Resolución N° 0024/25
Nro de Expediente:
2024-2536-98-000053
 
DESARROLLO SOCIAL
Fecha de Aprobación:
07/01/2025


Tema:
CONVENIOS/CONTRATOS

Resumen:
CONVALIDAR LO ACTUADO Y APROBAR EL TEXTO DE ACUERDO DE ACTUACIÓN A SUSCRIBIRSE ENTRE LA JUNTA DEPARTAMENTAL DE MONTEVIDEO Y ESTA INTENDENCIA, EN EL MARCO DEL PROYECTO “CONCEJO DE NIÑAS Y NIÑOS”

Montevideo, 07 de Enero de 2025.-
 

                VISTO: las presentes actuaciones iniciadas por la Secretaría de Educación para la Ciudadanía, relacionadas con el texto de acuerdo de actuación a suscribirse entre la Junta Departamental de Montevideo y esta Intendencia, en el marco del proyecto "Concejo de Niñas y Niños";

                RESULTANDO: 1o.) que la citada Secretaría desarrolla políticas públicas departamentales con la mirada puesta en la formación de ciudadana;

2o.) que el proyecto "Concejo de Niños y Niñas", cuenta con instancias de talleres formativos en derechos humanos, participación y construcción de ciudadanía, así como actividades de integración entre quienes participan y sesiones de representantes, en las cuales los niños y las niñas presentan propuestas para su comunidad, su barrio y la ciudad;

3o.) que el acuerdo que se propicia se suscribirá con el propósito de establecer un marco institucional que facilite la realización de actividades en sus respectivas áreas de competencia, ya que para esta edición acordaron en forma específica la realización de una sesión el día 20 de noviembre de 2024 en la Sala de Sesiones de la Junta Departamental en la que se contó con la operativa necesaria para llevara adelante, esto es, equipo técnico, taquigrafía para el registro de la instancia y lo que consideren necesario para el desarrollo de la asamblea;

4o.) que la Secretaría de Educación para la Ciudadanía solicita se convalide lo actuado y se apruebe el texto de acuerdo de actuación a suscribirse con la Junta Departamental de Montevideo en el marco del "Consejo de Niñas y Niños";

5o.) que la Unidad de Convenios y Asesoría Legal elevó el texto propuesto del acuerdo a ser suscrito entre las partes, el que rigió únicamente para el 20 de noviembre de 2024;

6o.) que el Equipo Técnico Contralor de Contratos formuló observaciones al texto original tratado, las que fueron recogidas y consignadas en el presente, cuya aprobación se propicia;

7o.) que la División Políticas Sociales manifiesta su conformidad con lo solicitado;

                CONSIDERANDO: 1o.) que la Dirección General del Departamento de Desarrollo Social manifestó su conformidad y estima pertinente el dictado de resolución en el sentido indicado;

2o.) que a los efectos de dotar de mayor agilidad al sistema asegurando su ejercicio eficiente se entiende conveniente hacer uso del mecanismo previsto en el artículo 280 de la Constitución de la República;

EL INTENDENTE DE MONTEVIDEO

RESUELVE:

1.- Convalidar lo actuado y aprobar el texto de acuerdo de actuación a suscribirse entre la Junta Departamental de Montevideo y esta Intendencia, en el marco del proyecto "Concejo de Niñas y Niños", en los siguientes términos:

ACUERDO DE ACTUACIÓN

Proyecto CONCEJO DE NIÑAS Y NIÑOS

Intendencia de Montevideo y Junta Departamental de Montevideo

En la ciudad de Montevideo, el día _______ de _______ de dos mil veinticuatro, entre:

Por una parte: La Junta Departamental de Montevideo en adelante "la Junta", inscripta en el Registro Único Tributario de la Dirección General Impositiva con el número 214561480012, representada en este acto por el/la Sr/Sra. ____________ y el/la Sr/Sra. _________ en sus calidades de __________ y de __________ respectivamente.-

Y por otra parte: La Intendencia de Montevideo en adelante "la IdeM", inscripta en el Registro Único Tributario de la Dirección General Impositiva con el número 211763350018, representada en este acto por el/la Sr/Sra. ____________, en su calidad de __________, quienes suscriben un acuerdo de actuación, en el marco del Proyecto Concejo de Niños y Niñas, gestionado por la Secretaría de Educación para la Ciudadanía del Departamento de Desarrollo Social de la IdeM.-

