Resolución N° 0071/20
Nro de Expediente:
2019-8014-98-000247
 
GESTIÓN HUMANA Y RECURSOS MATERIALES
Fecha de Aprobación:
13/01/2020


Tema:
VARIOS

Resumen:
SE AUTORIZA A LA FUNCIONARIA DE LA INTENDENCIA DE TACUAREMBÓ, EN COMISIÓN EN ESTA INTENDENCIA, SRA. SANDRA QUIROGA, A REALIZAR HASTA 80 HORAS EXTRAS DE LABOR MENSUALES, POR EL PERÍODO COMPRENDIDO ENTRE EL 1º DE NOVIEMBRE Y EL 31 DE DICIEMBRE DE 2019 Y HASTA 150 HORAS EXTRAS DE LABOR MENSUALES, POR EL PERÍODO COMPRENDIDO ENTRE EL 1º DE ENERO Y EL 30 DE ABRIL DE 2020.-

Montevideo, 13 de Enero de 2020.-
 

                         VISTO: las presentes actuaciones promovidas por la Gerencia de Festejos y Espectáculos;

                         RESULTANDO: 1º.) que solicita autorizar a la funcionaria de la Intendencia de Tacuarembó en comisión en esta Administración, Sra. Sandra Quiroga, la realización de hasta 80 (ochenta) horas extras de labor mensuales, por el período comprendido entre el 1º de noviembre y el 31 de diciembre de 2019 y hasta 150 (ciento cincuenta) horas extras de labor mensuales, por el período comprendido entre el 1º de enero y el 30 de abril de 2020, para el desarrollo de actividades propias de la Gerencia y por ser referente de coordinación con las Sociedades Tradicionalistas para los distintos eventos;
                                                           2º.) que el Departamento de Cultura se manifiesta de conformidad;

                         CONSIDERANDO: que el Departamento de Gestión Humana y Recursos Materiales estima procedente el dictado de resolución en el sentido solicitado;



EL INTENDENTE DE MONTEVIDEO

RESUELVE:

1º. Autorizar a la funcionaria de la Intendencia de Tacuarembó, en comisión en esta Intendencia, Sra. Sandra Quiroga, CI Nº 3.745.754, a realizar hasta 80 (ochenta) horas extras de labor mensuales, por el período comprendido entre el 1º de noviembre y el 31 de diciembre de 2019 y hasta 150 (ciento cincuenta) horas extras de labor mensuales, por el período comprendido entre el 1º de enero y el 30 de abril de 2020.-

2º. Comuníquese a los Departamentos de Recursos Financieros y de Cultura, a la Gerencia de Festejos y Espectáculos, para la notificación correspondiente, a los Servicios de Planeamiento Estratégico y Desarrollo de Personas y de Liquidación de Haberes y pase al Servicio de Administración de Gestión Humana, para su remisión a la Unidad Información de Personal, para su conocimiento y demás efectos.-

 

 

CHRISTIAN MARTÍN DI CANDIA CUÑA, INTENDENTE DE MONTEVIDEO.-

JORGE BURIANI PARDO, SECRETARIO GENERAL (I).-