Resolución N° 0226/21
Nro de Expediente:
2020-1001-98-001621
 
RECURSOS FINANCIEROS
Fecha de Aprobación:
11/01/2021


Tema:
VARIOS

Resumen:
SE REMITE A LA JUNTA DEPARTAMENTAL DE MONTEVIDEO UN PROYECTO DE DECRETO PARA MODIFICAR EL ARTÍCULO 5 DEL DECRETO NO. 37.546, DISPONIENDO LA AGREGACIÓN DEL NUMERAL 7ª EN EL CUAL SE INCLUYE EL SECTOR DE AGENCIAS DE VIAJE Y TURISMO.

Montevideo, 11 de Enero de 2021.-
 

                         VISTO: el Decreto No. 37.546 de fecha 10 de setiembre de 2020 por el que se otorgó un alivio financiero a personas físicas  o jurídicas que por efecto de la situación sanitaria vigente se vieron resentidas sus actividades comerciales corrientes;

                         RESULTANDO:  1o.) que la paralización que conlleva las medidas sanitarias adoptadas y a la que está sometida la población en general,  impone a este gobierno departamental a la adopción de medidas extraordinarias de naturaleza fiscal que contemple la especial situación de amplios sectores de contribuyentes que se vieron afectados en su actividad económica;

2o.) que se ha decidido incluir entre los sectores de actividades protegidas  a las Agencias de Viajes y Turismo en vista de la extensión temporal de las limitaciones que alcanzan a la industria del turismo y con las mismas condiciones otorgadas a los demás sectores o actividades;

                         CONSIDERANDO: que el Departamento de Recursos Financieros entiende necesario ampliar a la actividad turismo el alivio fiscal en lo departamental otorgado a otras actividades, entendiendo oportuno proveer de conformidad;



LA INTENDENTA DE MONTEVIDEO

RESUELVE:

1º.- Remitir a consideración de la Junta Departamental de Mobntevideo el siguiente:

PROYECTO DE DECRETO

Artículo 1o.-  Modifíquese el artículo 5 del Decreto No. 37.546 de fecha 10 de setiembre de 2020 disponiendo la agregación del numeral 7o.) con el siguiente texto:

"7o.)  Personas físicas o jurídicas titulares de inmuebles destinados a desarrollar la actividad de Agencias de Viajes y Turismo en forma única o exclusiva y que cuenten con todas las habilitaciones legalmente exigidas.-"

Artículo 2o.- Comuníquese.-

2º.- Pase al Departamento de Secretaría General para su remisión a la Junta Departamental de Montevideo.-

 

 

ANA CAROLINA COSSE GARRIDO, INTENDENTA DE MONTEVIDEO.-

OLGA BEATRIZ OTEGUI PINTOS, SECRETARIA GENERAL.-