VISTO: las presentes actuaciones relacionadas con modificación de alineaciones de la zona comprendida entre las calles Dr. Zelmar Riccetto, Umberto Pittamiglio, Carmen Garayalde y el Camino Cap. Mateo Tula Dufort expresado en el plano Nº 21087, dentro de los límites del C.C.Z. Nº 9, Municipio F;
RESULTANDO: 1º) que el Servicio de Regulación Territorial, informa que:
a) se inició expediente Nº 2019-6410-98-002577 a los efectos de solucionar posible contradicción existente entre los Proyectos de Modificación de Alineaciones expresados en los planos N° 20477 y N° 20563, en lo referente al espacio libre de 3.004 m2 ubicado sobre la actual calle Umberto Pittamiglio entre las calles Carmen Garayalde y Dr. Zelmar Riccetto;
b) la Mesa Técnica de Alineaciones indicó los antecedentes exitentes para el referido espacio libre:
- Plano N° 20231, aprobado según expediente N° B03028, por Decreto de la Junta Departamental N° 25739 de fecha 8 de octubre de 1992;
- Plano N° 20273 de setiembre de 1994, aprobado según expediente N° R01108, por Resolución N° 137/95 de fecha 16 de enero de 1995;
- Plano N° 20342 de marzo de 1997, aprobado según expediente N° R-01514, por Resolución N° 3732/97 de fecha 29 de setiembre de 1997;
- Plano N° 20477 de agosto de 2002, aprobado por Resolución N° 4477/02 de fecha 25 de noviembre de 2002;
- Plano N° 20563 de setiembre de 2005, aprobado por Decreto N° 31593 de fecha 09 de enero de 2005 y Resoluciones N° 4755/05 de fecha 24 de octubre de 2005 y N° 14/06/6000 de fecha 13 de enero de 2006;
- Plano de Mensura del Ing. Agrim. Pablo Moraes de setiembre de 2010, inscripto en la Dirección Nacional de Catastro el 13 de setiembre de 2010 con el N° 43424;
c) analizados los antecendentes se constató que:
- en los Plano N° 20273 y N° 20342 aparece como espacio libre toda la manzana comprendida entre las actuales calles Dr. Zelmar Riccetto, Umberto Pittamiglio, Carmen Garayalde y Camino Cap. Mateo Tula Dufort;
- en el Plano N° 20477 aparece como “Espacio Libre Existente a Suprimir”, el área de 3.004 m2 ubicado sobre la actual calle Umberto Pittamiglio entre las calles Carmen Garayalde y Dr. Zelmar Riccetto, manteniendose como “Espacio Libre Existente a Mantener” el resto del área de la manzana;
- esta desafectación de espacio libre existente surge por la iniciativa de esta Intendencia de ofrecer a la Administración Nacional de Educación Pública un terreno de propiedad municipal con destino a escuela, en el barrio de Núcleos Básicos Evolutivos “Teniente Rinaldi”, en la zona de Piedras Blancas;
- en el Plano N° 20563, el área de 3.004 m2 ubicada sobre la actual calle Umberto Pittamiglio entre las calles Carmen Garayalde y Dr. Zelmar Riccetto aparece como “Espacio Libre Existente a Mantener”, y el espacio libre existente en el resto de la manzana se suprime;
- en el Plano de Mensura del Ing. Agrim. Pablo Moraes de setiembre de 2010, inscripto en la Dirección Nacional de Catastro con fecha 13 de setiembre de 2010 con el N° 43424, se refiere al área de que trata estas actuaciones como "Fracción A" y la establece como espacio libre a mantener;
- de la superposición de los planos N° 20477 y 20563 se deduce que en la manzana entera se suprimió el espacio libre y visto que se informa que actualmente existe construido un edificio educativo de la ANEP, en lo que sería el lote 1 del Plano de Mensura del Ing. Agrim. Pablo Moraes de setiembre de 2010 y que existe asi mismo un espacio libre que se mantiene en los hechos como tal, y responde a la fracción A del referido Plano de Mensura, se sugiere proyectar un espacio libre que coincida con la fracción A del Plano de Mensura antes mencionado;
d) de lo anteriormente expuesto, se plantea un proyecto de modificación de alineaciones vigentes donde se proyecta un espacio libre que coincida con la fracción A del Plano de Mensura del Ing. Agrim. Pablo Moraes de setiembre de 2010, inscripto en la Dirección Nacional de Catastro con fecha 13 de setiembre de 2020 con el N° 43424, a los efectos de corregir la contradicción existente entre los planos N° 20477 y 20563;
e) el presente Proyecto de Modificación de Alineaciones toma como base el Plano de Mensura del Ing. Agrim. Pablo Moraes de setiembre de 2010, inscripto en la Dirección Nacional de Catastro con fecha 13 de setiembre de 2010 con el N° 43424;
f) El presente Proyecto de Modificación de Alineaciones modifica parcialmente:
- Plano N° 20273 de setiembre de 1994, aprobado según expediente N° R01108, por Resolución N° 137/95 con fecha 16 de enero de 1995;
- Plano N° 20342 de marzo de 1997, aprobado según expediente N° R-01514, por Resolución N° 3732/97 con fecha 29 de setiembre de 1997;
- Plano N° 20477 de agosto de 2002, aprobado por Resolución N° 4477/02 de fecha 25 de noviembre de 2002;
- Plano N° 20563 de setiembre de 2005, aprobado por Decreto N° 31593 de fecha 9 de enero de 2005 y Resoluciones N° 4755/05 del fecha 24 de octubre 2005 y N° 14/06/6000 de fecha 13 de enero de 2006;
2º) que la Mesa Técnica de Alineaciones informa que cumplió con el cotejo del Plano N° 21.087 referente al Proyecto de Modificación de Alineaciones de la zona comprendida entre las calles Dr. Zelmar Riccetto, Umberto Pittamiglio, Carmen Garayalde y el Camino Cap. Mateo Tula Dufort;
3º) que la División Planificación Territorial comparte lo informado por el Servicio de Regulación Territorial, estimando conveniente el dictado de resolución que apruebe el Proyecto de Modificación de Alineaciones;
CONSIDERANDO: que el Departamento de Planificación estima procedente el dictado de resolución correspondiente;
LA INTENDENTA DE MONTEVIDEO
RESUELVE:
1º. Aprobar el "Proyecto de Modificación de Alineaciones de la zona comprendida entre las calles Dr. Zelmar Riccetto, Umberto Pittamiglio, Carmen Garayalde y el Camino Cap. Mateo Tula Dufort", expresado en el plano Nº 21.087 del Servicio de Regulación Territorial, incorporado a obrados.-
2º. Establecer que el presente Proyecto de Modificación de Alineaciones entrará en vigencia a partir del 15 de febrero de 2021.-
3º. Comuníquese al Departamento de Desarrollo Urbano; al Municipio A; a la División Planificación Territorial; a los Servicios C.C.Z. Nº 18 y Escribanía y pase al Servicio de Regulación Territorial.- |