondiente a un Grado SIR 18 en régimen de 40 (cuarenta) horas semanales de labor, a la funcionaria de la Presidencia de la República en comisión en esta Intendencia, Lic. Agustina Nuñez, autorizada por Resolución Nº 2069/21 de fecha 7 de junio de 2021 y cuya última prórroga fue dispuesta por Resolución Nº 3701/21 de fecha 4 de octubre de 2021;

2º.) que el Servicio de Liquidación de Haberes informó en actuación N° 57 el monto de la compensación de que se trata;

                         CONSIDERANDO: que la Dirección General del Departamento de Gestión Humana y Recursos Materiales estima procedente el dictado de resolución en tal sentido;



EL INTENDENTE DE MONTEVIDEO

RESUELVE:

1º.- Prorrogar el pago a la funcionaria de la Presidencia de la República en comisión en esta Intendencia, Lic. Agustina Núñez, CI Nº 4.171.334, de la compensación especial mensual, según el monto indicado en actuación Nº 57, equivalente a la diferencia entre la remuneración que percibe en su organismo de origen y la correspondiente a un Grado SIR 18 en régimen de 40 (cuarenta) horas semanales de labor, a partir del 1º de enero y hasta el 31 de diciembre de 2022.-

2º.- Establecer que la erogación resultante será atendida con cargo a los códigos de Liquidación de Haberes correspondientes.-

3º.- Comuníquese al Departamento de Recursos Financieros, para la notificación correspondiente, al Servicio de Liquidación de Haberes, a la Unidad Información de Personal y previa intervención de Contaduría General pase al Servicio de Administración de Gestión Humana, a sus efectos.-

 

FEDERICO JOSÉ GRAÑA VIÑOLY, INTENDENTE DE MONTEVIDEO (I).-

GUILLERMO JOSÉ MONCECCHI GIORDANO, SECRETARIO GENERAL (I).-