Resolución N° 0263/22
Nro de Expediente:
2021-6401-98-000015
 
PLANIFICACIÓN
Fecha de Aprobación:
10/01/2022


Tema:
CONVENIOS/CONTRATOS

Resumen:
ENCOMENDAR A LA CONTADURÍA GENERAL LA APERTURA DE UNA CUENTA EXTRAPRESUPUESTAL EN LA ÓRBITA DEL DEPARTAMENTO DE PLANIFICACIÓN, DENOMINADA “CONV IM-MVOT PLAN PARCIAL CENTRO E INVENT. PATRIMONIAL” PARA EL MANEJO DE LOS FONDOS PROVENIENTES DE MINISTERIO DE VIVIENDA Y ORDENAMIENTO TERRITORIAL-

Montevideo, 10 de Enero de 2022.-
 

VISTO: las presentes actuaciones promovidas por el Departamento de Planificación tendientes a la solicitud de creación de una cuenta extrapresupuestal;

RESULTANDO: 1º) que por Resolución Nº 4053/21 de fecha 25 de octubre de 2021 se aprobaron las cláusulas del convenio a suscribirse entre el Ministerio de Vivienda y Ordenamiento Territorial y esta Intendencia en el marco de lo dispuesto en los artículos 81 y 82 de la Ley Nº 18.308 (de Ordenamiento Territorial y Desarrollo Sostenible);

2º) que la División Planificación Territorial informa que:

a) en el marco del convenio de cooperación celebrado, antes mencionado, el Ministerio de Vivienda y Ordenamiento Territorial aportará a esta Intendencia la suma de $ 1.100.000 (pesos uruguayos un millón cien mil), distribuidos en 4 (cuatro) pagos de la siguiente manera:

- primer pago de $ 300.000 (pesos uruguayos trescientos mil) con la firma del convenio antes mencionado,

- segundo pago de $ 300.000 (pesos uruguayos trescientos mil) con la presentación de documento de avance con la identificación de tramos, conjuntos y áreas valiosas desde el punto de vista del patrimonio cultural para la realización de la Puesta de Manifiesto del Inventario de Protección Patrimonial del Centro y áreas de proximidad,

- tercer pago de $ 250.000 (pesos uruguayos doscientos cincuenta mil) con el avance de la propuesta de normativa urbana para las principales unidades o piezas urbanas (de oportunidad, de renovación o de protección entre otras) conformando uno de los componentes del Plan Parcial de Ordenación y Revitalización del Centro, a partir de la identificación de elementos, tramos, conjuntos y zonas de valor patrimonial identificadas en el Inventario de Protección Patrimonial del Centro y áreas de proximidad,

- cuarto pago de $ 250.000 (pesos uruguayos doscientos cincuenta mil) con la presentación de la propuesta de normativa urbana para el Centro de Montevideo y áreas adyacentes, en todo el ámbito de actuación definido como insumo de uno de los componentes del Plan Parcial de Ordenación y Revitalización del Centro tendientes a la puesta de manifiesto de este instrumento;

b) a los efectos de administrar los recursos para dar cumplimiento a los objetivos referidos en el convenio, sería necesaria la creación por parte del Servicio de Contaduría General, de una cuenta extrapresupuestal a ser gestionada por la División Planificación Territorial, para la cual se promueve el dictado de resolución en el sentido indicado;

3º) que se entiende pertinente la creación de una cuenta extrapresupuestal denominada “Conv IM-MVOT Plan Parcial Centro e Invent. Patrimonial” para el manejo de los fondos provenientes del Ministerio de Vivienda y Ordenamiento Territorial, siendo gestionada por la División Planificación Territorial (Unidad 6400);

CONSIDERANDO: que el Departamento de Planificación estima procendente el dictado de resolución en el sentido indicado;

EL INTENDENTE DE MONTEVIDEO
RESUELVE:

1º. Encomendar a la Contaduría General la apertura de una cuenta extrapresupuestal en la órbita del Departamento de Planificación, denominada “Conv IM-MVOT Plan Parcial Centro e Invent. Patrimonial” para el manejo de los fondos provenientes del Ministerio de Vivienda y Ordenamiento Territorial, en el marco del convenio aprobado por Resolución Nº 4053/21 de fecha 25 de octubre de 2021, gestionada por la División Planificación Territorial (Unidad 6400).-

2º. Comuníquese a los Departamentos de Desarrollo Urbano; Movilidad; Recursos Financieros y Secretaría General, al Municipio B, a la División Planificación Territorial; Asesoría Jurídica; al Servicio Centro Comunal Zonal Nº 2; a las Unidades Plan de Ordenamiento Territorial y Protección del Patrimonio y pase a la Contaduría General a sus efectos.-

FEDERICO JOSÉ GRAÑA VIÑOLY, INTENDENTE DE MONTEVIDEO (I).-

GUILLERMO JOSÉ MONCECCHI GIORDANO, SECRETARIO GENERAL (I).-