VISTO: las presentes actuaciones promovidas por el Departamento de Movilidad;
RESULTANDO: 1º.) que la funcionaria Sra. Mauricia Martínez presentó renuncia por motivos personales, desde el 20 de diciembre de 2021, a la asignación de tareas y responsabilidades del puesto D4741-0– Dirección Servicio Inspección de Tránsito, dispuesta por Resolución Nº 1157/21 de fecha 15 de marzo de 2021 y prorrogada por Resolución N° 2719/21 de fecha 26 de julio de 2021;
2º.) que según lo acordado por los Departamentos de Secretaría General y de Movilidad se solicita designar de forma interina para dicho cargo al Sr. Marcos Pérez, quien seguirá desempeñando su tarea como Gerente del Servicio de Convivencia Departamental;
3º.) que el Servicio de Planeamiento Estratégico y Desarrollo de Personas informa que no existen impedimentos normativos para asignar las tareas y responsabilidades en el puesto D4741-0 – Dirección Servicio Inspección de Tránsito, al funcionario Sr. Marcos Pérez, al amparo de lo dispuesto en los Arts. D.131.1 y R.351.2 y ss. del Vol. III del Digesto;
4º.) que la División Administración de Personal sugiere acceder a lo solicitado;
CONSIDERANDO: que la Dirección General del Departamento de Gestión Humana y Recursos Materiales estima procedente dictar resolución en tal sentido;
EL INTENDENTE DE MONTEVIDEO
RESUELVE:
1º.- Dejar sin efecto, desde 20 de diciembre de 2021, la asignación de tareas y responsabilidades de la funcionaria Sra. Mauricia Martínez, CI Nº 2.739.290 en el puesto D4741-0 – Dirección Servicio Inspección de Tránsito, cuya última prórroga fue dispuesta por Resolución N° 2719/21 de fecha 26 de julio de 2021.-
2º.- Asignar al funcionario Sr. Marcos Pérez, CI Nº 1.706.628, las tareas y responsabilidades del puesto D4741-0 – Dirección Servicio Inspección de Tránsito perteneciente al Escalafón Conducción, Subescalafón Dirección (D3), Nivel de Carrera II, Grado SIR 16, a partir de la notificación de la presente resolución y hasta tanto la vacante se llene por concurso o por el término de 6 (seis) meses.-
3º.- Establecer que el citado funcionario mantendrá su asignación de tareas y responsabilidades como Gerente del Servicio de Convivencia Departamental.-
4º.- Disponer que el funcionario percibirá la diferencia de remuneración existente entre la del puesto que ocupa actualmente y la correspondiente a la del cargo cuyas tareas y responsabilidades se le asignan, de conformidad con el Art. D.131.1 del Volumen III del Digesto.-
5º.-Comuníquese a los Departamentos de Secretaría General y Movilidad, para las notificaciones correspondientes, a la Prosecretaría General, a las Divisiones Administración de Personal y Tránsito, a los Servicios de Planeamiento Estratégico y Desarrollo de Personas y de Liquidación de Haberes, a la Unidad Información de Personal, y previa intervención de Contaduría General pase al Servicio de Administración de Gestión Humana, a sus efectos.- |