Resolución N° 0215/22
Nro de Expediente:
2021-2000-98-000020
 
GESTIÓN HUMANA Y RECURSOS MATERIALES
Fecha de Aprobación:
10/01/2022


Tema:
COMPENSACIONES ADICIONALES

Resumen:
COMPENSACIÓN ADICIONAL - SE PRORROGA EL PAGO A LA FUNCIONARIA DE LA OFICINA DE PLANEAMIENTO Y PRESUPUESTO DE LA PRESIDENCIA DE LA REPÚBLICA, EN COMISIÓN EN ESTA INTENDENCIA, SRA. LETICIA PIÑEYRO, DE LA COMPENSACIÓN ESPECIAL MENSUAL EQUIVALENTE A LA DIFERENCIA ENTRE LA REMUNERACIÓN QUE PERCIBE EN SU ORGANISMO DE ORIGEN Y LA CORRESPONDIENTE A UN GRADO SIR 18 EN RÉGIMEN DE 40 HORAS SEMANALES DE LABOR, A PARTIR DEL 1º DE ENERO Y HASTA EL 31 DE DICIEMBRE DE 2022.-

Montevideo, 10 de Enero de 2022.-
 

                         VISTO: las presentes actuaciones promovidas por la Dirección General del Departamento de Recursos Financieros;

                         RESULTANDO: 1º.) que solicita prorrogar a la funcionaria de la Oficina de Planeamiento y Presupuesto de la Presidencia de la República, en comisión en esta Intendencia, Sra. Leticia Piñeyro, el pago de la compensación especial equivalente a la diferencia entre la remuneración que percibe en su organismo de origen y la correspondiente a un grado SIR 18 en régimen de 40 (cuarenta) horas semanales de labor, autorizada por Resolución Nº 1972/21 de fecha 31 de mayo de 2021 y cuya última prórroga fue dispuesta por Resolución Nº 3721/21 de fecha 4 de octubre de 2021;

2°.) que el Servicio de Liquidación de Haberes informa en actuación Nº 61 el monto de la compensación mensual de que se trata;

                         CONSIDERANDO: que la Dirección General del Departamento de Gestión Humana y Recursos Materiales estima procedente el dictado de resolución correspondiente;



EL INTENDENTE DE MONTEVIDEO

RESUELVE:

1º.- Prorrogar el pago a la funcionaria de la Oficina de Planeamiento y Presupuesto de la Presidencia de la República, en comisión en esta Intendencia, Sra. Leticia Piñeyro, CI N° 4.113.446, de la compensación especial mensual, según el monto indicado en actuación Nº 61, equivalente a la diferencia entre la remuneración que percibe en su organismo de origen y la correspondiente a un grado SIR 18 en régimen de 40 (cuarenta) horas semanales de labor, a partir del 1º de enero y hasta el 31 de diciembre de 2022.-

2º.- Establecer que la erogación resultante será atendida con cargo a los códigos de Liquidación de Haberes correspondientes.-

3°.- Comuníquese al Departamento de Recursos Financieros, para la notificación correspondiente, a los Servicios de Planeamiento Estratégico y Desarrollo de Personas y de Liquidación de Haberes, a la Unidad Información de Personal y previa intervención de Contaduría General, pase al Servicio de Administración de Gestión Humana, a sus efectos.-

 

 

FEDERICO JOSÉ GRAÑA VIÑOLY, INTENDENTE DE MONTEVIDEO (I).-

GUILLERMO JOSÉ MONCECCHI GIORDANO, SECRETARIO GENERAL (I).-