PRIMERO • ANTECEDENTES: El proyecto Concejo de Niños y Niñas, cuenta con instancias de talleres formativos en Derechos Humanos, participación y construcción de ciudadanía; así como actividades de integración entre quienes participan y sesiones de representantes, en las cuales niños y niñas presentan propuestas para su comunidad, su barrio y la ciudad.-

SEGUNDO • OBJETO: Los comparecientes celebran el presente Acuerdo, con el propósito de establecer un marco institucional que facilite la realización de actividades, en sus respectivas áreas de competencia. Para esta edición acuerdan en forma específica, la realización de una sesión el día 20 de noviembre de 2024 en la Sala de Sesiones de la Junta Departamental en la que contarán con la operativa necesaria para llevar adelante la misma, esto es, equipo técnico, taquigrafía para el registro de la instancia y lo que consideren necesario para el desarrollo de la asamblea.-

TERCERO • IMPLEMENTACIÓN: Para el cumplimiento de este Acuerdo, las Partes convienen en desarrollar las siguientes acciones: A) Disponer la presencia de los/as funcionarios/as de protocolo para el cumplimiento de las normas previstas de uso de las instalaciones de la Junta; B) La IdeM se ocupará de los traslados, seguridad y la participación de los niños y niñas, así como de referentes responsables durante todas las instancias de visitas.-

CUARTO • PLANIFICACIÓN: Las actividades detalladas incluirán el intercambio de información y el desarrollo de las reuniones de planificación necesarias.-

QUINTO • PROPIEDAD INTELECTUAL: Los estudios, proyectos, informes y demás documentos que se elaboren en el marco de este Acuerdo, serán propiedad intelectual común del Gobierno Departamental. Los/as profesionales que intervengan en su preparación no podrán hacer uso de ellos con fines lucrativos, pero podrán citarlos o describirlos como antecedentes de su actividad técnico-profesional y presentarlos en congresos u otros eventos académicos, con la obligación de mencionar al órgano al cual pertenece la propiedad intelectual.-

SEXTO • DERECHO IMAGEN: A) Derechos de Imagen: En lo que refiere a los derechos de imagen de los participantes, será de aplicación lo establecido en el inciso final del artículo 21 de la ley Nº 9739; B) Otros derechos: La Secretaría de Educación para la Ciudadanía, deberá gestionar los consentimientos correspondientes de los participantes en la actividad.-

SÉPTIMO • PLAZO: El presente acuerdo regirá únicamente para el día 20 de noviembre de 2024.-

OCTAVO • DOMICILIOS ESPECIALES: Las partes constituyen domicilios especiales a todos los efectos derivados de este contrato, en los indicados como suyos en la comparecencia.-

NOVENO • COMUNICACIONES: Cualquier notificación o intimación que deban realizarse las partes, se tendrá por válidamente efectuada si es hecha a los domicilios constituidos en este documento, por medio de telegrama colacionado o cualquier otro medio que diera certeza de su realización.-

En prueba de conformidad las partes firman 2 (dos) ejemplares de idéntico tenor y valor en el lugar y fecha indicados en el acápite.-

2.- Delegar en la Dirección General del Departamento de Desarrollo Social la facultad de firmar el texto de acuerdo de actuación que se aprueba por el numeral primero.-

3.- Comuníquese a los Departamentos de Secretaría General y de Desarrollo Social, a las Divisiones de Políticas Sociales y de Asesoría Jurídica, al Servicio de Escribanía, a la Unidad de Convenios y Asesoría Legal, a la Unidad Central de Auditoría Interna y pase por su orden a la Unidad Contralor de Liquidaciones de Convenios, Compensaciones y Garantías (para su conocimiento) y a la Secretaría de Educación para la Ciudadanía a efectos de proseguir con el trámite para la rúbrica entre las partes.-

GUILLERMO JOSÉ MONCECCHI GIORDANO, SECRETARIO GENERAL (I).-

FEDERICO JOSÉ GRAÑA VIÑOLY, INTENDENTE DE MONTEVIDEO (I).-