VISTO: que se solicitó regularizar el establecimiento del Círculo de Tenis de Montevideo destinado a club social y deportivo con salones de fiestas con capacidad para 150 personas ubicado en los predios empadronados con los Nos. 198.745 (fracción 1), 57.622 (fracción 2), 57.636, 57.623 y 198.746 (fracción 3), sitos con frentes a la Avda. Lucas J. Obes Nos. 937/917 y a la calle José Luis María Cordero Nos. 3519/3611;
RESULTANDO: 1º) que por Resolución N.º 5377/12 del 3/XII/12 se autorizó con carácter temporal la viabilidad de uso para dicho establecimiento;
2º) que el Servicio Contralor de la Edificación informa que: a) el establecimiento cuenta con habilitación comercial en curso con observaciones sin levantar (expediente N.º 4112-008482-14); b) con fecha 27 de setiembre del 2021 se notificó a la empresa que se revocarían las actuaciones, confiriendo 10 (diez) días de plazo para tomar vistas de lo actuado, sin que se presentaran descargos; c) no surgen permisos de construcción tramitados con posterioridad a la gestión de viabilidad de usos para los padrones involucrados y d) por lo expuesto, se entiende que corresponde proceder a la revocación de la viabilidad de uso autorizada;
3º) que la División Espacios Públicos y Edificaciones se manifiesta de conformidad;
CONSIDERANDO: que la Dirección General del Departamento de Desarrollo Urbano entiende pertinente el dictado de resolución en tal sentido;
EL INTENDENTE DE MONTEVIDEO
RESUELVE:
1º. Revocar la viabilidad de uso autorizada por Resolución N.º 5377/12 del 3/XII/12 que regularizó el establecimiento del Círculo de Tenis de Montevideo destinado a club social y deportivo, con salones de fiestas con capacidad para 150 personas ubicado en los predios empadronados con los Nos. 198.745 (fracción 1), 57.622 (fracción 2), 57.636, 57.623 y 198.746 (fracción 3), sitos con frentes a la Avda. Lucas J. Obes Nos. 937/917 y a la calle José Luis María Cordero Nos. 3519/3611, por las razones mencionadas en la parte expositiva de la presente resolución.-
2°. Comuníquese al Municipio C, a las Divisiones Tránsito y Limpieza, a los Servicios Centro Comunal Zonal Nos. 15 y 16 y de Instalaciones Mecánicas y Eléctricas, de Ingeniería de Tránsito y pase al Servicio Contralor de la Edificación. |