VISTO: las presentes actuaciones relacionadas con el estado de salud de la funcionaria Sra. Romina Patrón, quien se desempeña en la Unidad Asesoría;
RESULTANDO: 1º.) que fue sometida a examen médico por un Tribunal integrado al efecto que dictaminó que realice tareas con poco estrés y en lo posible relacionadas con lo sociocultural, a partir del 12 de octubre de 2021 y por el término de 3 (tres) meses;
2º.) que la citada Unidad informa que no cuenta con tareas como las indicadas en el resultando precedente para asignarle a la referida funcionaria;
3º.) que el Grupo de Trabajo en Reconversión y Reinserción Laboral sugiere incluirla en el régimen de limitación de tareas, a partir del 12 de octubre de 2021 y por el término de 3 (tres) meses y trasladarla al Municipio C, por un período de 6 (seis) meses sujeta a evaluación, desempeñando tareas propias de su cargo presupuestal, con las limitaciones aconsejadas por el Tribunal Médico;
4º.) que el Municipio C, la División Asesoría de Desarrollo Municipal y Participación, la Unidad Asesoría y la División Asesoría Jurídica se manifiestan de conformidad;
CONSIDERANDO: que la Dirección General del Departamento de Gestión Humana y Recursos Materiales estima procedente el dictado de resolución en tal sentido;
EL INTENDENTE DE MONTEVIDEO
RESUELVE:
1º.- Incluir en el régimen de limitación de tareas a la funcionaria Sra. Romina Patrón, CI Nº 4.526.462, desempeñando tareas propias de su cargo presupuestal, con las limitaciones aconsejadas por el Tribunal Médico, a partir del 12 de octubre de 2021 y por el término de 3 (tres) meses, al amparo de lo dispuesto en los Arts. R.343 y R.344 del Vol. III del Digesto.-
2º.- Trasladar a la referida funcionaria al Municipio C, a partir de la notificación de la presente resolución, a prueba por 6 (seis) meses sujeta a evaluación.-
3º.- Establecer que la referida funcionaria deberá ser sometida a nuevo examen médico por distinto Tribunal que al respecto designará la Unidad de Certificaciones Médicas.-
4º.- Comuníquese al Departamento de Secretaría General, al Municipio C, a las Divisiones Asesoría Jurídica y Administración de Personal, a los Servicios de Liquidación de Haberes y de Planeamiento Estratégico y Desarrollo de Personas, a las Unidades Información de Personal, Certificaciones Médicas y Asesoría, para la notificación correspondiente y pase por su orden, al Servicio de Administración de Gestión Humana, a sus efectos, debiendo volver las presentes actuaciones a la Unidad de Certificaciones Médicas en forma inmediata.- |