Resolución N° 0052/24
Nro de Expediente:
2023-1484-98-000066
 
GESTIÓN HUMANA Y RECURSOS MATERIALES
Fecha de Aprobación:
02/01/2024


Tema:
BAJAS DE FUNCIONARIOS/AS

Resumen:
BAJAS - SE DA DE BAJA POR INCAPACIDAD TOTAL, A PARTIR DEL 1º DE ENERO DE 2024, PARA ACOGERSE A LOS BENEFICIOS JUBILATORIOS, A LA FUNCIONARIA SRA. MOIRA DOMINICI.-

Montevideo, 02 de Enero de 2024.-
 

                              VISTO: las presentes actuaciones relacionadas con el estado de salud de la funcionaria Sra. Moira Dominici, quien se desempeña en la Unidad Fúnebre;

                             RESULTANDO: 1º.) que por Resolución Nº 554/23/5000 de fecha 7 de agosto de 2023 se le otorgó licencia con goce de sueldo mientras se tramitaba su jubilación por incapacidad total a partir del 1º de julio de 2023 y por el término de 6 (seis) meses;

2º.) que la Unidad Cuentas Personales informa que la mencionada funcionaria, aceptó la jubilación definitiva, por lo cual debería ser dada de baja para ampararse a los beneficios jubilatorios por imposibilidad total a partir del 1º de enero de 2024;

3º.) que la Unidad Información de Personal comunica que no cuenta con sanciones ni sumarios pendientes con la Administración;

                          CONSIDERANDO: que la Dirección General del Departamento de Gestión Humana y Recursos Materiales estima procedente el dictado de resolución correspondiente;

 

EL INTENDENTE DE MONTEVIDEO

RESUELVE:

1º.- Dar de baja por incapacidad total a partir del 1º de enero de 2024, para acogerse a los beneficios jubilatorios, a la funcionaria Sra. Moira Dominici, CI Nº 2.936.696.-

2º.- Facultar al Servicio Gestión de Retribuciones a retener eventuales adeudos que mantenga con esta Intendencia.-

3º.- Otorgar 60 (sesenta) días a partir del último aporte como funcionaria activa para que gestione ante el Servicio Gestión de Retribuciones de esta Intendencia su beneficio del Seguro de Salud y el de su cónyuge o concubino/a si lo hubiere, con la presentación del recibo del BPS que acredite su calidad de jubilada y constancia de afiliación mutual por FONASA, bajo apercibimiento de que vencido dicho plazo se dará la baja del mencionado Seguro de Salud.-

4º.- Advertir que en caso de continuar afiliada al Seguro de Salud y ser socia de mutualista particular (con excepción de CASMU, ASOCIACIÓN. ESPAÑOLA, CÍRCULO CATÓLICO y HOSPITAL EVANGÉLICO) deberá presentar recibo mutual pago como socia particular o constancia de estar al día con el pago de la mutualista como socia particular o a través del Sistema Nacional Integrado de Salud, una vez al año. Si finalizado el año civil no se realizara la presentación, se procederá a la baja en el mes de enero del año siguiente conforme a lo dispuesto por Resolución Nº 1003/14/5000 de fecha 10 de noviembre de 2014.-

5º.- Comuníquese al Departamento de Desarrollo Social, a la División Salud, a los Servicios de Planeamiento Estratégico de Gestión Humana, Gestión de Retribuciones y Fúnebre y Necrópolis, a las Unidades Fúnebre, Información de Personal, Liquidación de Beneficios, Cuentas Personales, Certificaciones Médicas, Comunicaciones a Sistemas Informáticos y Centro de Vistas y Notificaciones, para la notificación correspondiente, y pase al Servicio de Administración de Gestión Humana, a sus efectos.-

 

 

 

 

MAURICIO EMILIO ZUNINO CANEPA, INTENDENTE DE MONTEVIDEO (I).-

GUILLERMO JOSÉ MONCECCHI GIORDANO, SECRETARIO GENERAL (I).-