VISTO: las presentes actuaciones elevada por el Servicio Fúnebre y Necrópolis, respecto al sorteo efectuado el día 24 de octubre de 2023. para la adquisición del Derecho de Uso del Nicho Ataúd en el Cementerio del Buceo;
RESULTANDO: 1o.) que de acuerdo al art. R. 1299 y siguientes del actual Volumen XI del Digesto Departamental se dictó Resolución No. 3587/23 de 31/07/2023 por la cual se autorizó la adjudicación de determinados bienes funerarios ubicados en el Cementerio del Buceo y en el Primer Cuerpo del Cementerio Central;
2o.) que el Servicio de Ingresos Comerciales y Vehiculares informa que de acuerdo al referido sorteo, resultó favorecido el señor Raúl Spinelli Giménez, C.I. 1.680.259-7, para la adquisición del Nicho para Urnas Nro. 1545 del Cementerio del Buceo, el cual solicitó que el título se expidiera a su nombre y de sus hijas Valentina Spinelli Fernandez, C.I.4.429.255-0 , Francesca Spinelli Sención, C.I. 6.160.864-9 y Antonella Spinelli Sención, C.I. 6.331.765-0, abonando al contado el precio total que ascendió a la suma de $ 431.139,00, según recibo No. 9967617 de fecha 24/10/2023;
3o.) que según lo dispuesto en el art. R. 1306 de la Sección I del Capítulo I del Volumen XI del Digesto Departamental, los antecedentes de cada bien funerario asignado deben elevarse al Sr. Intendente para resolver la adjudicación de los derechos de uso sobre dichos bienes;
4o.) que la División Administración de Ingresos entiende procedente el dictado de la resolución correspondiente;
CONSIDERANDO: que corresponde proveer de conformidad;
EL INTENDENTE DE MONTEVIDEO
RESUELVE:
1º.- Adjudicar el Derecho de Uso del Nicho Ataúd No. 1545 del Cementerio del Buceo a quienes se mencionan:
NOMBRE DOCUMENTO
Raúl Spinelli Giménez 1.680.259-7
Valentina Spinelli Fernández 4.429.255-0
Francesca Spinelli Sención 6.160.864-9
Antonella Spinelli Sención 6.331.765-0
2º.- Establecer que abonada la totalidad de la suma establecida para la adquisición del bien funerario, corresponde otorgar el título de Derecho de Uso.-
3º.- Pase por su orden al Servicio de Ingresos Comerciales y Vehiculares y al Servicio Fúnebre y Necrópolis.-
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